III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Comunidad Autónoma de La Rioja. Convenio. (BOE-A-2021-16374)
Resolución de 1 de octubre de 2021, de la Secretaría de Estado de Comercio, por la que se publica el Convenio con la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja, para la realización de un periodo de formación en las Oficinas Económicas y Comerciales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 241

Viernes 8 de octubre de 2021

Sec. III. Pág. 123095

– El Jefe de la Oficina nombrará un tutor para cada becario, que será una persona
con el perfil adecuado (Consejero o Agregado, jefe de departamento, analista de
mercado, etc.) para transmitir al becario el conocimiento práctico que prevé su plan de
formación.
– El Jefe de la Oficina supervisará las actividades que el becario realice durante el
periodo de su beca y, en particular, el cumplimiento del plan de formación y en su caso,
el plan de estudios del idioma. Podrá revisar con el tutor del becario el plan de
actividades a desarrollar de acuerdo con la evolución del becario y las necesidades de
servicio de la Oficina.
– El Jefe de la Oficina emitirá un informe sobre el cumplimiento del Plan de
Formación por parte del becario y la valoración del seguimiento del mismo y del
aprovechamiento del período de beca desarrollado en la Oficina. Dicho informe será
remitido a ADER.
– En el momento de la incorporación del becario, el Jefe de la Oficina le dará a
conocer, para su cumplimiento, el presente Convenio, así como las instrucciones
complementarias oportunas para el desarrollo de su trabajo y el compromiso
individualizado a que se refiere el apartado 8 según modelo recogido en el anexo a este
Convenio y que deberá firmar el becario.
II.

Por parte de ADER.

– Sufragar la beca, así como todos los gastos directos generados por la actividad del
becario en la Oficina que serán, entre otros, los de transporte de ida y vuelta a la ciudad
donde esté ubicada la Oficina de destino, ordenador portátil, cursos de
perfeccionamiento del idioma oficial del país de destino, tarjetas de visita, asistencias a
seminarios o a conferencias que impliquen gastos, desplazamientos en destino
derivados de su actividad formativa, etc. ADER garantizará que los becarios enviados
dispongan de suficiente dotación económica para poder desarrollar su etapa formativa
de manera solvente.
– Contratar por su cuenta un seguro de cobertura sanitaria, accidentes y asistencia
en viaje y, en su caso, repatriación durante todo el periodo de adscripción de cada uno
de los becarios a las Oficinas Económicas y Comerciales correspondientes El seguro
contratado por ADER deberá ofrecer al becario una cobertura sanitaria que cubra, como
mínimo, las mismas contingencias que la que ofrece ICEX a sus becarios en la misma
oficina.
– Establecer con el becario un contrato o acuerdo de concesión y desarrollo de la
beca y acuerdo de confidencialidad que no pueden contravenir lo establecido en el
presente Convenio.
– Realizar las gestiones necesarias ante el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión
Europea y Cooperación para obtener el visado correspondiente para el desarrollo de la
beca en el país de destino en los casos en que sea necesario.
– En aquellos destinos donde las peculiaridades del idioma local requieran un
intérprete/traductor, ADER deberá estar en posición de financiar su contratación para las
actividades específicas que se le pudieran encargar contando con la aprobación explícita
de ADER caso por caso.
Comisión de Seguimiento y orden jurisdiccional competente.

Se constituye una Comisión de Seguimiento, vigilancia y control de la ejecución de
este Convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes, constituida por dos
miembros designados por cada parte, que se reunirá, presencial o telemáticamente al
menos una vez al año para asegurar el logro de los objetivos de este Convenio, y cuya
secretaría será desempeñada por un representante del Ministerio de Industria, Comercio
y Turismo.
Las controversias sobre la interpretación y ejecución del presente Convenio serán
resueltas en el seno de la Comisión de seguimiento prevista en el párrafo anterior y en

cve: BOE-A-2021-16374
Verificable en https://www.boe.es

Decimoséptima.