III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2021-16836)
Resolución de 4 de octubre de 2021, del Instituto de Astrofísica de Canarias, por la que se publica el Convenio con Light Bridges, SL, para la construcción y operación del Two-meter Twin Telescope en el Observatorio del Teide.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 16 de octubre de 2021

Sec. III. Pág. 126464

instrumentación científica, la formación de personal investigador, la administración de los
Observatorios de Canarias y la divulgación científica.
IV. Que Light Bridges es una sociedad limitada canaria que, a los efectos del
artículo 34 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación,
realiza actividades de investigación científica y técnica y de gestión de proyectos,
estando capacitada para suscribir convenios sujetos al derecho administrativo para la
realización conjunta de actividades de creación o financiación de infraestructuras
científicas.
V. Que la misión de Light Bridges es la realización, desde Canarias, de actividades
relacionadas con la investigación e innovación de base tecnológica y complementarias
con las mismas, entre ellas la creación y desarrollo de nuevos espacios de intercambio y
aprovechamiento, social y económico, en las áreas de la astrofísica y del espacio. En
particular, la optimización científica y económica de los Derechos de Tiempo de
Observación («DTO») en los telescopios profesionales del Proyecto Two-meter Twin
Telescope, y sus instrumentos de ciencia; y la financiación y ejecución privada, sin
responsabilidad del sector público, de Infraestructuras Científicas de excelencia con
objetivos de ciencia pura y de avance de la tecnología.
VI. Que el Reino de España abrió los Observatorios de Canarias del IAC a la
comunidad científica nacional e internacional con la firma del acuerdo internacional
«Acuerdo de cooperación en astrofísica y su protocolo» del 26 de mayo de 1979,
publicado en el BOE número 246, de 14 de octubre de 1983 (en adelante, «el Tratado
Internacional»). Todas las instalaciones y equipos de Light Bridges se consideran como
una instalación telescópica especial del IAC, dentro del marco del Tratado Internacional y
con respecto a las relaciones con terceros.
VII. Conforme al Tratado Internacional, se ha establecido el Comité Científico
Internacional (en adelante, «CCI») para proporcionar a los titulares de los telescopios,
las Instituciones Usuarias, un foro en el que expresar sus necesidades y preferencias
con respecto a la gestión del Observatorio y a sus Servicios Comunes.
VIII. Que el IAC y Light Bridges están convencidos de los beneficios sociales,
científicos y tecnológicos que la investigación astrofísica y su divulgación proporcionan.
De este modo, como el IAC viene realizando desde hace décadas, Light Bridges desea
contribuir, promoviendo el presente proyecto de ciencia y divulgación astronómica. La
operación exitosa de este proyecto de Light Bridges, en colaboración con el IAC, creará
un marco de cooperación para el desarrollo de las ciencias y para el mutuo beneficio de
las Partes y la sociedad.
IX. Que el IAC administra los Observatorios de Canarias (en adelante, «OOCC»),
donde ha desarrollado las infraestructuras, laboratorios y equipamiento necesarios para
ello en sus centros de La Laguna, IACTEC y el Observatorio del Teide (en adelante,
«OT») en Tenerife y el CALP y el Observatorio del Roque de los Muchachos, en La
Palma.
X. Las obligaciones del IAC definidas en este Convenio se llevarán a cabo dentro
del marco del Tratado Internacional y la legislación aplicable al IAC.
XI. Que las condiciones geográficas y atmosféricas únicas que se dan en los
OOCC para la observación, permitirá a Light Bridges ofrecer y aprovechar dicha
ubicación para instalar infraestructuras científicas de calidad, destinadas a la explotación
científica y a la divulgación.
XII. La colaboración entre el IAC y Light Bridges permitirá aumentar el número de
instituciones de investigación, entidades públicas y privadas y de personas en todo el
mundo que contribuyen y participan directamente en la observación astronómica y el
avance de esta ciencia.

cve: BOE-A-2021-16836
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Núm. 248