III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2021-16949)
Resolución de 13 de octubre de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el Ayuntamiento de Muro, en materia de seguridad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 249

Lunes 18 de octubre de 2021

Sec. III. Pág. 127148

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DEL INTERIOR
16949

Resolución de 13 de octubre de 2021, de la Secretaría General Técnica, por
la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el
Ayuntamiento de Muro, en materia de seguridad.

Habiéndose suscrito el 7 de octubre de 2021 el Convenio entre Ministerio del Interior
(Dirección General de la Guardia Civil) y el Ayuntamiento de Muro en materia de
seguridad, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio
que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 13 de octubre de 2021.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio
Puigserver Martínez.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio del Interior (Dirección General de la Guardia Civil) y el
Ayuntamiento de Muro en materia de seguridad
Madrid, a 7 de octubre de 2021.
REUNIDOS
De una parte, don Rafael Pérez Ruiz, Secretario de Estado de Seguridad, cargo para
el que fue nombrado por el Real Decreto 84/2020, de 17 de enero, en uso de las
atribuciones que le confiere el artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
Y, de otra parte don Antoni Serra Sastre, Alcalde del Ayuntamiento de Muro (en
adelante, el Ayuntamiento), cargo que ostenta por Acuerdo del Pleno de fecha 15 de
junio de 2019, actuando en nombre y representación del mismo en virtud de las
atribuciones que le confiere el artículo 21.a) y b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
reguladora de las Bases de Régimen Local, con domicilio a los efectos del presente
convenio en plaça Comte d’Empúries, 1, 07440, de Muro.
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN

Por un lado, el artículo 149.1. 29.ª de la Constitución Española establece que el
Estado tiene competencia exclusiva sobre la materia de seguridad pública.
Asimismo, el artículo 1.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad, establece que la seguridad pública es competencia exclusiva del
Estado, correspondiendo su mantenimiento al Gobierno de la Nación y, en concreto, al
Ministerio del Interior.
Por otro lado, al Ministerio del Interior, según el artículo 1.1 del
Real Decreto 734/2020, de 4 de agosto, por el que se desarrolla su estructura orgánica
básica, le corresponde la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en relación
con la administración general de la seguridad ciudadana; la promoción de las

cve: BOE-A-2021-16949
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Primero.