III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2021-16475)
Resolución de 29 de septiembre de 2021, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con Deutsche Bank, SAE, para la realización de prácticas académicas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 243
Lunes 11 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 124227
Derechos y deberes del tutor designado por Deutsche Bank, S.A.E. (artículo 11 del Real
Decreto 592/2014, de 11 de julio por el que se regulan las prácticas académicas externas
de los estudiantes universitarios)
1.
Derechos:
a) Al reconocimiento de su actividad colaboradora por parte de la UIMP en los
términos previstos en el convenio.
b) A ser informado acerca de la normativa que regula las prácticas externas así
como del proyecto formativo y de las condiciones de desarrollo.
c) A tener acceso a la UIMP para obtener información y el apoyo necesarios para el
cumplimiento de su función, especialmente a través del tutor académico designado por la
universidad.
2.
Deberes:
cve: BOE-A-2021-16475
Verificable en https://www.boe.es
a) Acoger al estudiante y organizar la actividad a desarrollar con arreglo a lo
establecido en el Proyecto Formativo.
b) Supervisar las actividades del estudiante, orientar y controlar el desarrollo de la
práctica con una relación basada en el respeto mutuo y el compromiso con el
aprendizaje.
c) Informar al estudiante de la organización y funcionamiento de Deutsche Bank,
S.A.E. y de la normativa de interés, especialmente la relativa a la seguridad y riesgos
laborales.
d) Coordinar con el tutor académico de la UIMP el desarrollo de las actividades
establecidas, incluyendo aquellas modificaciones del plan formativo que puedan ser
necesarias para el normal desarrollo de la práctica, así como la comunicación y
resolución de posibles incidencias y el control de permisos para la realización de
exámenes.
e) Emitir el Informe final que deberá ser remitido al tutor académico de la UIMP y a
la UIMP, y, en su caso, el informe intermedio.
f) Proporcionar la formación complementaria que precise el estudiante para la
realización de las prácticas.
g) Proporcionar al estudiante los medios materiales indispensables para el
desarrollo de la práctica.
h) Facilitar y estimular la aportación de propuestas de innovación, mejora y
emprendimiento por parte del estudiante.
i) Facilitar al tutor académico de la UIMP el acceso a Deutsche Bank, S.A.E. para el
cumplimiento de los fines propios de su función.
j) Guardar confidencialidad en relación con cualquier información que conozca del
estudiante como consecuencia de su actividad como tutor.
k) Prestar ayuda y asistencia al estudiante para la resolución de aquellas
cuestiones de carácter profesional que pueda necesitar en el desempeño de las
actividades que realiza en la práctica.
Núm. 243
Lunes 11 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 124227
Derechos y deberes del tutor designado por Deutsche Bank, S.A.E. (artículo 11 del Real
Decreto 592/2014, de 11 de julio por el que se regulan las prácticas académicas externas
de los estudiantes universitarios)
1.
Derechos:
a) Al reconocimiento de su actividad colaboradora por parte de la UIMP en los
términos previstos en el convenio.
b) A ser informado acerca de la normativa que regula las prácticas externas así
como del proyecto formativo y de las condiciones de desarrollo.
c) A tener acceso a la UIMP para obtener información y el apoyo necesarios para el
cumplimiento de su función, especialmente a través del tutor académico designado por la
universidad.
2.
Deberes:
cve: BOE-A-2021-16475
Verificable en https://www.boe.es
a) Acoger al estudiante y organizar la actividad a desarrollar con arreglo a lo
establecido en el Proyecto Formativo.
b) Supervisar las actividades del estudiante, orientar y controlar el desarrollo de la
práctica con una relación basada en el respeto mutuo y el compromiso con el
aprendizaje.
c) Informar al estudiante de la organización y funcionamiento de Deutsche Bank,
S.A.E. y de la normativa de interés, especialmente la relativa a la seguridad y riesgos
laborales.
d) Coordinar con el tutor académico de la UIMP el desarrollo de las actividades
establecidas, incluyendo aquellas modificaciones del plan formativo que puedan ser
necesarias para el normal desarrollo de la práctica, así como la comunicación y
resolución de posibles incidencias y el control de permisos para la realización de
exámenes.
e) Emitir el Informe final que deberá ser remitido al tutor académico de la UIMP y a
la UIMP, y, en su caso, el informe intermedio.
f) Proporcionar la formación complementaria que precise el estudiante para la
realización de las prácticas.
g) Proporcionar al estudiante los medios materiales indispensables para el
desarrollo de la práctica.
h) Facilitar y estimular la aportación de propuestas de innovación, mejora y
emprendimiento por parte del estudiante.
i) Facilitar al tutor académico de la UIMP el acceso a Deutsche Bank, S.A.E. para el
cumplimiento de los fines propios de su función.
j) Guardar confidencialidad en relación con cualquier información que conozca del
estudiante como consecuencia de su actividad como tutor.
k) Prestar ayuda y asistencia al estudiante para la resolución de aquellas
cuestiones de carácter profesional que pueda necesitar en el desempeño de las
actividades que realiza en la práctica.