II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2021-16452)
Resolución de 6 de septiembre de 2021, de la Universitat Politècnica de València, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, por el sistema de promoción interna, por concurso-oposición, a la Escala Técnica Superior de Educación Física (Subgrupo A1).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 11 de octubre de 2021
Sec. II.B. Pág. 124007
– Master Universitario oficial; siempre y cuando este Master no sea el Master habilitante
para el ejercicio de la profesión regulada, requerido en la convocatoria con 2 puntos.
– Cualquier otra titulación de Grado Universitario, Licenciatura, Arquitectura o
Ingeniería, adicional y distinta de la empleada para el acceso con 1 punto.
Para el Grupo A, Subgrupo A2: El requisito de acceso será el de Grado Universitario,
Diplomatura, Arquitectura Técnica o Ingeniería Técnica, y este apartado se puntuará:
– Doctorado con 4 puntos.
– Master Universitario oficial con 2 puntos.
– Licenciatura, Arquitectura o Ingeniería, distinta de la empleada para el acceso con 1
punto.
– Cualquier otra titulación de Grado Universitario, Diplomatura, Arquitectura Técnica
o Ingeniería Técnica, adicional y distinta de la empleada para el acceso con 0,50 puntos.
Para el Grupo B: El requisito de acceso será el de Ciclo Formativo de Grado
Superior, y este apartado se puntuará:
– Cualquier titulación universitaria oficial de nivel superior con 4 puntos.
– Cualquier otra titulación de ciclo formativo de grado superior, adicional y distinta a
la empleada para el acceso; con 1 punto.
Para el Grupo C, Subgrupo C1: El requisito de acceso será el de Bachillerato o Ciclo
Formativo de Grado Medio, y este apartado se puntuará:
– Cualquier titulación universitaria o académica oficial de nivel superior con 4 puntos.
– Cualquier otra titulación de bachillerato o ciclo formativo de grado medio, adicional
y distinta a la empleada para el acceso; con 1 punto.
Para el Grupo C, Subgrupo C2: El requisito de acceso será el de Educación
Secundaria Obligatoria, y este apartado se puntuará:
– Cualquier titulación universitaria o académica oficial de nivel superior con 4 puntos.
3.
Conocimiento de Valenciano
Se valorará hasta un máximo de 4 puntos, siempre que se acredite estar en posesión del
pertinente certificado de competencias expedido bien por la Junta Qualificadora de
Coneixements del Valencià o bien expedido por el Servei de Normalització Lingüística de la
Universitat Politècnica de València o bien estar en posesión de aquellos certificados que
constan en el anexo II de la Orden 7/2017, de 2 de marzo, de la Consellería de Educación,
Investigación, Cultura y Deporte, con arreglo a la escala que a continuación se indica:
Nivel: Puntuación:
C2
4,0
C1
3,2
B2
2,4
B1
1,6
A2
0,8
cve: BOE-A-2021-16452
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 243
Lunes 11 de octubre de 2021
Sec. II.B. Pág. 124007
– Master Universitario oficial; siempre y cuando este Master no sea el Master habilitante
para el ejercicio de la profesión regulada, requerido en la convocatoria con 2 puntos.
– Cualquier otra titulación de Grado Universitario, Licenciatura, Arquitectura o
Ingeniería, adicional y distinta de la empleada para el acceso con 1 punto.
Para el Grupo A, Subgrupo A2: El requisito de acceso será el de Grado Universitario,
Diplomatura, Arquitectura Técnica o Ingeniería Técnica, y este apartado se puntuará:
– Doctorado con 4 puntos.
– Master Universitario oficial con 2 puntos.
– Licenciatura, Arquitectura o Ingeniería, distinta de la empleada para el acceso con 1
punto.
– Cualquier otra titulación de Grado Universitario, Diplomatura, Arquitectura Técnica
o Ingeniería Técnica, adicional y distinta de la empleada para el acceso con 0,50 puntos.
Para el Grupo B: El requisito de acceso será el de Ciclo Formativo de Grado
Superior, y este apartado se puntuará:
– Cualquier titulación universitaria oficial de nivel superior con 4 puntos.
– Cualquier otra titulación de ciclo formativo de grado superior, adicional y distinta a
la empleada para el acceso; con 1 punto.
Para el Grupo C, Subgrupo C1: El requisito de acceso será el de Bachillerato o Ciclo
Formativo de Grado Medio, y este apartado se puntuará:
– Cualquier titulación universitaria o académica oficial de nivel superior con 4 puntos.
– Cualquier otra titulación de bachillerato o ciclo formativo de grado medio, adicional
y distinta a la empleada para el acceso; con 1 punto.
Para el Grupo C, Subgrupo C2: El requisito de acceso será el de Educación
Secundaria Obligatoria, y este apartado se puntuará:
– Cualquier titulación universitaria o académica oficial de nivel superior con 4 puntos.
3.
Conocimiento de Valenciano
Se valorará hasta un máximo de 4 puntos, siempre que se acredite estar en posesión del
pertinente certificado de competencias expedido bien por la Junta Qualificadora de
Coneixements del Valencià o bien expedido por el Servei de Normalització Lingüística de la
Universitat Politècnica de València o bien estar en posesión de aquellos certificados que
constan en el anexo II de la Orden 7/2017, de 2 de marzo, de la Consellería de Educación,
Investigación, Cultura y Deporte, con arreglo a la escala que a continuación se indica:
Nivel: Puntuación:
C2
4,0
C1
3,2
B2
2,4
B1
1,6
A2
0,8
cve: BOE-A-2021-16452
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 243