III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2021-16332)
Resolución de 24 de septiembre de 2021, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Ingenieros Agrónomos de Aragón, Navarra y País Vasco.
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 240
Jueves 7 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 122880
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
16332
Resolución de 24 de septiembre de 2021, de la Dirección General del
Catastro, por la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de
Ingenieros Agrónomos de Aragón, Navarra y País Vasco.
Habiéndose suscrito entre la Dirección General del Catastro y el Colegio Oficial de
Ingenieros Agrónomos de Aragón, Navarra y País Vasco, un convenio de colaboración
en materia de Gestión Catastral, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado»
de dicho convenio, que figura como anexo de esta resolución.
Madrid, 24 de septiembre de 2021.–El Director General del Catastro, Fernando de
Aragón Amunárriz.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Hacienda (Dirección General del
Catastro) y el Colegio Oficial de Ingenieros Agrónomos de Aragón, Navarra y País
Vasco, en materia de Gestión Catastral
Madrid y Zaragoza, 23 de septiembre de 2021.
De una parte, don Fernando de Aragón Amunárriz, Director General del Catastro, en
virtud del Real Decreto 752/2016, de 30 de diciembre (BOE de 31 de diciembre
de 2016), en ejercicio de las competencias que tiene delegadas de conformidad con el
artículo 17 de la Orden HAC/134/2021, de 17 de febrero, de delegación de competencias
y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión presupuestaria y
concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías de Estado (BOE
de 18 de febrero de 2021).
De otra parte, don Ángel Jiménez Jiménez, Decano del Colegio Oficial de Ingenieros
Agrónomos de Aragón, Navarra y País Vasco, proclamado electo en fecha 22 de octubre
de 2020 por la Junta General, que ostenta la representación del Colegio, en virtud del
artículo 33 de los Estatutos particulares del Colegio de Ingenieros Agrónomos de
Aragón, Navarra y País Vasco, aprobados por el Consejo General el 29 de octubre
de 2018.
EXPONEN
El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece en su artículo 4 que la formación y
mantenimiento del Catastro Inmobiliario y la difusión de la información catastral es de
competencia exclusiva del Estado y que dichas funciones se ejercerán por la Dirección
General del Catastro, directamente o a través de las distintas fórmulas de colaboración
que se establezcan con las diferentes Administraciones, Entidades y Corporaciones
Públicas.
Por su parte, la Dirección General del Catastro ejercerá las funciones relativas a la
formación, mantenimiento, valoración y demás actuaciones inherentes al Catastro
Inmobiliario, de conformidad con el Real Decreto 682/2021, de 3 de agosto, por el que se
desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Función Pública y
cve: BOE-A-2021-16332
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
Núm. 240
Jueves 7 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 122880
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
16332
Resolución de 24 de septiembre de 2021, de la Dirección General del
Catastro, por la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de
Ingenieros Agrónomos de Aragón, Navarra y País Vasco.
Habiéndose suscrito entre la Dirección General del Catastro y el Colegio Oficial de
Ingenieros Agrónomos de Aragón, Navarra y País Vasco, un convenio de colaboración
en materia de Gestión Catastral, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado»
de dicho convenio, que figura como anexo de esta resolución.
Madrid, 24 de septiembre de 2021.–El Director General del Catastro, Fernando de
Aragón Amunárriz.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Hacienda (Dirección General del
Catastro) y el Colegio Oficial de Ingenieros Agrónomos de Aragón, Navarra y País
Vasco, en materia de Gestión Catastral
Madrid y Zaragoza, 23 de septiembre de 2021.
De una parte, don Fernando de Aragón Amunárriz, Director General del Catastro, en
virtud del Real Decreto 752/2016, de 30 de diciembre (BOE de 31 de diciembre
de 2016), en ejercicio de las competencias que tiene delegadas de conformidad con el
artículo 17 de la Orden HAC/134/2021, de 17 de febrero, de delegación de competencias
y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión presupuestaria y
concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías de Estado (BOE
de 18 de febrero de 2021).
De otra parte, don Ángel Jiménez Jiménez, Decano del Colegio Oficial de Ingenieros
Agrónomos de Aragón, Navarra y País Vasco, proclamado electo en fecha 22 de octubre
de 2020 por la Junta General, que ostenta la representación del Colegio, en virtud del
artículo 33 de los Estatutos particulares del Colegio de Ingenieros Agrónomos de
Aragón, Navarra y País Vasco, aprobados por el Consejo General el 29 de octubre
de 2018.
EXPONEN
El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece en su artículo 4 que la formación y
mantenimiento del Catastro Inmobiliario y la difusión de la información catastral es de
competencia exclusiva del Estado y que dichas funciones se ejercerán por la Dirección
General del Catastro, directamente o a través de las distintas fórmulas de colaboración
que se establezcan con las diferentes Administraciones, Entidades y Corporaciones
Públicas.
Por su parte, la Dirección General del Catastro ejercerá las funciones relativas a la
formación, mantenimiento, valoración y demás actuaciones inherentes al Catastro
Inmobiliario, de conformidad con el Real Decreto 682/2021, de 3 de agosto, por el que se
desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Función Pública y
cve: BOE-A-2021-16332
Verificable en https://www.boe.es
Primero.