II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2021-16769)
Resolución de 8 de octubre de 2021, de la Universidad de Alcalá, por la que se convoca concurso-oposición para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de personal laboral de la categoría de Titulado/a Superior.
21 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 247
Viernes 15 de octubre de 2021
Sec. II.B. Pág. 125886
Comunidad de Madrid» de la relación definitiva de personas aspirantes, debiendo
superar el período de prueba correspondiente.
El periodo de prueba será el establecido para cada puesto, según su cualificación, en
el artículo 30 del citado II Convenio Colectivo. Transcurrido dicho periodo de prueba, el
personal que lo supere satisfactoriamente adquirirá la condición de personal laboral fijo
de la Universidad de Alcalá.
Las personas seleccionadas serán sometidas a reconocimiento médico de acuerdo
con la legislación vigente en esta materia.
Duodécima.
Formación de la bolsa de trabajo.
Una vez finalizado el proceso selectivo el Tribunal deberá remitir a la Gerencia, la
relación de personas aspirantes que conformarán la bolsa de trabajo.
En todo caso, el orden de las personas aspirantes en la bolsa de trabajo vendrá
determinada conforme a la puntuación total obtenida en el proceso selectivo, ordenadas
de mayor a menor. Los empates serán dirimidos conforme el procedimiento establecido
en la base octava.13 de la presente convocatoria.
Asimismo, el personal laboral temporal, deberá acreditar previamente a su
formalización de contrato, que reúnen todos y cada uno de los requisitos enumerados en
la base segunda de la convocatoria.
La Resolución del gerente con la bolsa de trabajo se publicará en la página web de la
Universidad el mismo día que se publique en el «Boletín Oficial de la Comunidad de
Madrid» la Resolución por la que se publica la relación definitiva de personas que han
superado el proceso.
La bolsa de trabajo surtirá efectos a partir del día siguiente a su publicación en la
página web expirando la vigencia de las anteriores si las hubiera.
La vigencia de la bolsa expirará como consecuencia de la generación de una nueva
bolsa de trabajo nacida de la convocatoria pública de empleo que se corresponda con
puestos de trabajo de idéntica o similar naturaleza.
La bolsa de trabajo se gestionará, de conformidad con los Criterios para la gestión de
las listas de espera/bolsas de trabajo para contrataciones de carácter temporal de PAS
laboral y nombramientos de persona funcionario interino en la Universidad de Alcalá,
firmados por la Gerencia, Junta de Personal y Comité de Empresa de 1 de octubre
de 2015.
Las personas que conformen la bolsa de trabajo podrán ser llamadas para la
realización de:
– Contrataciones temporales
– Contratos de relevo que se celebren, como consecuencia de las jubilaciones
parciales que tengan lugar en la categoría profesional convocada, de conformidad con lo
establecido en el apartado 6 y 7 del artículo 12 del Real Decreto Legislativo 2/2015,
de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los
Trabajadores; y en el Acuerdo sobre jubilación parcial del personal laboral de
administración y servicios de la UAH con contrato de relevo de 22 de diciembre de 2020
Norma final.
Las personas participantes en estas pruebas selectivas se someten a las bases de
esta convocatoria y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de que pueden
interponer los recursos correspondientes. La presente Resolución pone fin a la vía
administrativa y contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de
reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes o bien recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente
a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo dispuesto en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
cve: BOE-A-2021-16769
Verificable en https://www.boe.es
Decimotercera.
Núm. 247
Viernes 15 de octubre de 2021
Sec. II.B. Pág. 125886
Comunidad de Madrid» de la relación definitiva de personas aspirantes, debiendo
superar el período de prueba correspondiente.
El periodo de prueba será el establecido para cada puesto, según su cualificación, en
el artículo 30 del citado II Convenio Colectivo. Transcurrido dicho periodo de prueba, el
personal que lo supere satisfactoriamente adquirirá la condición de personal laboral fijo
de la Universidad de Alcalá.
Las personas seleccionadas serán sometidas a reconocimiento médico de acuerdo
con la legislación vigente en esta materia.
Duodécima.
Formación de la bolsa de trabajo.
Una vez finalizado el proceso selectivo el Tribunal deberá remitir a la Gerencia, la
relación de personas aspirantes que conformarán la bolsa de trabajo.
En todo caso, el orden de las personas aspirantes en la bolsa de trabajo vendrá
determinada conforme a la puntuación total obtenida en el proceso selectivo, ordenadas
de mayor a menor. Los empates serán dirimidos conforme el procedimiento establecido
en la base octava.13 de la presente convocatoria.
Asimismo, el personal laboral temporal, deberá acreditar previamente a su
formalización de contrato, que reúnen todos y cada uno de los requisitos enumerados en
la base segunda de la convocatoria.
La Resolución del gerente con la bolsa de trabajo se publicará en la página web de la
Universidad el mismo día que se publique en el «Boletín Oficial de la Comunidad de
Madrid» la Resolución por la que se publica la relación definitiva de personas que han
superado el proceso.
La bolsa de trabajo surtirá efectos a partir del día siguiente a su publicación en la
página web expirando la vigencia de las anteriores si las hubiera.
La vigencia de la bolsa expirará como consecuencia de la generación de una nueva
bolsa de trabajo nacida de la convocatoria pública de empleo que se corresponda con
puestos de trabajo de idéntica o similar naturaleza.
La bolsa de trabajo se gestionará, de conformidad con los Criterios para la gestión de
las listas de espera/bolsas de trabajo para contrataciones de carácter temporal de PAS
laboral y nombramientos de persona funcionario interino en la Universidad de Alcalá,
firmados por la Gerencia, Junta de Personal y Comité de Empresa de 1 de octubre
de 2015.
Las personas que conformen la bolsa de trabajo podrán ser llamadas para la
realización de:
– Contrataciones temporales
– Contratos de relevo que se celebren, como consecuencia de las jubilaciones
parciales que tengan lugar en la categoría profesional convocada, de conformidad con lo
establecido en el apartado 6 y 7 del artículo 12 del Real Decreto Legislativo 2/2015,
de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los
Trabajadores; y en el Acuerdo sobre jubilación parcial del personal laboral de
administración y servicios de la UAH con contrato de relevo de 22 de diciembre de 2020
Norma final.
Las personas participantes en estas pruebas selectivas se someten a las bases de
esta convocatoria y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de que pueden
interponer los recursos correspondientes. La presente Resolución pone fin a la vía
administrativa y contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de
reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes o bien recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente
a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo dispuesto en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
cve: BOE-A-2021-16769
Verificable en https://www.boe.es
Decimotercera.