II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Cuerpo de Enfermeros de Instituciones Penitenciarias. (BOE-A-2021-16721)
Resolución de 11 de octubre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para la selección y nombramiento de personal funcionario interino del Cuerpo de Enfermeros de Instituciones Penitenciarias.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 15 de octubre de 2021
Sec. II.B. Pág. 125536
La presentación de solicitudes por vía electrónica se realizará en el plazo de diez
días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria, a
través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado http://
administracion.gob.es.
Las solicitudes serán dirigidas al centro penitenciario cuya vacante se solicita en
primer lugar.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del
aspirante.
3.3 Documentación a presentar junto con la solicitud:
3.3.1 Título: Diplomado Universitario o Grado en Enfermería.
3.3.2 Nacionalidad: Estarán obligados a presentar documentación acreditativa de la
nacionalidad, apartado 2.1.1, quienes se encuentren incluidos en el apartado c) o en el
apartado d).
Estarán exentos de aportar documentación acreditativa de la nacionalidad, los
incluidos en el apartado a), así como los extranjeros residentes en España incluidos en
el apartado b), siempre que autoricen en su solicitud la comprobación de los datos de
identificación personal en el Sistema de Verificación de Datos de Identidad. El resto de
los candidatos deberán acompañar a su solicitud documento que acredite las
condiciones que se alegan.
La no presentación de la documentación referida en el punto 3.3.1 y/o en el
punto 3.3.2, supondrá la exclusión del candidato.
3.3.3 Documentación acreditativa de los méritos que el candidato desee que se
valoren. Todo ello atendiendo a los méritos que podrán ser alegados y que se recogen
en el anexo I.
3.3.4 Anexo III bis de petición de plazas por orden priorizado.
3.4 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la
solicitud podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.
4.
Admisión de aspirantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, se publicará la relación de
aspirantes admitidos y excluidos, ordenada alfabéticamente, con indicación de las
causas de exclusión, número de documento de identidad o pasaporte, señalando un
plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la
relación, para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión. Esta
relación se publicará al menos en los medios indicados en la base 1.1.
4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido
modificaciones, éstas se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron las
relaciones iniciales.
5.
Tribunal
5.1 La selección del personal se realizará por el Tribunal calificador de este proceso
y que figura como anexo IV a esta convocatoria.
5.2 Por razones operativas y de eficacia práctica, en cada Centro Penitenciario se
designarán Unidades de Colaboración Periférica de este Tribunal calificador.
La composición de estas Unidades será la siguiente:
Tres funcionarios de los grupos A1 y A2 (al menos dos funcionarios del área
sanitaria, sin poder ser dos enfermeros), pertenecientes a la plantilla del centro,
designados por el Director, pudiendo ser él mismo.
La designación de la Unidad de Colaboración Periférica por el Director del Centro
Penitenciario, se hará en virtud de resolución, que se publicará en cada centro
cve: BOE-A-2021-16721
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 247
Viernes 15 de octubre de 2021
Sec. II.B. Pág. 125536
La presentación de solicitudes por vía electrónica se realizará en el plazo de diez
días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria, a
través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado http://
administracion.gob.es.
Las solicitudes serán dirigidas al centro penitenciario cuya vacante se solicita en
primer lugar.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del
aspirante.
3.3 Documentación a presentar junto con la solicitud:
3.3.1 Título: Diplomado Universitario o Grado en Enfermería.
3.3.2 Nacionalidad: Estarán obligados a presentar documentación acreditativa de la
nacionalidad, apartado 2.1.1, quienes se encuentren incluidos en el apartado c) o en el
apartado d).
Estarán exentos de aportar documentación acreditativa de la nacionalidad, los
incluidos en el apartado a), así como los extranjeros residentes en España incluidos en
el apartado b), siempre que autoricen en su solicitud la comprobación de los datos de
identificación personal en el Sistema de Verificación de Datos de Identidad. El resto de
los candidatos deberán acompañar a su solicitud documento que acredite las
condiciones que se alegan.
La no presentación de la documentación referida en el punto 3.3.1 y/o en el
punto 3.3.2, supondrá la exclusión del candidato.
3.3.3 Documentación acreditativa de los méritos que el candidato desee que se
valoren. Todo ello atendiendo a los méritos que podrán ser alegados y que se recogen
en el anexo I.
3.3.4 Anexo III bis de petición de plazas por orden priorizado.
3.4 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la
solicitud podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.
4.
Admisión de aspirantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, se publicará la relación de
aspirantes admitidos y excluidos, ordenada alfabéticamente, con indicación de las
causas de exclusión, número de documento de identidad o pasaporte, señalando un
plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la
relación, para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión. Esta
relación se publicará al menos en los medios indicados en la base 1.1.
4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido
modificaciones, éstas se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron las
relaciones iniciales.
5.
Tribunal
5.1 La selección del personal se realizará por el Tribunal calificador de este proceso
y que figura como anexo IV a esta convocatoria.
5.2 Por razones operativas y de eficacia práctica, en cada Centro Penitenciario se
designarán Unidades de Colaboración Periférica de este Tribunal calificador.
La composición de estas Unidades será la siguiente:
Tres funcionarios de los grupos A1 y A2 (al menos dos funcionarios del área
sanitaria, sin poder ser dos enfermeros), pertenecientes a la plantilla del centro,
designados por el Director, pudiendo ser él mismo.
La designación de la Unidad de Colaboración Periférica por el Director del Centro
Penitenciario, se hará en virtud de resolución, que se publicará en cada centro
cve: BOE-A-2021-16721
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 247