III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Ayudas. (BOE-A-2021-16455)
Orden DEF/1095/2021, de 4 de octubre, por la que se conceden las ayudas previstas en el Real Decreto 325/2021, de 11 de mayo, por el que se regula la concesión directa de ayudas a participantes en la campaña militar de 1957-1959 en el territorio de Ifni-Sahara y se aprueba la convocatoria de dichas ayudas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 243
Lunes 11 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 124019
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE DEFENSA
16455
Orden DEF/1095/2021, de 4 de octubre, por la que se conceden las ayudas
previstas en el Real Decreto 325/2021, de 11 de mayo, por el que se regula la
concesión directa de ayudas a participantes en la campaña militar de
1957-1959 en el territorio de Ifni-Sahara y se aprueba la convocatoria de
dichas ayudas.
El Capítulo II del Real Decreto 325/2021, de 11 de mayo, por el que se regula la
concesión directa de ayudas a participantes en la campaña militar de 1957-1959 en el
territorio de Ifni-Sahara y se aprueba la convocatoria de dichas ayudas, contempla las
bases reguladoras a las que deberá ajustarse el procedimiento de concesión de las
referidas ayudas.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes establecido en el artículo 8.1 del
mencionado real decreto, la Dirección General de Personal del Ministerio de Defensa,
como órgano competente para ordenar e instruir el procedimiento, ha verificado en las
solicitudes y documentación aportada por las personas interesadas el cumplimiento de
los requisitos exigidos, adquiriendo, en ese caso, la condición de personas beneficiarias,
tal y como prevé el artículo 2 del real decreto, haciéndose acreedores a la ayuda
prevista.
Con objeto de poder iniciar en tiempo y forma el pago de los 367.210 euros
previstos en los presupuestos del Ministerio de Defensa para 2021 y referenciados
en el artículo 7 del real decreto, crédito presupuestario «Fondo de reconocimiento
de servicios prestados en el territorio de Ifni-Sahara» de la aplicación
presupuestaria 14.01.121M2.481 para el año 2021, se ha elaborado una relación de
las primeras 374 personas beneficiarias que cumplen los requisitos de la
convocatoria por orden de entrada de las solicitudes en los registros oficiales de la
Administración.
La Intervención General de la Defensa ha emitido informe favorable de fiscalización
previa a la aprobación y compromiso del gasto.
Así mismo y en función de las disponibilidades presupuestarias del Departamento se
publicarán sucesivas órdenes ministeriales de concesión de ayudas hasta la finalización
total del pago a las personas beneficiarias.
En consecuencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el artículo 61.p) de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y en los artículos 5.2 y 12.1 del
Real Decreto 325/2021, de 11 de mayo, dispongo:
Otorgar las ayudas de concesión directa según la relación de las personas
beneficiarias que se recoge en el anexo a esta orden ministerial y elaborado atendiendo
al orden de entrada de las solicitudes en los registros oficiales de la Administración,
figurando en primera posición aquellas cuyo registro sea anterior, las cuales han
acreditado que cumplen los requisitos para ser beneficiarias de dichas ayudas
establecidas en el Real Decreto 325/2021, de 11 de mayo, por el que se regula la
concesión de ayudas directas a participantes en la campaña militar de 1957-1959 en el
territorio de Ifni-Sahara y se aprueba la convocatoria de dichas ayudas.
cve: BOE-A-2021-16455
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
Núm. 243
Lunes 11 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 124019
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE DEFENSA
16455
Orden DEF/1095/2021, de 4 de octubre, por la que se conceden las ayudas
previstas en el Real Decreto 325/2021, de 11 de mayo, por el que se regula la
concesión directa de ayudas a participantes en la campaña militar de
1957-1959 en el territorio de Ifni-Sahara y se aprueba la convocatoria de
dichas ayudas.
El Capítulo II del Real Decreto 325/2021, de 11 de mayo, por el que se regula la
concesión directa de ayudas a participantes en la campaña militar de 1957-1959 en el
territorio de Ifni-Sahara y se aprueba la convocatoria de dichas ayudas, contempla las
bases reguladoras a las que deberá ajustarse el procedimiento de concesión de las
referidas ayudas.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes establecido en el artículo 8.1 del
mencionado real decreto, la Dirección General de Personal del Ministerio de Defensa,
como órgano competente para ordenar e instruir el procedimiento, ha verificado en las
solicitudes y documentación aportada por las personas interesadas el cumplimiento de
los requisitos exigidos, adquiriendo, en ese caso, la condición de personas beneficiarias,
tal y como prevé el artículo 2 del real decreto, haciéndose acreedores a la ayuda
prevista.
Con objeto de poder iniciar en tiempo y forma el pago de los 367.210 euros
previstos en los presupuestos del Ministerio de Defensa para 2021 y referenciados
en el artículo 7 del real decreto, crédito presupuestario «Fondo de reconocimiento
de servicios prestados en el territorio de Ifni-Sahara» de la aplicación
presupuestaria 14.01.121M2.481 para el año 2021, se ha elaborado una relación de
las primeras 374 personas beneficiarias que cumplen los requisitos de la
convocatoria por orden de entrada de las solicitudes en los registros oficiales de la
Administración.
La Intervención General de la Defensa ha emitido informe favorable de fiscalización
previa a la aprobación y compromiso del gasto.
Así mismo y en función de las disponibilidades presupuestarias del Departamento se
publicarán sucesivas órdenes ministeriales de concesión de ayudas hasta la finalización
total del pago a las personas beneficiarias.
En consecuencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el artículo 61.p) de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y en los artículos 5.2 y 12.1 del
Real Decreto 325/2021, de 11 de mayo, dispongo:
Otorgar las ayudas de concesión directa según la relación de las personas
beneficiarias que se recoge en el anexo a esta orden ministerial y elaborado atendiendo
al orden de entrada de las solicitudes en los registros oficiales de la Administración,
figurando en primera posición aquellas cuyo registro sea anterior, las cuales han
acreditado que cumplen los requisitos para ser beneficiarias de dichas ayudas
establecidas en el Real Decreto 325/2021, de 11 de mayo, por el que se regula la
concesión de ayudas directas a participantes en la campaña militar de 1957-1959 en el
territorio de Ifni-Sahara y se aprueba la convocatoria de dichas ayudas.
cve: BOE-A-2021-16455
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