II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNITAT VALENCIANA. Cuerpos y escalas de Facultativos, Técnicos Especialistas y Ayudantes de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. (BOE-A-2021-16750)
Resolución de 27 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia, de la Consellería de Justicia, Interior y Administración Pública, por la que se convoca concurso de traslado para la provisión de puestos de trabajo en el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses y en los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 247
Viernes 15 de octubre de 2021
Sec. II.B. Pág. 125813
5. La solicitud para tomar parte en este concurso será única para cada funcionario
participante, aunque se soliciten plazas radicadas en el territorio de las Comunidades
Autónomas con competencias transferidas que, por tanto, figuren en las convocatorias
que simultáneamente a ésta se realicen por los Gobiernos Autónomos.
Si se presentara más de una solicitud de participación sólo se tendrá en
consideración la última.
6. Ningún participante podrá anular o modificar su instancia una vez terminado el
plazo de presentación de las mismas.
7. La solicitud formulada será vinculante para el peticionario una vez transcurrido el
período de presentación de instancias.
8. Con la solicitud se adjuntarán los certificados o diplomas acreditativos del
conocimiento de lenguas oficiales propias de las Comunidades Autónomas.
Quinta.
Peticiones condicionadas.
Caso de estar interesados en las vacantes o resultas que se anuncian para un
mismo municipio, partido judicial o provincia dos funcionarios, podrán condicionar su
petición al hecho de que ambos obtengan destino en el mismo municipio, partido judicial
o provincia, entendiéndose en caso contrario desistidas las peticiones condicionadas
efectuadas por ambos. Los funcionarios que se acojan a esta petición condicionada
deberán concretarlo en su instancia en el apartado C, especificando el nombre y
apellidos y NIF de la persona con quien condiciona y acompañando fotocopia de la
solicitud del otro funcionario. Si alguno de los concursantes no lo indicase en el
apartado C, quedarán anuladas ambas instancias.
Por el hecho de rellenar el apartado C de la instancia, se entiende que se acogen a
la petición condicionada prevista en el artículo 48.2 del Reglamento de Ingreso, Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de
la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.
Sexta.
Baremación del concurso.
1. Los méritos alegados y acreditados se valorarán con referencia a la fecha de
cierre del plazo de presentación de solicitudes de participación.
2. Se evaluarán los méritos de conformidad con el siguiente baremo:
A) Antigüedad, con un máximo de 60 puntos, a razón de 2 puntos por año completo
de servicios como titular en el Cuerpo o Escala para el que participa. Los periodos
inferiores al año se computarán proporcionalmente a razón de 0,00555556 por día,
estableciéndose los meses como de treinta días.
B) Conocimiento oral y escrito del valenciano. El conocimiento de dicho idioma se
valorará de la siguiente forma:
a) Certificado de grado elemental (B1): 4 puntos.
b) Certificado de grado medio (C1): 8 puntos.
c) Certificado de grado superior (C2): 12 puntos.
3. El presente concurso constará de una única fase en la que se valorarán los
méritos enumerados en los apartados A y B del baremo.
Séptima.
Adjudicación de puestos.
El orden de prioridad para la adjudicación de los puestos de trabajo vendrá dado por
la puntuación total obtenida según los baremos establecidos en la Base Sexta de esta
convocatoria.
cve: BOE-A-2021-16750
Verificable en https://www.boe.es
Para valorar estos conocimientos se deberá aportar certificado expedido con arreglo
a la normativa en vigor en dicha Comunidad Autónoma.
Núm. 247
Viernes 15 de octubre de 2021
Sec. II.B. Pág. 125813
5. La solicitud para tomar parte en este concurso será única para cada funcionario
participante, aunque se soliciten plazas radicadas en el territorio de las Comunidades
Autónomas con competencias transferidas que, por tanto, figuren en las convocatorias
que simultáneamente a ésta se realicen por los Gobiernos Autónomos.
Si se presentara más de una solicitud de participación sólo se tendrá en
consideración la última.
6. Ningún participante podrá anular o modificar su instancia una vez terminado el
plazo de presentación de las mismas.
7. La solicitud formulada será vinculante para el peticionario una vez transcurrido el
período de presentación de instancias.
8. Con la solicitud se adjuntarán los certificados o diplomas acreditativos del
conocimiento de lenguas oficiales propias de las Comunidades Autónomas.
Quinta.
Peticiones condicionadas.
Caso de estar interesados en las vacantes o resultas que se anuncian para un
mismo municipio, partido judicial o provincia dos funcionarios, podrán condicionar su
petición al hecho de que ambos obtengan destino en el mismo municipio, partido judicial
o provincia, entendiéndose en caso contrario desistidas las peticiones condicionadas
efectuadas por ambos. Los funcionarios que se acojan a esta petición condicionada
deberán concretarlo en su instancia en el apartado C, especificando el nombre y
apellidos y NIF de la persona con quien condiciona y acompañando fotocopia de la
solicitud del otro funcionario. Si alguno de los concursantes no lo indicase en el
apartado C, quedarán anuladas ambas instancias.
Por el hecho de rellenar el apartado C de la instancia, se entiende que se acogen a
la petición condicionada prevista en el artículo 48.2 del Reglamento de Ingreso, Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de
la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.
Sexta.
Baremación del concurso.
1. Los méritos alegados y acreditados se valorarán con referencia a la fecha de
cierre del plazo de presentación de solicitudes de participación.
2. Se evaluarán los méritos de conformidad con el siguiente baremo:
A) Antigüedad, con un máximo de 60 puntos, a razón de 2 puntos por año completo
de servicios como titular en el Cuerpo o Escala para el que participa. Los periodos
inferiores al año se computarán proporcionalmente a razón de 0,00555556 por día,
estableciéndose los meses como de treinta días.
B) Conocimiento oral y escrito del valenciano. El conocimiento de dicho idioma se
valorará de la siguiente forma:
a) Certificado de grado elemental (B1): 4 puntos.
b) Certificado de grado medio (C1): 8 puntos.
c) Certificado de grado superior (C2): 12 puntos.
3. El presente concurso constará de una única fase en la que se valorarán los
méritos enumerados en los apartados A y B del baremo.
Séptima.
Adjudicación de puestos.
El orden de prioridad para la adjudicación de los puestos de trabajo vendrá dado por
la puntuación total obtenida según los baremos establecidos en la Base Sexta de esta
convocatoria.
cve: BOE-A-2021-16750
Verificable en https://www.boe.es
Para valorar estos conocimientos se deberá aportar certificado expedido con arreglo
a la normativa en vigor en dicha Comunidad Autónoma.