III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Comunidad Autónoma de La Rioja. Convenio. (BOE-A-2021-16374)
Resolución de 1 de octubre de 2021, de la Secretaría de Estado de Comercio, por la que se publica el Convenio con la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja, para la realización de un periodo de formación en las Oficinas Económicas y Comerciales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 241
Viernes 8 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 123091
La asignación de plazas se producirá no más tarde del 30 de julio, para aquellos
Organismos cuya incorporación está prevista en el primer trimestre del año,
comunicándose inmediatamente por correo electrónico a los Organismos participantes.
A partir del momento en que se comunique dicha resolución, los Organismos
dispondrán de un máximo de cuatro meses para confirmar la asignación mediante correo
electrónico a las Oficinas Comerciales correspondientes. La ausencia de tal
comunicación será interpretada como renuncia a todos los destinos asignados. En caso
de que se renunciara a alguna de las plazas, éstas serán ofrecidas a los restantes
Organismos que las hubieran solicitado igualmente.
En el proceso de selección y de formación de candidatos, ADER tendrá en cuenta lo
establecido en este Convenio, así como los requerimientos específicos de los destinos
que hayan resultado asignados en la convocatoria anual, incluyendo la capacitación en
los idiomas requeridos para cada puesto.
Concluido el proceso de selección y formación de los candidatos por parte de ADER,
éste comunicará a los Buzones Oficiales de las Oficinas Económicas y Comerciales
correspondientes los datos personales y curriculum vitae de los candidatos
seleccionados. Esta comunicación se realizará por correo electrónico como mínimo un
mes antes de iniciarse la beca.
ADER realizará las gestiones necesarias ante el Ministerio de Asuntos Exteriores,
Unión Europea y Cooperación para obtener el visado correspondiente para el desarrollo
de la beca en el país de destino.
En caso de ser necesario, las Oficinas se pondrán en contacto con ADER para
facilitar la incorporación de los becarios a cada plaza, obteniendo de la Cancillería de la
Embajada de España información sobre las gestiones que sea necesario realizar ante
los organismos pertinentes del país de destino y con el Ministerio de Asuntos Exteriores,
Unión Europea y Cooperación para obtener los documentos que permitan el viaje del
becario al país y la estancia en el mismo durante el periodo de la beca. Las Oficinas
harán llegar también a ADER información logística que facilite la instalación de los
becarios en su destino.
Séptima.
Plan de Formación.
ADER asume la obligación de impartir una formación previa a los futuros becarios
para que su estancia en las Oficinas Económicas y Comerciales sea lo más fructífera
posible.
Una parte de esta formación versará sobre el funcionamiento de las Oficinas
Económicas y Comerciales y los instrumentos públicos de apoyo a la
internacionalización de la empresa cuyo contenido será impartido de manera on line por
ICEX-CECO preferiblemente en el mes de diciembre y contará con la colaboración y
asesoramiento de la Subdirección General de Oficinas Económicas y Comerciales en el
Exterior y Red Territorial de Comercio.
Si por alguna causa, los becarios de ADER no pudiesen realizar esta formación, será
la Dirección Territorial de Comercio correspondiente, la que la imparta, contando con el
asesoramiento de ICEX-CECO y la Subdirección General de Oficinas Económicas y
Comerciales en el Exterior y Red Territorial de Comercio.
ADER informará del contenido del curso impartido a la Subdirección General de
Oficinas Económicas y Comerciales en el Exterior y Red Territorial de Comercio.
II.
En el destino.
Cada becario se incorporará al destino que se le haya asignado con un plan de
formación y de actividades, establecidos ambos previamente de acuerdo con el
procedimiento que se ha indicado en la cláusula sexta.
cve: BOE-A-2021-16374
Verificable en https://www.boe.es
I. Antes del destino.
Núm. 241
Viernes 8 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 123091
La asignación de plazas se producirá no más tarde del 30 de julio, para aquellos
Organismos cuya incorporación está prevista en el primer trimestre del año,
comunicándose inmediatamente por correo electrónico a los Organismos participantes.
A partir del momento en que se comunique dicha resolución, los Organismos
dispondrán de un máximo de cuatro meses para confirmar la asignación mediante correo
electrónico a las Oficinas Comerciales correspondientes. La ausencia de tal
comunicación será interpretada como renuncia a todos los destinos asignados. En caso
de que se renunciara a alguna de las plazas, éstas serán ofrecidas a los restantes
Organismos que las hubieran solicitado igualmente.
En el proceso de selección y de formación de candidatos, ADER tendrá en cuenta lo
establecido en este Convenio, así como los requerimientos específicos de los destinos
que hayan resultado asignados en la convocatoria anual, incluyendo la capacitación en
los idiomas requeridos para cada puesto.
Concluido el proceso de selección y formación de los candidatos por parte de ADER,
éste comunicará a los Buzones Oficiales de las Oficinas Económicas y Comerciales
correspondientes los datos personales y curriculum vitae de los candidatos
seleccionados. Esta comunicación se realizará por correo electrónico como mínimo un
mes antes de iniciarse la beca.
ADER realizará las gestiones necesarias ante el Ministerio de Asuntos Exteriores,
Unión Europea y Cooperación para obtener el visado correspondiente para el desarrollo
de la beca en el país de destino.
En caso de ser necesario, las Oficinas se pondrán en contacto con ADER para
facilitar la incorporación de los becarios a cada plaza, obteniendo de la Cancillería de la
Embajada de España información sobre las gestiones que sea necesario realizar ante
los organismos pertinentes del país de destino y con el Ministerio de Asuntos Exteriores,
Unión Europea y Cooperación para obtener los documentos que permitan el viaje del
becario al país y la estancia en el mismo durante el periodo de la beca. Las Oficinas
harán llegar también a ADER información logística que facilite la instalación de los
becarios en su destino.
Séptima.
Plan de Formación.
ADER asume la obligación de impartir una formación previa a los futuros becarios
para que su estancia en las Oficinas Económicas y Comerciales sea lo más fructífera
posible.
Una parte de esta formación versará sobre el funcionamiento de las Oficinas
Económicas y Comerciales y los instrumentos públicos de apoyo a la
internacionalización de la empresa cuyo contenido será impartido de manera on line por
ICEX-CECO preferiblemente en el mes de diciembre y contará con la colaboración y
asesoramiento de la Subdirección General de Oficinas Económicas y Comerciales en el
Exterior y Red Territorial de Comercio.
Si por alguna causa, los becarios de ADER no pudiesen realizar esta formación, será
la Dirección Territorial de Comercio correspondiente, la que la imparta, contando con el
asesoramiento de ICEX-CECO y la Subdirección General de Oficinas Económicas y
Comerciales en el Exterior y Red Territorial de Comercio.
ADER informará del contenido del curso impartido a la Subdirección General de
Oficinas Económicas y Comerciales en el Exterior y Red Territorial de Comercio.
II.
En el destino.
Cada becario se incorporará al destino que se le haya asignado con un plan de
formación y de actividades, establecidos ambos previamente de acuerdo con el
procedimiento que se ha indicado en la cláusula sexta.
cve: BOE-A-2021-16374
Verificable en https://www.boe.es
I. Antes del destino.