II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Escala de Investigadores Científicos de los Organismos Públicos de Investigación. (BOE-A-2021-16618)
Resolución de 6 de octubre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema de promoción interna, en la Escala de Investigadores Científicos de los Organismos Públicos de Investigación.
27 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 246
Jueves 14 de octubre de 2021
Sec. II.B. Pág. 125077
Las plazas convocadas por este cupo serán adjudicadas, de entre los aspirantes del
citado cupo de discapacidad que hayan aprobado el proceso selectivo por los perfiles
científicos de los citados organismos, a aquellos candidatos con la mayor puntuación
final.
Una vez cubiertas las plazas del cupo de reserva para personas con discapacidad,
quienes hayan solicitado participar por este cupo y hayan superado el proceso selectivo
sin obtener plaza por dicho cupo, podrán optar, en igualdad de condiciones a los otros
aspirantes del sistema de acceso general por el mismo perfil científico por el que se
hayan presentado, incluyéndose por su orden de puntuación en dicho sistema general.
Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad se
acumularán a las de acceso general en el mismo organismo al que corresponda la plaza
convocada por este cupo.
1.3 En el supuesto de que alguna de las plazas convocadas por el turno general
quedara desierta, se podrá proponer al órgano convocante que dicha plaza se destine a
incrementar el número de las inicialmente previstas en perfiles científicos distintos
pertenecientes al mismo organismo.
2.
Proceso selectivo
El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso, con las fases,
valoraciones y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.
3.
Requisitos generales de los aspirantes
Para la admisión a la realización del proceso selectivo los aspirantes deberán poseer,
en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los requisitos previstos
en el apartado décimo de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio (Boletín Oficial del
Estado n.º 174 de 22 de julio), por la que se aprueban las bases comunes que han de
regir los procesos de selección del personal de los Cuerpos y Escalas de la
Administración General del Estado, excepto en lo que hace referencia a la Nacionalidad
y la Titulación requerida para participar en esta convocatoria que serán los siguientes:
3.1 Nacionalidad: De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26.2 de la
Ley 14/2011, de 1 de junio de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, para poder ser
admitidos a participar en este proceso selectivo deberá poseerse, en el día de
finalización del plazo de presentación de solicitudes, alguno de los siguientes requisitos
de nacionalidad:
Los aspirantes no residentes en España incluidos en el apartado c), así como los
extranjeros incluidos en los apartados d) y e) deberán acompañar a su solicitud,
documento que acrediten las condiciones que se alegan.
3.2 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Doctor, en
el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Se entenderá que un
aspirante está en condiciones de obtener el título de Doctor cuando hubiera resultado
aprobado para dicho grado, tras la lectura de la correspondiente tesis doctoral. Los
cve: BOE-A-2021-16618
Verificable en https://www.boe.es
a) Tener la nacionalidad española.
b) Ser nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.
c) El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros estados miembros de
la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados
de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes
menores de veintiún años o mayor de dicha edad que sean dependientes.
d) Los extranjeros con residencia legal en España
e) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados
Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores.
Núm. 246
Jueves 14 de octubre de 2021
Sec. II.B. Pág. 125077
Las plazas convocadas por este cupo serán adjudicadas, de entre los aspirantes del
citado cupo de discapacidad que hayan aprobado el proceso selectivo por los perfiles
científicos de los citados organismos, a aquellos candidatos con la mayor puntuación
final.
Una vez cubiertas las plazas del cupo de reserva para personas con discapacidad,
quienes hayan solicitado participar por este cupo y hayan superado el proceso selectivo
sin obtener plaza por dicho cupo, podrán optar, en igualdad de condiciones a los otros
aspirantes del sistema de acceso general por el mismo perfil científico por el que se
hayan presentado, incluyéndose por su orden de puntuación en dicho sistema general.
Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad se
acumularán a las de acceso general en el mismo organismo al que corresponda la plaza
convocada por este cupo.
1.3 En el supuesto de que alguna de las plazas convocadas por el turno general
quedara desierta, se podrá proponer al órgano convocante que dicha plaza se destine a
incrementar el número de las inicialmente previstas en perfiles científicos distintos
pertenecientes al mismo organismo.
2.
Proceso selectivo
El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso, con las fases,
valoraciones y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.
3.
Requisitos generales de los aspirantes
Para la admisión a la realización del proceso selectivo los aspirantes deberán poseer,
en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los requisitos previstos
en el apartado décimo de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio (Boletín Oficial del
Estado n.º 174 de 22 de julio), por la que se aprueban las bases comunes que han de
regir los procesos de selección del personal de los Cuerpos y Escalas de la
Administración General del Estado, excepto en lo que hace referencia a la Nacionalidad
y la Titulación requerida para participar en esta convocatoria que serán los siguientes:
3.1 Nacionalidad: De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26.2 de la
Ley 14/2011, de 1 de junio de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, para poder ser
admitidos a participar en este proceso selectivo deberá poseerse, en el día de
finalización del plazo de presentación de solicitudes, alguno de los siguientes requisitos
de nacionalidad:
Los aspirantes no residentes en España incluidos en el apartado c), así como los
extranjeros incluidos en los apartados d) y e) deberán acompañar a su solicitud,
documento que acrediten las condiciones que se alegan.
3.2 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Doctor, en
el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Se entenderá que un
aspirante está en condiciones de obtener el título de Doctor cuando hubiera resultado
aprobado para dicho grado, tras la lectura de la correspondiente tesis doctoral. Los
cve: BOE-A-2021-16618
Verificable en https://www.boe.es
a) Tener la nacionalidad española.
b) Ser nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.
c) El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros estados miembros de
la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados
de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes
menores de veintiún años o mayor de dicha edad que sean dependientes.
d) Los extranjeros con residencia legal en España
e) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados
Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores.