V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. (BOE-B-2021-41867)
Extracto de la Resolución de 6 de octubre de 2021, de la Secretaría General de Formación Profesional, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el desarrollo de otros programas formativos, adaptados a colectivos con necesidades específicas en las ciudades de Ceuta y Melilla para el ejercicio 2021
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 245
Miércoles 13 de octubre de 2021
Sec. V-B. Pág. 57442
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
41867
Extracto de la Resolución de 6 de octubre de 2021, de la Secretaría
General de Formación Profesional, por la que se convocan
subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el
desarrollo de otros programas formativos, adaptados a colectivos con
necesidades específicas en las ciudades de Ceuta y Melilla para el
ejercicio 2021
BDNS (Identif.): 588824.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
588824).
Primero. Beneficiarios.
Las organizaciones sindicales y asociaciones privadas sin fines de lucro, de
acuerdo a lo previsto en el artículo 2 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de
régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al
mecenazgo. Dichas entidades deben tener ámbito de actuación en las ciudades de
Ceuta y Melilla.
Segundo. Objeto.
Desarrollo de otros programas formativos, destinados a colectivos con
necesidades específicas, de los establecidos en la disposición adicional cuarta del
Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero, por el que se regulan aspectos
específicos de la Formación Profesional Básica de las enseñanzas de formación
profesional del sistema educativo, se aprueban catorce títulos profesionales
básicos, se fijan sus currículos básicos y se modifica el Real Decreto 1850/2009,
de 4 de diciembre, sobre expedición de títulos académicos y profesionales
correspondientes a las enseñanzas establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3
de mayo, de Educación.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril, BOE de 12 de mayo, de bases
reguladoras de concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia
competitiva.
Cuarto. Cuantía.
Los programas formativos específicos que se implanten por primera vez
recibirán 65.000 euros.
Los programas que mantengan la estructura y contenido de convocatorias
anteriores e introduzcan nuevos módulos profesionales del título de formación
profesional básica asociados a nuevas unidades de competencia, a partir del
programa presentado en convocatorias anteriores, recibirán 52.000 euros.
cve: BOE-B-2021-41867
Verificable en https://www.boe.es
Importe máximo 1.300.000 euros.
Núm. 245
Miércoles 13 de octubre de 2021
Sec. V-B. Pág. 57442
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MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
41867
Extracto de la Resolución de 6 de octubre de 2021, de la Secretaría
General de Formación Profesional, por la que se convocan
subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el
desarrollo de otros programas formativos, adaptados a colectivos con
necesidades específicas en las ciudades de Ceuta y Melilla para el
ejercicio 2021
BDNS (Identif.): 588824.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
588824).
Primero. Beneficiarios.
Las organizaciones sindicales y asociaciones privadas sin fines de lucro, de
acuerdo a lo previsto en el artículo 2 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de
régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al
mecenazgo. Dichas entidades deben tener ámbito de actuación en las ciudades de
Ceuta y Melilla.
Segundo. Objeto.
Desarrollo de otros programas formativos, destinados a colectivos con
necesidades específicas, de los establecidos en la disposición adicional cuarta del
Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero, por el que se regulan aspectos
específicos de la Formación Profesional Básica de las enseñanzas de formación
profesional del sistema educativo, se aprueban catorce títulos profesionales
básicos, se fijan sus currículos básicos y se modifica el Real Decreto 1850/2009,
de 4 de diciembre, sobre expedición de títulos académicos y profesionales
correspondientes a las enseñanzas establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3
de mayo, de Educación.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril, BOE de 12 de mayo, de bases
reguladoras de concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia
competitiva.
Cuarto. Cuantía.
Los programas formativos específicos que se implanten por primera vez
recibirán 65.000 euros.
Los programas que mantengan la estructura y contenido de convocatorias
anteriores e introduzcan nuevos módulos profesionales del título de formación
profesional básica asociados a nuevas unidades de competencia, a partir del
programa presentado en convocatorias anteriores, recibirán 52.000 euros.
cve: BOE-B-2021-41867
Verificable en https://www.boe.es
Importe máximo 1.300.000 euros.