II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Cuerpo Administrativo de la Administración de la Seguridad Social. (BOE-A-2021-16744)
Resolución de 7 de octubre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para acceso, por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo Administrativo de la Administración de la Seguridad Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 247
Viernes 15 de octubre de 2021
2.2
Sec. II.B. Pág. 125756
Programa.
El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II a
esta Resolución
2.3
Desarrollo.
El ejercicio que forma parte del proceso de oposición se celebrará en un plazo
máximo de cuatro meses, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta
convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
El desarrollo del proceso selectivo podrá ser coincidente en el tiempo con otros
procesos selectivos, en cualquiera de sus fases, incluida la realización de ejercicios o
cualquier otra fase previa al nombramiento como funcionario de carrera.
El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición se iniciará
alfabéticamente por aquél cuyo primer apellido comience por la letra «V» o por la letra
«W» en el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por
la letra «V», y así sucesivamente, de conformidad con lo establecido en la Resolución de
la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública de 23 de junio de 2021,
(BOE del 28 de junio), por la que se publica el resultado del sorteo celebrado el día 21 de
junio de 2021.
2.4
Comunicaciones.
La presente Resolución y los actos que se deriven de ella podrán ser consultados en
la página web de la seguridad social: «www.seg-social.es» (Menú: «Información
útil»/Oferta pública de empleo) así como en la página del portal del ciudadano
www.administracion.gob.es. La información se publicará, además, en el Portal Funciona.
Asimismo, a efectos de comunicaciones y demás incidencias la dirección de correo
electrónico es procesosselectivos@inclusion.gob.es.
3.
3.1
Participantes
Titulación.
3.2 Requisitos específicos del acceso por promoción interna. Además de lo
estipulado en el apartado 3.1, los aspirantes que concurran por el sistema de promoción
interna deberán:
3.2.1
Personal funcionario.
Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas del
subgrupo C2 de la Administración General del Estado, o a Cuerpos o Escalas Postales y
Telegráficos, adscritos al subgrupo C2 o a Cuerpos o Escalas del subgrupo C2 del resto
cve: BOE-A-2021-16744
Verificable en https://www.boe.es
Estar en posesión o en condiciones de obtener, en la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes, el título de Bachiller o Técnico. Así mismo, se estará a lo
dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio (BOE de 17 de junio de 2009), por
la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación
Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de
mayo, de Educación, modificada mediante Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.
En el caso del personal funcionario, según lo previsto en la disposición adicional
novena del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, se podrá poseer, en lugar de la
titulación, una antigüedad de diez años en Cuerpos o Escalas del Subgrupo C2 de la
Administración General del Estado, o de cinco años y haber superado el curso específico
de formación.
Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, en
Cuerpos o Escalas del Subgrupo C2 de la Administración General del Estado, serán
computables a efectos de antigüedad referida en este apartado.
Núm. 247
Viernes 15 de octubre de 2021
2.2
Sec. II.B. Pág. 125756
Programa.
El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II a
esta Resolución
2.3
Desarrollo.
El ejercicio que forma parte del proceso de oposición se celebrará en un plazo
máximo de cuatro meses, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta
convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
El desarrollo del proceso selectivo podrá ser coincidente en el tiempo con otros
procesos selectivos, en cualquiera de sus fases, incluida la realización de ejercicios o
cualquier otra fase previa al nombramiento como funcionario de carrera.
El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición se iniciará
alfabéticamente por aquél cuyo primer apellido comience por la letra «V» o por la letra
«W» en el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por
la letra «V», y así sucesivamente, de conformidad con lo establecido en la Resolución de
la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública de 23 de junio de 2021,
(BOE del 28 de junio), por la que se publica el resultado del sorteo celebrado el día 21 de
junio de 2021.
2.4
Comunicaciones.
La presente Resolución y los actos que se deriven de ella podrán ser consultados en
la página web de la seguridad social: «www.seg-social.es» (Menú: «Información
útil»/Oferta pública de empleo) así como en la página del portal del ciudadano
www.administracion.gob.es. La información se publicará, además, en el Portal Funciona.
Asimismo, a efectos de comunicaciones y demás incidencias la dirección de correo
electrónico es procesosselectivos@inclusion.gob.es.
3.
3.1
Participantes
Titulación.
3.2 Requisitos específicos del acceso por promoción interna. Además de lo
estipulado en el apartado 3.1, los aspirantes que concurran por el sistema de promoción
interna deberán:
3.2.1
Personal funcionario.
Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas del
subgrupo C2 de la Administración General del Estado, o a Cuerpos o Escalas Postales y
Telegráficos, adscritos al subgrupo C2 o a Cuerpos o Escalas del subgrupo C2 del resto
cve: BOE-A-2021-16744
Verificable en https://www.boe.es
Estar en posesión o en condiciones de obtener, en la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes, el título de Bachiller o Técnico. Así mismo, se estará a lo
dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio (BOE de 17 de junio de 2009), por
la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación
Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de
mayo, de Educación, modificada mediante Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.
En el caso del personal funcionario, según lo previsto en la disposición adicional
novena del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, se podrá poseer, en lugar de la
titulación, una antigüedad de diez años en Cuerpos o Escalas del Subgrupo C2 de la
Administración General del Estado, o de cinco años y haber superado el curso específico
de formación.
Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, en
Cuerpos o Escalas del Subgrupo C2 de la Administración General del Estado, serán
computables a efectos de antigüedad referida en este apartado.