V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA. (BOE-B-2021-47870)
Anuncio de la Delegación Territorial de Gobierno en Cádiz, por el que se somete a información pública la solicitud de Declaración en concreto de Utilidad Pública del proyecto de ejecución de "Modificado II del Proyecto de Ejecución L.A.A.T. Set La Rabia-Apoyo Entronque de la L.A.A.T. Set Olivillo-Set Puerto de Santa María", en el término municipal de Jerez de la Frontera.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 281
Miércoles 24 de noviembre de 2021
Sec. V-B. Pág. 68472
· Posición de línea hacia SET Puerto de Santa María
Línea eléctrica aérea 66 KV D/C:
Sistema: Corriente alterna trifásica Frecuencia: 50 Hz
Tensión nominal: 66 KV
Origen: Centro de Seccionamiento
Final: LAAT SET LA RABIA – LAAT SET OLIVILLO-SET PUERTO DE SANTA
MARÍA
Nº de circuitos: 2
Nº conductores por fase: 1
Conductor: LARL-180 (147-AL1/34-A20SA)
Tipo de conductor de protección: OPGW-48 Apoyos: Torres metálicas de
celosía Longitud: 248,55 metros
Coordenadas de los apoyos:
Nº Apoyo
AP01DC
AP02DC
Coord. X
747111
747032
Coord. Y
4064422
4064186
La servidumbre de paso aéreo y subterráneo de energía eléctrica
comprenderá:
a) El establecimiento de los dispositivos necesarios para el apoyo o fijación de
los conductores.
b) La ocupación del subsuelo por los cables conductores a la profundidad y con
las demás características que señale la normativa técnica y urbanística aplicable. A
efectos del expediente expropiatorio y sin perjuicio de lo dispuesto en cuanto a
medidas y distancias de seguridad en los Reglamentos técnicos en la materia, la
servidumbre subterránea comprende la franja de terreno situada entre los dos
conductores extremos de la instalación.
a) El derecho de paso o acceso para atender al establecimiento, vigilancia,
conservación y reparación de la línea eléctrica.
De conformidad con lo establecido en el artículo 56 de la citada Ley 24/2013, la
declaración, en concreto, de utilidad pública, lleva implícita, en todo caso, la
necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados,
e implicará la urgente ocupación, a los efectos del artículo 52 de la Ley de
expropiación Forzosa.
Lo que se hace público para conocimiento general, y especialmente de los
propietarios de los terrenos y demás titulares afectados por la instalación, cuya
relación se inserta al final de este anuncio, indicándose que el Proyecto de
cve: BOE-B-2021-47870
Verificable en https://www.boe.es
b) La ocupación temporal de terrenos u otros bienes, en su caso, necesarios a
los fines indicados en el párrafo c) anterior.
Núm. 281
Miércoles 24 de noviembre de 2021
Sec. V-B. Pág. 68472
· Posición de línea hacia SET Puerto de Santa María
Línea eléctrica aérea 66 KV D/C:
Sistema: Corriente alterna trifásica Frecuencia: 50 Hz
Tensión nominal: 66 KV
Origen: Centro de Seccionamiento
Final: LAAT SET LA RABIA – LAAT SET OLIVILLO-SET PUERTO DE SANTA
MARÍA
Nº de circuitos: 2
Nº conductores por fase: 1
Conductor: LARL-180 (147-AL1/34-A20SA)
Tipo de conductor de protección: OPGW-48 Apoyos: Torres metálicas de
celosía Longitud: 248,55 metros
Coordenadas de los apoyos:
Nº Apoyo
AP01DC
AP02DC
Coord. X
747111
747032
Coord. Y
4064422
4064186
La servidumbre de paso aéreo y subterráneo de energía eléctrica
comprenderá:
a) El establecimiento de los dispositivos necesarios para el apoyo o fijación de
los conductores.
b) La ocupación del subsuelo por los cables conductores a la profundidad y con
las demás características que señale la normativa técnica y urbanística aplicable. A
efectos del expediente expropiatorio y sin perjuicio de lo dispuesto en cuanto a
medidas y distancias de seguridad en los Reglamentos técnicos en la materia, la
servidumbre subterránea comprende la franja de terreno situada entre los dos
conductores extremos de la instalación.
a) El derecho de paso o acceso para atender al establecimiento, vigilancia,
conservación y reparación de la línea eléctrica.
De conformidad con lo establecido en el artículo 56 de la citada Ley 24/2013, la
declaración, en concreto, de utilidad pública, lleva implícita, en todo caso, la
necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados,
e implicará la urgente ocupación, a los efectos del artículo 52 de la Ley de
expropiación Forzosa.
Lo que se hace público para conocimiento general, y especialmente de los
propietarios de los terrenos y demás titulares afectados por la instalación, cuya
relación se inserta al final de este anuncio, indicándose que el Proyecto de
cve: BOE-B-2021-47870
Verificable en https://www.boe.es
b) La ocupación temporal de terrenos u otros bienes, en su caso, necesarios a
los fines indicados en el párrafo c) anterior.