II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Escala de Investigadores Científicos de los Organismos Públicos de Investigación. (BOE-A-2021-16618)
Resolución de 6 de octubre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema de promoción interna, en la Escala de Investigadores Científicos de los Organismos Públicos de Investigación.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 14 de octubre de 2021
Sec. II.B. Pág. 125079
aplicación https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias Apartado «Contacto»:
cau.060@correo.gob.es
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las
representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas
se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en
la cuenta corriente número ES06 0182-2370-49-0200203962 (código IBAN, ES06;
código BIC: BBVAESMMXXX), del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria o mediante
transferencia desde un número de cuenta bancaria abierta en una entidad extranjera, a
nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Hacienda. Derechos de examen». Este
sistema de pago solo será válido para las solicitudes que sean cursadas en el extranjero.
Las solicitudes se dirigirán, como órgano convocante, a la Subsecretaría del
Ministerio de Ciencia e Innovación.
5.3 El plazo para su presentación será de veinte días hábiles contados a partir del
día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del
Estado. La no presentación en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
5.4 Solo podrá presentarse una solicitud por aspirante, en la cual deberá incluirse
también un único perfil científico por el que se presente y se cumplimentará de acuerdo
con las instrucciones del Anexo III. La presentación de dos o más solicitudes, la inclusión
en una instancia de dos o más perfiles científicos o la falta de reflejo en la misma de un
perfil científico concreto supondrá la exclusión del aspirante sin que estos errores
puedan ser subsanados posteriormente.
5.5 Todas las solicitudes deberán venir acompañadas de la documentación que a
continuación se indica y la forma de aportar la documentación será la descrita en la
base 5.2 de esta convocatoria:
5.5.1 Currículum vitae del solicitante. Este archivo deberá identificarse con la
denominación siguiente: «CV, apellidos y nombre del candidato».pdf.
5.5.2 Un resumen de un máximo de seis páginas (UNE-A4) en el que se
expresarán los objetivos científicos que el aspirante ha perseguido a lo largo de su
carrera investigadora, así como las líneas fundamentales de su investigación futura, con
especial énfasis en estas últimas, para su valoración de acuerdo con lo dispuesto en el
apartado 2.a) del Anexo I. Este archivo se deberá identificar con la siguiente
denominación: «OBJETIVOS, apellidos y nombre del candidato».pdf.
5.5.3 Ejemplares de las cinco aportaciones científicas, técnicas o de cualquier otra
índole que, a juicio del aspirante, sean las más relevantes de su carrera profesional. Este
archivo se deberá identificar con la siguiente denominación: «APORTACIONES,
apellidos y nombre del candidato».pdf. En el supuesto de que dichas aportaciones no se
pudieran remitir en soporte informático, podrán enviarse los originales o copias
auténticas de los mismos junto con la solicitud. Estas aportaciones científicas deben
presentarse en su totalidad, desestimándose aquellos de los que solo se incluya una
parte o no tengan calidad suficiente para su lectura.
5.5.4 Un resumen de las cinco aportaciones de la base anterior de un máximo de
tres páginas (UNE-A4), subrayando la relevancia de dichas aportaciones y la
contribución personal a las mismas. Este archivo deberá identificarse con la siguiente
denominación: «RESUMEN, apellidos y nombre del candidato».pdf.
La no presentación del curriculum vitae y de la documentación exigida en las
bases 5.5.2, 5.5.3 y 5.5.4, en tiempo y forma, supondrá la exclusión del aspirante sin
posibilidad de subsanación.
5.6 Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos
Internacionales deberán acompañar a la solicitud las certificaciones de homologación o,
con carácter excepcional, presentarlas al órgano de selección con antelación a la
celebración de las correspondientes pruebas.
5.7 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la
solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
A estos efectos no se consideran errores de hecho o materiales la no presentación, junto
cve: BOE-A-2021-16618
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 246
Jueves 14 de octubre de 2021
Sec. II.B. Pág. 125079
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representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas
se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en
la cuenta corriente número ES06 0182-2370-49-0200203962 (código IBAN, ES06;
código BIC: BBVAESMMXXX), del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria o mediante
transferencia desde un número de cuenta bancaria abierta en una entidad extranjera, a
nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Hacienda. Derechos de examen». Este
sistema de pago solo será válido para las solicitudes que sean cursadas en el extranjero.
Las solicitudes se dirigirán, como órgano convocante, a la Subsecretaría del
Ministerio de Ciencia e Innovación.
5.3 El plazo para su presentación será de veinte días hábiles contados a partir del
día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del
Estado. La no presentación en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
5.4 Solo podrá presentarse una solicitud por aspirante, en la cual deberá incluirse
también un único perfil científico por el que se presente y se cumplimentará de acuerdo
con las instrucciones del Anexo III. La presentación de dos o más solicitudes, la inclusión
en una instancia de dos o más perfiles científicos o la falta de reflejo en la misma de un
perfil científico concreto supondrá la exclusión del aspirante sin que estos errores
puedan ser subsanados posteriormente.
5.5 Todas las solicitudes deberán venir acompañadas de la documentación que a
continuación se indica y la forma de aportar la documentación será la descrita en la
base 5.2 de esta convocatoria:
5.5.1 Currículum vitae del solicitante. Este archivo deberá identificarse con la
denominación siguiente: «CV, apellidos y nombre del candidato».pdf.
5.5.2 Un resumen de un máximo de seis páginas (UNE-A4) en el que se
expresarán los objetivos científicos que el aspirante ha perseguido a lo largo de su
carrera investigadora, así como las líneas fundamentales de su investigación futura, con
especial énfasis en estas últimas, para su valoración de acuerdo con lo dispuesto en el
apartado 2.a) del Anexo I. Este archivo se deberá identificar con la siguiente
denominación: «OBJETIVOS, apellidos y nombre del candidato».pdf.
5.5.3 Ejemplares de las cinco aportaciones científicas, técnicas o de cualquier otra
índole que, a juicio del aspirante, sean las más relevantes de su carrera profesional. Este
archivo se deberá identificar con la siguiente denominación: «APORTACIONES,
apellidos y nombre del candidato».pdf. En el supuesto de que dichas aportaciones no se
pudieran remitir en soporte informático, podrán enviarse los originales o copias
auténticas de los mismos junto con la solicitud. Estas aportaciones científicas deben
presentarse en su totalidad, desestimándose aquellos de los que solo se incluya una
parte o no tengan calidad suficiente para su lectura.
5.5.4 Un resumen de las cinco aportaciones de la base anterior de un máximo de
tres páginas (UNE-A4), subrayando la relevancia de dichas aportaciones y la
contribución personal a las mismas. Este archivo deberá identificarse con la siguiente
denominación: «RESUMEN, apellidos y nombre del candidato».pdf.
La no presentación del curriculum vitae y de la documentación exigida en las
bases 5.5.2, 5.5.3 y 5.5.4, en tiempo y forma, supondrá la exclusión del aspirante sin
posibilidad de subsanación.
5.6 Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos
Internacionales deberán acompañar a la solicitud las certificaciones de homologación o,
con carácter excepcional, presentarlas al órgano de selección con antelación a la
celebración de las correspondientes pruebas.
5.7 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la
solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
A estos efectos no se consideran errores de hecho o materiales la no presentación, junto
cve: BOE-A-2021-16618
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Núm. 246