V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. (BOE-B-2021-41794)
Resolución de 06 de octubre de 2021 de la Subdelegación del Gobierno en Huesca sobre finalización y archivo de procedimientos sancionadores.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 243
Lunes 11 de octubre de 2021
Sec. V-B. Pág. 57309
CUARTO.- De acuerdo con el artículo 89.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas ‘’El
órgano instructor resolverá la finalización del procedimiento, con archivo de las
actuaciones, sin que sea necesaria la formulación de la propuesta de resolución,
cuando en la instrucción del procedimiento se ponga de manifiesto que concurre
alguna de las siguientes circunstancias:
c) Cuando los hechos probados no constituyan, de modo manifiesto, infracción
administrativa’’.
En consecuencia con todo lo anterior, vistos los antecedentes y fundamentos
mencionados y en uso de las facultades conferidas,
RESUELVO
PRIMERO.- Acordar la acumulación de los procedimientos sancionadores que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución.
SEGUNDO.- Declarar finalizados los procedimientos sancionadores que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución, con archivo de las
actuaciones seguidas en los mismos.
TERCERO.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín
Oficial del Estado de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, al apreciar razones de interés público.
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa por lo que, de
acuerdo con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la misma cabe
interponer recurso de Alzada ante el Ministro del Interior, en el plazo máximo de
UN MES contado desde el día siguiente a aquél en que se publique la presente
resolución.
Fdo.- EL INSTRUCTOR DEL PROCEDIMIENTO
2681/2021
2682/2021
2683/2021
2685/2021
2686/2021
2687/2021
2688/2021
X8227508V
48387467K
Y1440907V
Y6426843J
X3934401K
Y0001506W
Y1677805S
2689/2021
2692/2021
2693/2021
2694/2021
2695/2021
2696/2021
2699/2021
2700/2021
2701/2021
2702/2021
43733384B
X7967134A
X2680727P
Y5803642C
Y5803625A
Y5165421A
Y3194458W
Y2079466G
17970280N
47696775L
Lleida
València
Cervera
Barcelona
Barcelona
Cervera
Plans de Sió,
Els
Alcarràs
Jaén
Xàtiva
Vila-real
Vila-real
Épila
Zaidín
Cervera
Fraga
Alcarràs
Resolución
Resolución
Resolución
Resolución
Resolución
Resolución
Resolución
LO 4/2015
LO 4/2015
LO 4/2015
LO 4/2015
LO 4/2015
LO 4/2015
LO 4/2015
Resolución
Resolución
Resolución
Resolución
Resolución
Resolución
Resolución
Resolución
Resolución
Resolución
LO 4/2015
LO 4/2015
LO 4/2015
LO 4/2015
LO 4/2015
LO 4/2015
LO 4/2015
LO 4/2015
LO 4/2015
LO 4/2015
cve: BOE-B-2021-41794
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ANEXO RESOLUCIÓN
Núm. 243
Lunes 11 de octubre de 2021
Sec. V-B. Pág. 57309
CUARTO.- De acuerdo con el artículo 89.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas ‘’El
órgano instructor resolverá la finalización del procedimiento, con archivo de las
actuaciones, sin que sea necesaria la formulación de la propuesta de resolución,
cuando en la instrucción del procedimiento se ponga de manifiesto que concurre
alguna de las siguientes circunstancias:
c) Cuando los hechos probados no constituyan, de modo manifiesto, infracción
administrativa’’.
En consecuencia con todo lo anterior, vistos los antecedentes y fundamentos
mencionados y en uso de las facultades conferidas,
RESUELVO
PRIMERO.- Acordar la acumulación de los procedimientos sancionadores que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución.
SEGUNDO.- Declarar finalizados los procedimientos sancionadores que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución, con archivo de las
actuaciones seguidas en los mismos.
TERCERO.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín
Oficial del Estado de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, al apreciar razones de interés público.
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa por lo que, de
acuerdo con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la misma cabe
interponer recurso de Alzada ante el Ministro del Interior, en el plazo máximo de
UN MES contado desde el día siguiente a aquél en que se publique la presente
resolución.
Fdo.- EL INSTRUCTOR DEL PROCEDIMIENTO
2681/2021
2682/2021
2683/2021
2685/2021
2686/2021
2687/2021
2688/2021
X8227508V
48387467K
Y1440907V
Y6426843J
X3934401K
Y0001506W
Y1677805S
2689/2021
2692/2021
2693/2021
2694/2021
2695/2021
2696/2021
2699/2021
2700/2021
2701/2021
2702/2021
43733384B
X7967134A
X2680727P
Y5803642C
Y5803625A
Y5165421A
Y3194458W
Y2079466G
17970280N
47696775L
Lleida
València
Cervera
Barcelona
Barcelona
Cervera
Plans de Sió,
Els
Alcarràs
Jaén
Xàtiva
Vila-real
Vila-real
Épila
Zaidín
Cervera
Fraga
Alcarràs
Resolución
Resolución
Resolución
Resolución
Resolución
Resolución
Resolución
LO 4/2015
LO 4/2015
LO 4/2015
LO 4/2015
LO 4/2015
LO 4/2015
LO 4/2015
Resolución
Resolución
Resolución
Resolución
Resolución
Resolución
Resolución
Resolución
Resolución
Resolución
LO 4/2015
LO 4/2015
LO 4/2015
LO 4/2015
LO 4/2015
LO 4/2015
LO 4/2015
LO 4/2015
LO 4/2015
LO 4/2015
cve: BOE-B-2021-41794
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ANEXO RESOLUCIÓN