V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. (BOE-B-2021-41881)
Anuncio de los Servicios Territoriales del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural en Lleida, de información pública sobre la autorización administrativa, la declaración de utilidad pública y la aprobación del proyecto de ejecución de la construcción de la red MOP 4 bar para el suministro de gas natural en la industria AUNA GLASS, S.L., en el término municipal de la Sentiu de Sió. FUE-2021-01970711.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 13 de octubre de 2021
Sec. V-B. Pág. 57476
Afectaciones derivadas del proyecto:
1- Expropiación forzosa de los terrenos sobre los que se tienen que construir
las instalaciones fijas en superficie.
2- Imposición de servidumbre permanente de paso, en una franja de terreno de
3 metros, 1,50 m a cada lado del eje, a lo largo de la canalización por donde
pasará subterránea la tubería o tuberías que se requieran para la conducción.
Esta servidumbre estará sujeta a las siguientes limitaciones:
a) Prohibición de efectuar trabajos de arado o similares a una profundidad
superior a cincuenta centímetros, así como de plantar árboles o arbustos de tallo
alto, en una distancia interior a dos metros, a contar desde el eje de la cañería o
cañerías.
b) Prohibición de realizar cualquier tipo de obras, construcción, edificación, o
de efectuar cualquier acto que pueda dañar o perturbar el buen funcionamiento de
las instalaciones, a una distancia inferior a diez metros del eje del trazado, a
ambos lados de éste. Esta distancia se podrá reducir siempre que se solicite
expresamente y se cumplan las condiciones que, en cada caso, fije la Dirección
General de Energía, Seguridad Industrial y Seguridad Minera.
c) Permitir el libre acceso del personal y equipos para poder vigilar, mantener,
reparar o renovar las instalaciones con pago, en su caso, de los daños
ocasionados.
d) Posibilidad de instalar los hitos de señalización o delimitación y los tubos de
ventilación, así como de realizar las obras superficiales o subterráneas que sean
necesarias para la ejecución o funcionamiento de las instalaciones.
3 - Ocupación temporal de los terrenos necesarios para la ejecución de las
obras de la franja que se reflejarán, para cada finca, en los planos parcelarios de
expropiación. En esta zona se hará desaparecer, temporalmente, todo obstáculo y
se realizarán las obras necesarias para el tendido e instalación de la canalización y
elementos anexos, ejecutando los trabajos y operaciones precisas con esta
finalidad.
4 - Las condiciones y limitaciones que se tendrán que imponer en cada caso
por razones de seguridad, podrán ser modificadas de acuerdo con los
Reglamentos y Normas Técnicas que a los efectos se dicten.
Todo lo que se ha indicado en los apartados anteriores no será de aplicación a
los bienes de dominio público.
Se hace público para conocimiento general y especialmente de los propietarios
y titulares de bienes y derechos afectados por este proyecto, cuya relación se
incluye en el anexo de este Anuncio, y también para las personas que son titulares
de derechos reales o de intereses económicos sobre los bienes afectados, y han
sido omitidas, a fin de que puedan examinar el expediente donde constan las
características técnicas y las afecciones derivadas del proyecto, a los Servicios
Territoriales del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural,
Avda. del Segre, 7, de Lleida o al tablón de anuncios de la Generalitat de
Catalunya (https://tauler.seu.cat/inici.do?idens=1), y presentar las alegaciones,
preferentemente por medio electrónico (https://web.gencat.cat/ca/tramits/tramits-
cve: BOE-B-2021-41881
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 245
Miércoles 13 de octubre de 2021
Sec. V-B. Pág. 57476
Afectaciones derivadas del proyecto:
1- Expropiación forzosa de los terrenos sobre los que se tienen que construir
las instalaciones fijas en superficie.
2- Imposición de servidumbre permanente de paso, en una franja de terreno de
3 metros, 1,50 m a cada lado del eje, a lo largo de la canalización por donde
pasará subterránea la tubería o tuberías que se requieran para la conducción.
Esta servidumbre estará sujeta a las siguientes limitaciones:
a) Prohibición de efectuar trabajos de arado o similares a una profundidad
superior a cincuenta centímetros, así como de plantar árboles o arbustos de tallo
alto, en una distancia interior a dos metros, a contar desde el eje de la cañería o
cañerías.
b) Prohibición de realizar cualquier tipo de obras, construcción, edificación, o
de efectuar cualquier acto que pueda dañar o perturbar el buen funcionamiento de
las instalaciones, a una distancia inferior a diez metros del eje del trazado, a
ambos lados de éste. Esta distancia se podrá reducir siempre que se solicite
expresamente y se cumplan las condiciones que, en cada caso, fije la Dirección
General de Energía, Seguridad Industrial y Seguridad Minera.
c) Permitir el libre acceso del personal y equipos para poder vigilar, mantener,
reparar o renovar las instalaciones con pago, en su caso, de los daños
ocasionados.
d) Posibilidad de instalar los hitos de señalización o delimitación y los tubos de
ventilación, así como de realizar las obras superficiales o subterráneas que sean
necesarias para la ejecución o funcionamiento de las instalaciones.
3 - Ocupación temporal de los terrenos necesarios para la ejecución de las
obras de la franja que se reflejarán, para cada finca, en los planos parcelarios de
expropiación. En esta zona se hará desaparecer, temporalmente, todo obstáculo y
se realizarán las obras necesarias para el tendido e instalación de la canalización y
elementos anexos, ejecutando los trabajos y operaciones precisas con esta
finalidad.
4 - Las condiciones y limitaciones que se tendrán que imponer en cada caso
por razones de seguridad, podrán ser modificadas de acuerdo con los
Reglamentos y Normas Técnicas que a los efectos se dicten.
Todo lo que se ha indicado en los apartados anteriores no será de aplicación a
los bienes de dominio público.
Se hace público para conocimiento general y especialmente de los propietarios
y titulares de bienes y derechos afectados por este proyecto, cuya relación se
incluye en el anexo de este Anuncio, y también para las personas que son titulares
de derechos reales o de intereses económicos sobre los bienes afectados, y han
sido omitidas, a fin de que puedan examinar el expediente donde constan las
características técnicas y las afecciones derivadas del proyecto, a los Servicios
Territoriales del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural,
Avda. del Segre, 7, de Lleida o al tablón de anuncios de la Generalitat de
Catalunya (https://tauler.seu.cat/inici.do?idens=1), y presentar las alegaciones,
preferentemente por medio electrónico (https://web.gencat.cat/ca/tramits/tramits-
cve: BOE-B-2021-41881
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 245