III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Comunidad Autónoma de Cantabria. Convenio. (BOE-A-2021-16672)
Resolución de 7 de octubre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Cantabria, en materia de estadística para el año 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 246
Jueves 14 de octubre de 2021
Segunda.
Sec. III. Pág. 125422
Actuaciones.
1. La Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente del Gobierno de Cantabria se compromete a realizar las siguientes
actuaciones:
a) Las operaciones estadísticas precisas para la ejecución de su programa de
estadísticas en ejercicio de su competencia exclusiva sobre las estadísticas para fines de
la Comunidad Autónoma.
b) Realizar durante el año 2021 las operaciones estadísticas acordadas entre
ambas partes y posterior entrega de los resultados obtenidos al Ministerio de Agricultura,
Pesca y Alimentación, de acuerdo con el calendario establecido.
c) Disponer de los recursos materiales y humanos necesarios, ya sea de forma
directa o indirecta para realizar las operaciones estadísticas acordadas.
2. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación se compromete a realizar las
siguientes actuaciones:
a) El tratamiento, depuración, integración y difusión de las operaciones, en materia
de estadística, realizadas por la Comunidad Autónoma, según el calendario acordado.
b) Financiar conforme lo establecido en la cláusula tercera aquella parte de los
trabajos que debe realizar la Comunidad Autónoma conducentes a la realización del
Programa de Estadísticas.
3. El detalle de las actuaciones y el presupuesto para el año 2021 se incluyen en el
anexo.
Tercera.
Presupuesto, financiación y forma de pago.
El presente Convenio será financiado por el Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación con cargo a la aplicación presupuestaria 21.01.411M.640.08, de los
Presupuestos Generales del Estado vigentes en el año 2021.
La contribución máxima del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación asciende
a 14.591,00 €, que se destinarán a la ejecución de las operaciones estadísticas
acordadas por las partes conforme la planificación anual y los calendarios de las
operaciones estadísticas que se acuerden.
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación abonará a la Comunidad
Autónoma de Cantabria dicho importe, mediante transferencia a la cuenta bancaria,
códigos: ES56.0049.6742.5321.1621.8103, una vez comprobados los trabajos
realizados, y certificada la conformidad de los mismos por el Ministerio.
La Comunidad Autónoma aportará los medios materiales y humanos necesarios para
la realización de las operaciones estadísticas acordadas.
Programas de trabajo.
Las operaciones estadísticas, así como los trabajos concretos que se efectúen, a
realizar por la Comunidad Autónoma, base de este Convenio, serán las asignadas en el
Plan Estadístico Nacional 2021-2024 (PEN) al Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación y en las que figure la Comunidad Autónoma como organismo colaborador,
aprobado mediante el Real Decreto 1110/2020, de 15 de diciembre, siendo de aplicación
el Real Decreto 308/2020, de 11 de febrero, por el que se aprueba el Programa
anual 2020 (prorrogada su vigencia para 2021 según establece su disposición transitoria
única), así como aquellas operaciones necesarias para la elaboración de las Cuentas
Económicas Regionales de la Agricultura de acuerdo con la Metodología publicada por el
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
cve: BOE-A-2021-16672
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.
Núm. 246
Jueves 14 de octubre de 2021
Segunda.
Sec. III. Pág. 125422
Actuaciones.
1. La Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente del Gobierno de Cantabria se compromete a realizar las siguientes
actuaciones:
a) Las operaciones estadísticas precisas para la ejecución de su programa de
estadísticas en ejercicio de su competencia exclusiva sobre las estadísticas para fines de
la Comunidad Autónoma.
b) Realizar durante el año 2021 las operaciones estadísticas acordadas entre
ambas partes y posterior entrega de los resultados obtenidos al Ministerio de Agricultura,
Pesca y Alimentación, de acuerdo con el calendario establecido.
c) Disponer de los recursos materiales y humanos necesarios, ya sea de forma
directa o indirecta para realizar las operaciones estadísticas acordadas.
2. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación se compromete a realizar las
siguientes actuaciones:
a) El tratamiento, depuración, integración y difusión de las operaciones, en materia
de estadística, realizadas por la Comunidad Autónoma, según el calendario acordado.
b) Financiar conforme lo establecido en la cláusula tercera aquella parte de los
trabajos que debe realizar la Comunidad Autónoma conducentes a la realización del
Programa de Estadísticas.
3. El detalle de las actuaciones y el presupuesto para el año 2021 se incluyen en el
anexo.
Tercera.
Presupuesto, financiación y forma de pago.
El presente Convenio será financiado por el Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación con cargo a la aplicación presupuestaria 21.01.411M.640.08, de los
Presupuestos Generales del Estado vigentes en el año 2021.
La contribución máxima del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación asciende
a 14.591,00 €, que se destinarán a la ejecución de las operaciones estadísticas
acordadas por las partes conforme la planificación anual y los calendarios de las
operaciones estadísticas que se acuerden.
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación abonará a la Comunidad
Autónoma de Cantabria dicho importe, mediante transferencia a la cuenta bancaria,
códigos: ES56.0049.6742.5321.1621.8103, una vez comprobados los trabajos
realizados, y certificada la conformidad de los mismos por el Ministerio.
La Comunidad Autónoma aportará los medios materiales y humanos necesarios para
la realización de las operaciones estadísticas acordadas.
Programas de trabajo.
Las operaciones estadísticas, así como los trabajos concretos que se efectúen, a
realizar por la Comunidad Autónoma, base de este Convenio, serán las asignadas en el
Plan Estadístico Nacional 2021-2024 (PEN) al Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación y en las que figure la Comunidad Autónoma como organismo colaborador,
aprobado mediante el Real Decreto 1110/2020, de 15 de diciembre, siendo de aplicación
el Real Decreto 308/2020, de 11 de febrero, por el que se aprueba el Programa
anual 2020 (prorrogada su vigencia para 2021 según establece su disposición transitoria
única), así como aquellas operaciones necesarias para la elaboración de las Cuentas
Económicas Regionales de la Agricultura de acuerdo con la Metodología publicada por el
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
cve: BOE-A-2021-16672
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.