II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS. Cuerpos y escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia. (BOE-A-2021-16555)
Resolución de 30 de septiembre de 2021, de la Consejería de Presidencia, por la que se convoca concurso de traslado entre personal funcionario de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 245

Miércoles 13 de octubre de 2021

Sec. II.B. Pág. 124684

Illes Balears, Ciudad de Ceuta y Ciudad de Melilla, en que será de un mes tanto si el
puesto de trabajo en las islas o en las ciudades es el de origen como si es el de destino.
Dicho plazo de toma de posesión comenzará a contarse a partir del día hábil
siguiente al del cese, que deberá efectuarse en las fechas que se indiquen en la
resolución definitiva del concurso.
5. El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen las vacaciones,
los permisos o licencias que se encuentren disfrutando los funcionarios, salvo que, por
circunstancias excepcionales debidamente motivadas, se suspenda o revoque el disfrute
de los mismos.
Décima. Carácter de los destinos adjudicados.
1. Los traslados que se deriven de la resolución del presente concurso tendrán la
consideración de voluntarios a los efectos previstos en el Real Decreto 462/2002, de 24
de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
2. Los destinos adjudicados en la resolución definitiva serán irrenunciables.
Undécima.

Limitación para concursar.

Aquellos funcionarios que obtengan destino definitivo en el presente concurso, no
podrán participar en otro concurso de traslados para el mismo Cuerpo o Escala hasta
que no transcurran los plazos establecidos en el artículo 529.3 de la Ley
Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, que modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de
julio, del Poder Judicial, y articulo 46.1del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.
Duodécima.

Recursos.

Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante
el Ministerio de Justicia, en el plazo de un mes, según lo establecido en los artículos 123
y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados
Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, según lo
dispuesto en el artículo 9 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa; a contar desde el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2021-16555
Verificable en https://www.boe.es

Oviedo, 30 de septiembre de 2021.–La Consejera de Presidencia, P. D. (Resolución
de 10 de septiembre de 2019), la Viceconsejera de Justicia, Encarnación Vicente Suárez.