II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Funcionarios del Subgrupo A2. (BOE-A-2021-16747)
Resolución de 5 de octubre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en la Intervención General de la Seguridad Social.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 247
Viernes 15 de octubre de 2021
Sec. II.B. Pág. 125789
El número de representantes de las organizaciones sindicales no podrá ser igual o
superior al de los miembros designados a propuesta de la Administración.
De acuerdo con el segundo párrafo del artículo 53 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22
de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y la Orden APU/526/2005,
de 7 de marzo, la Comisión de Valoración del presente concurso se ajustará al principio
de composición equilibrada de mujeres y hombres.
Los miembros de la Comisión de Valoración deberán pertenecer a Cuerpos o
Escalas de subgrupo de titulación igual o superior al de los puestos convocados y poseer
grado personal o desempeñar puestos de igual o superior nivel de complemento de
destino al de los mismos.
La Comisión de Valoración podrá solicitar del órgano convocante la designación de
expertos para su incorporación a los trabajos de valoración, que colaborarán en calidad
de asesores con voz pero sin voto.
La valoración de los méritos deberá efectuarse mediante puntuación obtenida con la
media aritmética de las otorgadas por cada uno de los miembros de la Comisión de
Valoración, debiendo desecharse a estos efectos la máxima y la mínima concedidas o,
en su caso, una de las que aparezcan repetidas como tales. Las puntuaciones
otorgadas, así como la valoración final, deberán reflejarse en el acta que se levantará al
efecto.
1. Si en cualquier momento anterior a la resolución del presente concurso la
persona participante hubiera obtenido un puesto con carácter definitivo por cualquiera de
los procedimientos legalmente previstos, deberá comunicarlo al órgano convocante.
2. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación, y en todo
caso, antes de la constitución de la Comisión de Valoración del concurso, se acordará la
exclusión de las personas candidatas que no reúnan los requisitos exigidos en la
convocatoria.
A los listados de solicitudes admitidas y de solicitudes excluidas se les dará la
publicidad suficiente, que será, con carácter mínimo, su publicación en la página web de
este Departamento Ministerial (http://www.inclusion.gob.es/es/informacion/oposicion/
oposiciones0/index.htm), abriendo plazo de 5 días hábiles para las posibles
subsanaciones por parte de las personas excluidas y por aquellas personas que
habiendo presentado la solicitud en el plazo establecido para ello, no aparezcan en
ninguno de los dos listados publicados.
3. La renuncia parcial a la solicitud de participación en un concurso se permitirá
hasta la fecha en la que se constituya la comisión de valoración del concurso. De la
fecha de la reunión se dará publicidad con suficiente antelación en la página web del
párrafo anterior.
4. El desistimiento de la solicitud realizada (implica el desistimiento de la solicitud
en sí misma, incluyendo la totalidad de los puestos solicitados): se admitirá hasta al día
anterior a la fecha de publicación de los listados provisionales de valoración de las
solicitudes. Dicha fecha será objeto de publicidad con la debida antelación. De las
valoraciones provisionales se dará también la suficiente publicidad, en la página web
referida en los párrafos anteriores.
5. Las comunicaciones al órgano convocante de las alegaciones, de los
desistimientos y de las renuncias mencionadas en esta base, se realizarán de manera
exclusiva a través de la siguiente dirección de correo, adjuntando como mínimo la
solicitud presentada en plazo: SUB.RECURSOS.IGSS@seg-social.es
Novena.
Listados provisionales de valoración de méritos.
Con el fin de informar a los diferentes candidatos y candidatas de las valoraciones
provisionales otorgadas, la Comisión de valoración publicará listados provisionales de
cve: BOE-A-2021-16747
Verificable en https://www.boe.es
Octava. Procedimiento de exclusión. Renuncias y desistimientos a la participación en el
concurso.
Núm. 247
Viernes 15 de octubre de 2021
Sec. II.B. Pág. 125789
El número de representantes de las organizaciones sindicales no podrá ser igual o
superior al de los miembros designados a propuesta de la Administración.
De acuerdo con el segundo párrafo del artículo 53 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22
de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y la Orden APU/526/2005,
de 7 de marzo, la Comisión de Valoración del presente concurso se ajustará al principio
de composición equilibrada de mujeres y hombres.
Los miembros de la Comisión de Valoración deberán pertenecer a Cuerpos o
Escalas de subgrupo de titulación igual o superior al de los puestos convocados y poseer
grado personal o desempeñar puestos de igual o superior nivel de complemento de
destino al de los mismos.
La Comisión de Valoración podrá solicitar del órgano convocante la designación de
expertos para su incorporación a los trabajos de valoración, que colaborarán en calidad
de asesores con voz pero sin voto.
La valoración de los méritos deberá efectuarse mediante puntuación obtenida con la
media aritmética de las otorgadas por cada uno de los miembros de la Comisión de
Valoración, debiendo desecharse a estos efectos la máxima y la mínima concedidas o,
en su caso, una de las que aparezcan repetidas como tales. Las puntuaciones
otorgadas, así como la valoración final, deberán reflejarse en el acta que se levantará al
efecto.
1. Si en cualquier momento anterior a la resolución del presente concurso la
persona participante hubiera obtenido un puesto con carácter definitivo por cualquiera de
los procedimientos legalmente previstos, deberá comunicarlo al órgano convocante.
2. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación, y en todo
caso, antes de la constitución de la Comisión de Valoración del concurso, se acordará la
exclusión de las personas candidatas que no reúnan los requisitos exigidos en la
convocatoria.
A los listados de solicitudes admitidas y de solicitudes excluidas se les dará la
publicidad suficiente, que será, con carácter mínimo, su publicación en la página web de
este Departamento Ministerial (http://www.inclusion.gob.es/es/informacion/oposicion/
oposiciones0/index.htm), abriendo plazo de 5 días hábiles para las posibles
subsanaciones por parte de las personas excluidas y por aquellas personas que
habiendo presentado la solicitud en el plazo establecido para ello, no aparezcan en
ninguno de los dos listados publicados.
3. La renuncia parcial a la solicitud de participación en un concurso se permitirá
hasta la fecha en la que se constituya la comisión de valoración del concurso. De la
fecha de la reunión se dará publicidad con suficiente antelación en la página web del
párrafo anterior.
4. El desistimiento de la solicitud realizada (implica el desistimiento de la solicitud
en sí misma, incluyendo la totalidad de los puestos solicitados): se admitirá hasta al día
anterior a la fecha de publicación de los listados provisionales de valoración de las
solicitudes. Dicha fecha será objeto de publicidad con la debida antelación. De las
valoraciones provisionales se dará también la suficiente publicidad, en la página web
referida en los párrafos anteriores.
5. Las comunicaciones al órgano convocante de las alegaciones, de los
desistimientos y de las renuncias mencionadas en esta base, se realizarán de manera
exclusiva a través de la siguiente dirección de correo, adjuntando como mínimo la
solicitud presentada en plazo: SUB.RECURSOS.IGSS@seg-social.es
Novena.
Listados provisionales de valoración de méritos.
Con el fin de informar a los diferentes candidatos y candidatas de las valoraciones
provisionales otorgadas, la Comisión de valoración publicará listados provisionales de
cve: BOE-A-2021-16747
Verificable en https://www.boe.es
Octava. Procedimiento de exclusión. Renuncias y desistimientos a la participación en el
concurso.