I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Asamblea Ciudadana para el Clima. (BOE-A-2021-16347)
Orden TED/1086/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece la composición, organización y funcionamiento de la Asamblea Ciudadana para el Clima.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 241
Viernes 8 de octubre de 2021
Sec. I. Pág. 122974
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Orden TED/1086/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece la
composición, organización y funcionamiento de la Asamblea Ciudadana para
el Clima.
El Convenio sobre el acceso a la información, la participación del público en la toma
de decisiones y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente, hecho en Aarhus
(Dinamarca), el 25 de junio de 1998, invita a «una mayor participación del público en la
toma de decisiones», público conformado por las personas físicas, junto con las
«asociaciones, organizaciones o grupos constituidos por esas personas». En el mismo
sentido del Convenio se inspira la Directiva 2003/4/CE, del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 28 de enero de 2003, sobre el acceso del público a la información ambiental
y por la que se deroga la Directiva 90/313/CEE, del Consejo, y la Ley 27/2006, de 18 de
julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación
pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente (incorpora las
Directivas 2003/4/CE y 2003/35/CE).
Esta Ley 27/2006, de 18 de julio, reconoce en su artículo 3 el derecho de todos a
participar de manera efectiva y real en la elaboración, modificación y revisión de aquellos
planes, programas y disposiciones de carácter general relacionados con el medio
ambiente incluidos en su ámbito de aplicación, dedicando su Título III a la regulación del
derecho de participación pública en asuntos de carácter medioambiental. Más
concretamente, su artículo 16 obliga a las Administraciones públicas a velar por la
garantía de tal derecho y a determinar los miembros del público que podrán ejercer la
citada participación. No obstante, indica que la regulación efectuada no sustituirá en
ningún caso cualquier otra disposición que amplíe los derechos reconocidos en la ley.
La lucha contra el cambio climático constituye un formidable reto técnico, científico y
político, pero también constituye un enorme reto social, cuyo logro no será posible sin la
participación del conjunto de la sociedad y sin un apoyo amplio de la misma a unas
políticas públicas ambiciosas de cambio climático.
Es indispensable, por un lado, un esfuerzo continuado y un enfoque transversal
orientado a identificar estrategias, políticas e instrumentos que permitan desarrollar
medidas efectivas de actuación contra el cambio climático. La colaboración de los
diversos actores sociales, administraciones, empresas, organizaciones sociales y
ciudadanos es indispensable para avanzar en la búsqueda de soluciones, tanto desde el
punto de vista de la mitigación como desde el ámbito de la adaptación a las causas y
efectos del cambio climático.
En este sentido el trabajo de los órganos colegiados ya existentes que, en el ámbito
nacional, desempeñan diferentes funciones en la lucha contra el cambio climático es
fundamental, entre ellos el Consejo Nacional del Clima o la Comisión de Coordinación de
Políticas de Cambio climático.
La Declaración ante la emergencia Climática y Ambiental en España, aprobada por
Acuerdo del Consejo de Ministros el 21 de enero de 2020, da respuesta al consenso
generalizado de la comunidad científica, que reclama acción urgente para salvaguardar
el medio ambiente, la salud y la seguridad de la ciudadanía.
Mediante este Acuerdo, el Gobierno se comprometió a desarrollar treinta líneas de
acción para hacer frente a la crisis climática y ambiental y aprovechar los beneficios
sociales y económicos que ofrece la transición ecológica.
Entre los compromisos establecidos se incluye el de reforzar los mecanismos de
participación ya existentes y garantizar de forma estructurada la participación ciudadana
cve: BOE-A-2021-16347
Verificable en https://www.boe.es
16347
Núm. 241
Viernes 8 de octubre de 2021
Sec. I. Pág. 122974
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Orden TED/1086/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece la
composición, organización y funcionamiento de la Asamblea Ciudadana para
el Clima.
El Convenio sobre el acceso a la información, la participación del público en la toma
de decisiones y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente, hecho en Aarhus
(Dinamarca), el 25 de junio de 1998, invita a «una mayor participación del público en la
toma de decisiones», público conformado por las personas físicas, junto con las
«asociaciones, organizaciones o grupos constituidos por esas personas». En el mismo
sentido del Convenio se inspira la Directiva 2003/4/CE, del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 28 de enero de 2003, sobre el acceso del público a la información ambiental
y por la que se deroga la Directiva 90/313/CEE, del Consejo, y la Ley 27/2006, de 18 de
julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación
pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente (incorpora las
Directivas 2003/4/CE y 2003/35/CE).
Esta Ley 27/2006, de 18 de julio, reconoce en su artículo 3 el derecho de todos a
participar de manera efectiva y real en la elaboración, modificación y revisión de aquellos
planes, programas y disposiciones de carácter general relacionados con el medio
ambiente incluidos en su ámbito de aplicación, dedicando su Título III a la regulación del
derecho de participación pública en asuntos de carácter medioambiental. Más
concretamente, su artículo 16 obliga a las Administraciones públicas a velar por la
garantía de tal derecho y a determinar los miembros del público que podrán ejercer la
citada participación. No obstante, indica que la regulación efectuada no sustituirá en
ningún caso cualquier otra disposición que amplíe los derechos reconocidos en la ley.
La lucha contra el cambio climático constituye un formidable reto técnico, científico y
político, pero también constituye un enorme reto social, cuyo logro no será posible sin la
participación del conjunto de la sociedad y sin un apoyo amplio de la misma a unas
políticas públicas ambiciosas de cambio climático.
Es indispensable, por un lado, un esfuerzo continuado y un enfoque transversal
orientado a identificar estrategias, políticas e instrumentos que permitan desarrollar
medidas efectivas de actuación contra el cambio climático. La colaboración de los
diversos actores sociales, administraciones, empresas, organizaciones sociales y
ciudadanos es indispensable para avanzar en la búsqueda de soluciones, tanto desde el
punto de vista de la mitigación como desde el ámbito de la adaptación a las causas y
efectos del cambio climático.
En este sentido el trabajo de los órganos colegiados ya existentes que, en el ámbito
nacional, desempeñan diferentes funciones en la lucha contra el cambio climático es
fundamental, entre ellos el Consejo Nacional del Clima o la Comisión de Coordinación de
Políticas de Cambio climático.
La Declaración ante la emergencia Climática y Ambiental en España, aprobada por
Acuerdo del Consejo de Ministros el 21 de enero de 2020, da respuesta al consenso
generalizado de la comunidad científica, que reclama acción urgente para salvaguardar
el medio ambiente, la salud y la seguridad de la ciudadanía.
Mediante este Acuerdo, el Gobierno se comprometió a desarrollar treinta líneas de
acción para hacer frente a la crisis climática y ambiental y aprovechar los beneficios
sociales y económicos que ofrece la transición ecológica.
Entre los compromisos establecidos se incluye el de reforzar los mecanismos de
participación ya existentes y garantizar de forma estructurada la participación ciudadana
cve: BOE-A-2021-16347
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