III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2021-16681)
Resolución de 5 de octubre de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Girona, la Comunidad Autónoma de Cataluña y el Instituto Catalán de la Salud, para la administración y participación en gastos de inmuebles de uso compartido en Girona.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 246
Jueves 14 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 125459
Décima. Modificación del convenio.
El contenido de este convenio, únicamente podrá modificarse por acuerdo unánime
de las partes firmantes, que se formalizará mediante adenda modificativa.
Undécima.
Extinción del convenio.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
este convenio podrá extinguirse por las siguientes causas:
Por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto.
Por incurrir en causa de resolución. Siendo causa de resolución las siguientes:
El transcurso del plazo de vigencia del convenio, sin haberse acordado la prórroga
del mismo.
El acuerdo unánime de todos los firmantes.
El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno
de los firmantes.
Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
Por cualquier otra causa distinta de las anteriores que esté prevista en otras leyes.
Duodécima.
Vigencia.
Este convenio será eficaz una vez tenga lugar su inscripción en el Registro
electrónico estatal de órganos e instrumentos de cooperación del sector público estatal y
su publicación en el Boletín Oficial del Estado, siendo lo preceptuado en el artículo 48.8
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
El presente convenio tiene una vigencia de cuatro años, prorrogables por otros
cuatro adicionales de mutuo acuerdo, si bien podrá ser denunciado en cualquier
momento antes de su finalización por cualquiera de las Entidades que lo suscriben.
Y, en prueba de conformidad las partes implicadas firman el presente Convenio
electrónicamente, el 1 de octubre de 2021.–Por la Tesorería General de la Seguridad
Social, la Directora Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, Elisa
Andreu Fuentes.–Por l’Institut Català de la Salut, el Gerente de l’Institut Català de la
Salut, Joaquim Casanovas Lax.–Por el Departament de Salut-ICAM, la Secretaria
General del Departament de Salut, Meritxell Masó i Carbó.
ANEXO I
Inmueble compartido objeto del convenio
La distribución de superficie entre les Entidades ocupantes, según resolución de la
Dirección General de la Tesorería General de la Seguridad Social de 7.408 m2, es la
siguiente:
Escalera número 33-35.
Años 2021 a 2024.
cve: BOE-A-2021-16681
Verificable en https://www.boe.es
– Número de IGBISS: 17/0001.
– Denominación del inmueble: Institut Català de la Salut.
– Ubicación: Calle de Santa Clara, 33-35 de Girona.
– Entidades ocupantes del inmueble y, en su caso, título de ocupación: Generalitat
de Catalunya, Institut Català de la Salut (ICS), en virtud del RD 1517/1981, de 8 de julio y
Acuerdo de Cesión de fecha 2 de enero de 2014, y 3 de agosto de 2018, ICAM y TGSS.
Núm. 246
Jueves 14 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 125459
Décima. Modificación del convenio.
El contenido de este convenio, únicamente podrá modificarse por acuerdo unánime
de las partes firmantes, que se formalizará mediante adenda modificativa.
Undécima.
Extinción del convenio.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
este convenio podrá extinguirse por las siguientes causas:
Por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto.
Por incurrir en causa de resolución. Siendo causa de resolución las siguientes:
El transcurso del plazo de vigencia del convenio, sin haberse acordado la prórroga
del mismo.
El acuerdo unánime de todos los firmantes.
El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno
de los firmantes.
Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
Por cualquier otra causa distinta de las anteriores que esté prevista en otras leyes.
Duodécima.
Vigencia.
Este convenio será eficaz una vez tenga lugar su inscripción en el Registro
electrónico estatal de órganos e instrumentos de cooperación del sector público estatal y
su publicación en el Boletín Oficial del Estado, siendo lo preceptuado en el artículo 48.8
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
El presente convenio tiene una vigencia de cuatro años, prorrogables por otros
cuatro adicionales de mutuo acuerdo, si bien podrá ser denunciado en cualquier
momento antes de su finalización por cualquiera de las Entidades que lo suscriben.
Y, en prueba de conformidad las partes implicadas firman el presente Convenio
electrónicamente, el 1 de octubre de 2021.–Por la Tesorería General de la Seguridad
Social, la Directora Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, Elisa
Andreu Fuentes.–Por l’Institut Català de la Salut, el Gerente de l’Institut Català de la
Salut, Joaquim Casanovas Lax.–Por el Departament de Salut-ICAM, la Secretaria
General del Departament de Salut, Meritxell Masó i Carbó.
ANEXO I
Inmueble compartido objeto del convenio
La distribución de superficie entre les Entidades ocupantes, según resolución de la
Dirección General de la Tesorería General de la Seguridad Social de 7.408 m2, es la
siguiente:
Escalera número 33-35.
Años 2021 a 2024.
cve: BOE-A-2021-16681
Verificable en https://www.boe.es
– Número de IGBISS: 17/0001.
– Denominación del inmueble: Institut Català de la Salut.
– Ubicación: Calle de Santa Clara, 33-35 de Girona.
– Entidades ocupantes del inmueble y, en su caso, título de ocupación: Generalitat
de Catalunya, Institut Català de la Salut (ICS), en virtud del RD 1517/1981, de 8 de julio y
Acuerdo de Cesión de fecha 2 de enero de 2014, y 3 de agosto de 2018, ICAM y TGSS.