II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Cuerpo Facultativo de Sanidad Penitenciaria. (BOE-A-2021-16549)
Resolución de 6 de octubre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convocan pruebas selectivas para acceso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Facultativo de Sanidad Penitenciaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 13 de octubre de 2021

Sec. II.B. Pág. 124542

c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003,
de 18 de noviembre de Protección a las Familias Numerosas. Tendrán derecho a una
exención del 100 por 100 de la tasa los miembros de familias de la categoría especial y a
una bonificación del 50 por 100 los que fueran de la categoría general. La condición de
familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.
La aportación del título de familia numerosa no será necesaria cuando el mismo haya
sido obtenido en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección
http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y salvo que conste oposición
expresa del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el
acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas.
d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan
sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo
acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la
que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga
relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.
6.7 El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la
concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá
hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá
a la exclusión del aspirante.
6.8 En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación
de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo,
supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de
participación en el proceso selectivo.
7.

Tribunal

7.1 El Tribunal Calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo III
de la presente convocatoria.
7.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará
por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades de ambos sexos.
7.3 Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las
incidencias sobrevenidas por causas de fuerza mayor y de las que pudieran surgir en el
desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones que estime pertinentes.
7.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede
en el Ministerio del Interior, en la Subdirección General de Recursos Humanos de la
Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, calle Alcalá, número 38, planta
segunda, 28014 Madrid, teléfono 91-3354812, dirección de correo electrónico SGPIPSSC@dgip.mir.es.
8.

Desarrollo del proceso selectivo

8.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente, por el
primero de la letra «V» según lo establecido en la Resolución de 23 de junio de 2021, de
la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública (BOE de 28 de junio).
8.2 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, se dictará resolución, en el
plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En
dicha resolución, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», se indicará la
relación de aspirantes excluidos, los lugares en los que se encuentran expuestas al
público las listas completas de aspirantes admitidos y excluidos, así como el lugar o
lugares, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio.
8.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de los
restantes ejercicios se harán públicos con, al menos, doce horas de antelación a la
señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se
trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán en la sede del Tribunal señalada en la

cve: BOE-A-2021-16549
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Núm. 245