II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Funcionarios del Subgrupo A1. (BOE-A-2021-16314)
Resolución de 24 de septiembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en el Instituto Nacional de la Seguridad Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 240

Jueves 7 de octubre de 2021

Sec. II.B. Pág. 122753

ANEXO II
Valoración de méritos específicos
(Puntuación máxima posible por la totalidad de méritos específicos: 25 puntos)
Méritos específicos

Adecuación en funciones y tareas propias del puesto.
– Experiencia en dirección y coordinación de equipos de inspección médica y gestión de situaciones
relacionadas con la incapacidad laboral. Hasta 10 puntos.
– Experiencia en la emisión de informes y dictámenes médicos sobre la valoración de la disminución de la
capacidad para el trabajo, la calificación de la incapacidad permanente y la revisión de ésta. Hasta 4 puntos.
– Experiencia en el seguimiento y control de las situaciones de incapacidad temporal. Hasta 4 puntos.

Médico/Médica
Evaluador Jefe

Puntuación

Máximo 18
puntos.

* Especialidad (se valorará una sola de estas titulaciones).
– Por estar en posesión del título de Especialista en Medicina del Trabajo. 5 puntos.
– Por estar en posesión del título de especialista de una de las siguientes especialidades médicas recogidas en
el Anexo I del Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero (BOE número 45, de 21 de febrero de 2008): Cirugía
Ortopédica y Traumatología, Medicina Familiar y Comunitaria, Medicina Física y Rehabilitación, Medicina
Interna, Psiquiatría, Reumatología. 4 puntos.
– Por estar en posesión del título de especialista de una de las siguientes especialidades médicas recogidas en Máximo 5
puntos.
el Anexo I del Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero (BOE número 45, de 21 de febrero de 2008): Aparato
Digestivo, Cardiología, Neumología, Neurología, Oncología Médica. 3 puntos.
– Por estar en posesión del título de especialista en el resto de las especialidades médicas recogidas en el
Anexo I del Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero (BOE número 45, de 21 de febrero de 2008), así como estar
en posesión del título de especialista de las especialidades médicas de Hidrología Médica, Medicina de
Educación Física y del Deporte, y Medicina Legal y Forense, contempladas en la disposición transitoria segunda
de dicho Real Decreto. 2 puntos.
* Formación específica (se valorará sólo una de las titulaciones).
– Máster Universitario en materia de incapacidad laboral, discapacidad o valoración del daño corporal con 60 o
más ECTS. 1 punto.
Máximo 1
– Máster Universitario en prevención de riesgos laborales o Técnico Superior en riesgos laborales con 60 o más
punto.
ECTS. 1 punto.
* Lengua Cooficial (cuando proceda).
– Dominio de la Lengua Cooficial. 1 punto.

cve: BOE-A-2021-16314
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