III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2021-16901)
Resolución de 9 de octubre de 2021, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica el Convenio con la Universidad Rovira i Virgili, para la realización de prácticas externas en el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 249
Lunes 18 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 126801
externas curriculares y la correspondiente mención favorable en las prácticas externas
extracurriculares.
2.
El alumnado tendrá derecho a:
a) Desarrollar la actividad en que consistan las prácticas y en el horario estipulado.
b) Obtener una certificación final del desarrollo de su actividad y del nivel de
aprovechamiento alcanzado.
c) Los estudiantes tienen derecho siempre a todos los permisos necesarios para
cumplir su actividad académica, formativa y de representación y participación en la
Universidad, de acuerdo con lo establecido en el RD 592/2014. Los estudiantes tienen
derecho siempre, además, a todos los permisos necesarios para conciliar la ejecución
del proyecto formativo con las actividades y situaciones personales derivadas o
conectadas con la situación de discapacidad.
En cualquier otro supuesto, corresponde a la discrecionalidad del tutor o tutora de la
entidad la concesión de un permiso al estudiante o la estudiante, en el marco de las
normas de organización y funcionamiento de la entidad, previa valoración de la posible
incidencia en la óptima ejecución del proyecto formativo.
Para disfrutar de cualquier permiso, el estudiante o la estudiante en prácticas deberá
avisar con antelación al tutor o tutora de la entidad, en su caso, de acuerdo con sus
normas de organización y funcionamiento.
3. El INTCF, Departamento de Barcelona, nombrará a la persona o personas
vinculada/s al mismo que ejercerá la tutoría de las prácticas externas, con experiencia
profesional y con los conocimientos necesarios para realizar una tutela efectiva. La
misión de estas personas será:
a) Fijar el plan de trabajo del alumnado en coordinación con el/la jefe/a de Servicio
y la Dirección del departamento
b) Orientar al mismo en sus dudas y dificultades en la actividad a desarrollar.
c) En coordinación con el/la jefe/a de Servicio, realizar el seguimiento de la
actividad del/la alumna/o, y evaluar mediante la emisión de un informe.
4. El alumnado que finalice el período establecido de prácticas externas recibirá un
certificado expedido por el INTCF, Departamento de Barcelona, donde consten las horas
realizadas y la naturaleza de las actividades llevadas a cabo y el nivel alcanzado según
la persona o personas que ejerzan la tutoría de las mismas.
5. La Universidad Rovira i Virgili emitirá un documento acreditativo a la persona o
personas que ejerza/n la tutoría que lo soliciten, por la colaboración prestada en el
programa de prácticas externas.
Protección de Datos.
Todos los afectados por el presente convenio vendrán obligados por las
disposiciones y exigencias establecidas por el Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento
general de protección de datos), la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales y demás
disposiciones vigentes sobre la materia.
Sexta.
Financiación.
La suscripción del presente convenio no conlleva obligaciones financieras o
contraprestación económica para ninguna de las partes.
cve: BOE-A-2021-16901
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.
Núm. 249
Lunes 18 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 126801
externas curriculares y la correspondiente mención favorable en las prácticas externas
extracurriculares.
2.
El alumnado tendrá derecho a:
a) Desarrollar la actividad en que consistan las prácticas y en el horario estipulado.
b) Obtener una certificación final del desarrollo de su actividad y del nivel de
aprovechamiento alcanzado.
c) Los estudiantes tienen derecho siempre a todos los permisos necesarios para
cumplir su actividad académica, formativa y de representación y participación en la
Universidad, de acuerdo con lo establecido en el RD 592/2014. Los estudiantes tienen
derecho siempre, además, a todos los permisos necesarios para conciliar la ejecución
del proyecto formativo con las actividades y situaciones personales derivadas o
conectadas con la situación de discapacidad.
En cualquier otro supuesto, corresponde a la discrecionalidad del tutor o tutora de la
entidad la concesión de un permiso al estudiante o la estudiante, en el marco de las
normas de organización y funcionamiento de la entidad, previa valoración de la posible
incidencia en la óptima ejecución del proyecto formativo.
Para disfrutar de cualquier permiso, el estudiante o la estudiante en prácticas deberá
avisar con antelación al tutor o tutora de la entidad, en su caso, de acuerdo con sus
normas de organización y funcionamiento.
3. El INTCF, Departamento de Barcelona, nombrará a la persona o personas
vinculada/s al mismo que ejercerá la tutoría de las prácticas externas, con experiencia
profesional y con los conocimientos necesarios para realizar una tutela efectiva. La
misión de estas personas será:
a) Fijar el plan de trabajo del alumnado en coordinación con el/la jefe/a de Servicio
y la Dirección del departamento
b) Orientar al mismo en sus dudas y dificultades en la actividad a desarrollar.
c) En coordinación con el/la jefe/a de Servicio, realizar el seguimiento de la
actividad del/la alumna/o, y evaluar mediante la emisión de un informe.
4. El alumnado que finalice el período establecido de prácticas externas recibirá un
certificado expedido por el INTCF, Departamento de Barcelona, donde consten las horas
realizadas y la naturaleza de las actividades llevadas a cabo y el nivel alcanzado según
la persona o personas que ejerzan la tutoría de las mismas.
5. La Universidad Rovira i Virgili emitirá un documento acreditativo a la persona o
personas que ejerza/n la tutoría que lo soliciten, por la colaboración prestada en el
programa de prácticas externas.
Protección de Datos.
Todos los afectados por el presente convenio vendrán obligados por las
disposiciones y exigencias establecidas por el Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento
general de protección de datos), la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales y demás
disposiciones vigentes sobre la materia.
Sexta.
Financiación.
La suscripción del presente convenio no conlleva obligaciones financieras o
contraprestación económica para ninguna de las partes.
cve: BOE-A-2021-16901
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.