II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Cuerpo Facultativo de Sanidad Penitenciaria. (BOE-A-2021-16722)
Resolución de 11 de octubre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para la selección y nombramiento de personal funcionario interino del Cuerpo Facultativo de Sanidad Penitenciaria.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 247
Viernes 15 de octubre de 2021
Sec. II.B. Pág. 125550
fotocopia del contrato o contratos de trabajo y certificación de la vida laboral expedida
por la Tesorería de la Seguridad Social, en los demás casos. Cuando la experiencia
derive de un trabajo por cuenta propia, la copia del contrato o contratos, se sustituirá por
copia de los contratos de servicio que hubieran dado lugar a la experiencia alegada.
2.
Méritos formativos: (Máx. 30 puntos).
2.1 Por haber superado ejercicios en los procesos selectivos de ingreso en el
Cuerpo Facultativo de Sanidad Penitenciaria convocados en los dos últimos años, hasta
un máximo de 18 puntos:
2.1.1 Por superar el primer ejercicio en alguno de los procesos 12 puntos.
2.1.2 Por superar el primer y segundo ejercicio en alguno de los procesos. 15
puntos.
2.1.3 Por superar el primer, segundo y tercer ejercicio en alguno de los procesos 18
puntos.
Estos méritos se reflejarán en el anexo III –modelo de solicitud–, en el último
apartado (pruebas de acceso superadas), que serán comprobadas por la Unidad
gestora.
2.2 Por estar en posesión de Especialidad MIR distinta a la exigida para participar
en el proceso, relacionada con las funciones propias del Cuerpo al que pretende
acceder, 5 puntos por cada titulación, hasta un máximo de 10 puntos.
2.3 Por estar en posesión de los siguientes cursos:
Psiquiatría.
Toxicomanías.
Urgencias.
Radiodiagnóstico.
Educación para la Salud.
Se valorarán un único curso con 0,4 puntos por cada materia anteriormente
relacionada, hasta un máximo de 2 puntos, debiendo haber sido impartidos por
entidades públicas o privadas, siempre que los impartidos por estas últimas se hayan
realizado en virtud de convenios de colaboración con la Administración.
Todos estos méritos para ser valorados se acreditarán mediante copia auténtica o
copias compulsadas, siendo presentados con la instancia de participación en el plazo
establecido.
Criterios de desempate:
1. Por la experiencia del apartado 1.1 (se contabilizarán los servicios prestados en
años, meses y días)
2. Por la puntuación obtenida en el apartado 1.2 (se contabilizarán los servicios
prestados en años, meses y días)
3. Por la puntuación obtenida en el apartado 2.1 y 2.2
Segunda fase.
Entrevista
Esta segunda fase consistirá en una entrevista que se realizará a los aspirantes que
hayan superado la primera fase, realizándose por las Unidades de Colaboración
Periféricas correspondientes.
La entrevista será realizada a los efectos de hacer una valoración como profesional,
emitiendo un informe sobre la adecuación del aspirante al puesto de trabajo a
desarrollar, que se realizará en la forma y con el procedimiento que establezca cada
Unidad de Colaboración.
cve: BOE-A-2021-16722
Verificable en https://www.boe.es
De persistir el empate, el Tribunal calificador adoptará las medidas oportunas para
dirimirlos, haciéndose públicas en su momento.
Núm. 247
Viernes 15 de octubre de 2021
Sec. II.B. Pág. 125550
fotocopia del contrato o contratos de trabajo y certificación de la vida laboral expedida
por la Tesorería de la Seguridad Social, en los demás casos. Cuando la experiencia
derive de un trabajo por cuenta propia, la copia del contrato o contratos, se sustituirá por
copia de los contratos de servicio que hubieran dado lugar a la experiencia alegada.
2.
Méritos formativos: (Máx. 30 puntos).
2.1 Por haber superado ejercicios en los procesos selectivos de ingreso en el
Cuerpo Facultativo de Sanidad Penitenciaria convocados en los dos últimos años, hasta
un máximo de 18 puntos:
2.1.1 Por superar el primer ejercicio en alguno de los procesos 12 puntos.
2.1.2 Por superar el primer y segundo ejercicio en alguno de los procesos. 15
puntos.
2.1.3 Por superar el primer, segundo y tercer ejercicio en alguno de los procesos 18
puntos.
Estos méritos se reflejarán en el anexo III –modelo de solicitud–, en el último
apartado (pruebas de acceso superadas), que serán comprobadas por la Unidad
gestora.
2.2 Por estar en posesión de Especialidad MIR distinta a la exigida para participar
en el proceso, relacionada con las funciones propias del Cuerpo al que pretende
acceder, 5 puntos por cada titulación, hasta un máximo de 10 puntos.
2.3 Por estar en posesión de los siguientes cursos:
Psiquiatría.
Toxicomanías.
Urgencias.
Radiodiagnóstico.
Educación para la Salud.
Se valorarán un único curso con 0,4 puntos por cada materia anteriormente
relacionada, hasta un máximo de 2 puntos, debiendo haber sido impartidos por
entidades públicas o privadas, siempre que los impartidos por estas últimas se hayan
realizado en virtud de convenios de colaboración con la Administración.
Todos estos méritos para ser valorados se acreditarán mediante copia auténtica o
copias compulsadas, siendo presentados con la instancia de participación en el plazo
establecido.
Criterios de desempate:
1. Por la experiencia del apartado 1.1 (se contabilizarán los servicios prestados en
años, meses y días)
2. Por la puntuación obtenida en el apartado 1.2 (se contabilizarán los servicios
prestados en años, meses y días)
3. Por la puntuación obtenida en el apartado 2.1 y 2.2
Segunda fase.
Entrevista
Esta segunda fase consistirá en una entrevista que se realizará a los aspirantes que
hayan superado la primera fase, realizándose por las Unidades de Colaboración
Periféricas correspondientes.
La entrevista será realizada a los efectos de hacer una valoración como profesional,
emitiendo un informe sobre la adecuación del aspirante al puesto de trabajo a
desarrollar, que se realizará en la forma y con el procedimiento que establezca cada
Unidad de Colaboración.
cve: BOE-A-2021-16722
Verificable en https://www.boe.es
De persistir el empate, el Tribunal calificador adoptará las medidas oportunas para
dirimirlos, haciéndose públicas en su momento.