III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Contratación administrativa. (BOE-A-2021-16373)
Resolución de 22 de septiembre de 2021, de la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal de Ceuta, por la que se modifica la composición de la Mesa de Contratación.
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 241
Viernes 8 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 123085
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
16373
Resolución de 22 de septiembre de 2021, de la Dirección Provincial del
Servicio Público de Empleo Estatal de Ceuta, por la que se modifica la
composición de la Mesa de Contratación.
Conforme a lo establecido en el Real Decreto 1383/008, de 1 de agosto (modificado
por RD 787/2020), por el que se aprueba la estructura orgánica y de participación
institucional del Servicio Público de Empleo Estatal en el ejercicio de sus competencias
asignadas a las Direcciones Provinciales del SEPE, lo dispuesto en el artículo 1.7 de la
Resolución de 6 de octubre de 2008, sobre delegación de competencias en órganos
administrativos del organismo, y lo establecido en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de
Contratos del Sector Público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español
las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23UE y 2014/24UE, de 26 de
febrero de 2014, se hace necesario regular la composición y funcionamiento de la Mesa
de Contratación de este organismo en Ceuta.
Mediante resolución de la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal
en Ceuta, de fecha 31 de julio de 2018 y publicada en el «Boletín Oficial del Estado»
el 17 de septiembre de 2018, se determina la composición de la Mesa de Contratación.
Esta Dirección Provincial, en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 326 de la
Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, ha resuelto lo siguiente:
Primero.
Por cuestiones organizativas, se modifica con carácter permanente la Mesa de
Contratación de la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal en Ceuta,
con las funciones que le asigna la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público.
Segundo.
La Mesa de Contratación del SEPE en Ceuta estará integrada por los siguientes
miembros:
a) Presidencia: El/la Subdirector/a Provincial de Gestión Económica y Servicios de
la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal en Ceuta, quien será
sustituido/a, en caso de vacante, ausencia o enfermedad por el/la Subdirector/a
Provincial de Prestaciones, Empleo y Formación.
b) Vocales:
Un/a Abogado/a del Estado, designado/a por la Abogacía del Estado en Ceuta.
Un/a Interventor/a de la Intervención Delegada Territorial de Hacienda de Ceuta.
El/la Jefe/a de Negociado de Servicios.
El/la Jefe/a de Negociado de Habilitación y Pagaduría.
Serán suplentes de los/las vocales con destino en este Organismo, en caso de
vacante, ausencia o enfermedad: un/a funcionario/a del ámbito de la Dirección Provincial
designado/a por el/la Presidente/a.
c) Secretaría: El/la Jefe/a de Sección de Gestión Económica, que será sustituido en
caso de vacante, ausencia o enfermedad por el/la Coordinador/a Informático.
Todos los miembros tendrán voz y voto, a excepción del Secretario/a de la Mesa, que
tendrá voz y no voto.
cve: BOE-A-2021-16373
Verificable en https://www.boe.es
–
–
–
–
Núm. 241
Viernes 8 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 123085
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
16373
Resolución de 22 de septiembre de 2021, de la Dirección Provincial del
Servicio Público de Empleo Estatal de Ceuta, por la que se modifica la
composición de la Mesa de Contratación.
Conforme a lo establecido en el Real Decreto 1383/008, de 1 de agosto (modificado
por RD 787/2020), por el que se aprueba la estructura orgánica y de participación
institucional del Servicio Público de Empleo Estatal en el ejercicio de sus competencias
asignadas a las Direcciones Provinciales del SEPE, lo dispuesto en el artículo 1.7 de la
Resolución de 6 de octubre de 2008, sobre delegación de competencias en órganos
administrativos del organismo, y lo establecido en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de
Contratos del Sector Público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español
las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23UE y 2014/24UE, de 26 de
febrero de 2014, se hace necesario regular la composición y funcionamiento de la Mesa
de Contratación de este organismo en Ceuta.
Mediante resolución de la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal
en Ceuta, de fecha 31 de julio de 2018 y publicada en el «Boletín Oficial del Estado»
el 17 de septiembre de 2018, se determina la composición de la Mesa de Contratación.
Esta Dirección Provincial, en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 326 de la
Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, ha resuelto lo siguiente:
Primero.
Por cuestiones organizativas, se modifica con carácter permanente la Mesa de
Contratación de la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal en Ceuta,
con las funciones que le asigna la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público.
Segundo.
La Mesa de Contratación del SEPE en Ceuta estará integrada por los siguientes
miembros:
a) Presidencia: El/la Subdirector/a Provincial de Gestión Económica y Servicios de
la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal en Ceuta, quien será
sustituido/a, en caso de vacante, ausencia o enfermedad por el/la Subdirector/a
Provincial de Prestaciones, Empleo y Formación.
b) Vocales:
Un/a Abogado/a del Estado, designado/a por la Abogacía del Estado en Ceuta.
Un/a Interventor/a de la Intervención Delegada Territorial de Hacienda de Ceuta.
El/la Jefe/a de Negociado de Servicios.
El/la Jefe/a de Negociado de Habilitación y Pagaduría.
Serán suplentes de los/las vocales con destino en este Organismo, en caso de
vacante, ausencia o enfermedad: un/a funcionario/a del ámbito de la Dirección Provincial
designado/a por el/la Presidente/a.
c) Secretaría: El/la Jefe/a de Sección de Gestión Económica, que será sustituido en
caso de vacante, ausencia o enfermedad por el/la Coordinador/a Informático.
Todos los miembros tendrán voz y voto, a excepción del Secretario/a de la Mesa, que
tendrá voz y no voto.
cve: BOE-A-2021-16373
Verificable en https://www.boe.es
–
–
–
–