III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2021-16330)
Resolución de 24 de septiembre de 2021, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Colegio de Abogados de Teruel.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 240
Jueves 7 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 122865
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
16330
Resolución de 24 de septiembre de 2021, de la Dirección General del
Catastro, por la que se publica el Convenio con el Colegio de Abogados de
Teruel.
Habiéndose suscrito entre la Dirección General del Catastro y el Colegio de
Abogados de Teruel un convenio de colaboración en materia de Gestión Catastral,
procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura
como anexo de esta resolución.
Madrid, 24 de septiembre de 2021.–El Director General del Catastro, Fernando de
Aragón Amunárriz.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Hacienda (Dirección General del
Catastro) y el Colegio de Abogados de Teruel en materia de Gestión Catastral
Madrid y Teruel, 23 de septiembre de 2021.
De una parte, don Fernando de Aragón Amunárriz, Director General del Catastro, en
virtud del Real Decreto 752/2016, de 30 de diciembre (BOE n.º 316, de 31 de diciembre),
en ejercicio de las competencias que tiene delegadas de conformidad con el artículo 17
de la Orden HAC/134/2021, de 17 de febrero, de delegación de competencias y por la
que se fijan los límites de las competencias de gestión presupuestaria y concesión de
subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías de Estado (BOE de 18 de
febrero de 2021).
De otra parte, don Alfonso Casas Ologaray, Decano del Ilustre Colegio de Abogados
de Teruel, habiendo resultado electo en la Junta General Ordinaria de Colegiados
celebrada el 26 de noviembre de 2020, cuya representación desempeña de conformidad
con el artículo 48.2 del Estatuto General de la Abogacía Española, aprobado por Real
Decreto 658/2001, de 22 de junio.
EXPONEN
El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece en su artículo 4 que la formación y
mantenimiento del Catastro Inmobiliario y la difusión de la información catastral es de
competencia exclusiva del Estado y que dichas funciones se ejercerán por la Dirección
General del Catastro, directamente o a través de las distintas fórmulas de colaboración
que se establezcan con las diferentes Administraciones, Entidades y Corporaciones
Públicas.
Por su parte, la Dirección General del Catastro ejercerá las funciones relativas a la
formación, mantenimiento, valoración y demás actuaciones inherentes al Catastro
Inmobiliario, de conformidad con el Real Decreto 682/2021, de 3 de agosto, por el que se
desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Función Pública y
se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la
estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
cve: BOE-A-2021-16330
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
Núm. 240
Jueves 7 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 122865
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
16330
Resolución de 24 de septiembre de 2021, de la Dirección General del
Catastro, por la que se publica el Convenio con el Colegio de Abogados de
Teruel.
Habiéndose suscrito entre la Dirección General del Catastro y el Colegio de
Abogados de Teruel un convenio de colaboración en materia de Gestión Catastral,
procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura
como anexo de esta resolución.
Madrid, 24 de septiembre de 2021.–El Director General del Catastro, Fernando de
Aragón Amunárriz.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Hacienda (Dirección General del
Catastro) y el Colegio de Abogados de Teruel en materia de Gestión Catastral
Madrid y Teruel, 23 de septiembre de 2021.
De una parte, don Fernando de Aragón Amunárriz, Director General del Catastro, en
virtud del Real Decreto 752/2016, de 30 de diciembre (BOE n.º 316, de 31 de diciembre),
en ejercicio de las competencias que tiene delegadas de conformidad con el artículo 17
de la Orden HAC/134/2021, de 17 de febrero, de delegación de competencias y por la
que se fijan los límites de las competencias de gestión presupuestaria y concesión de
subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías de Estado (BOE de 18 de
febrero de 2021).
De otra parte, don Alfonso Casas Ologaray, Decano del Ilustre Colegio de Abogados
de Teruel, habiendo resultado electo en la Junta General Ordinaria de Colegiados
celebrada el 26 de noviembre de 2020, cuya representación desempeña de conformidad
con el artículo 48.2 del Estatuto General de la Abogacía Española, aprobado por Real
Decreto 658/2001, de 22 de junio.
EXPONEN
El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece en su artículo 4 que la formación y
mantenimiento del Catastro Inmobiliario y la difusión de la información catastral es de
competencia exclusiva del Estado y que dichas funciones se ejercerán por la Dirección
General del Catastro, directamente o a través de las distintas fórmulas de colaboración
que se establezcan con las diferentes Administraciones, Entidades y Corporaciones
Públicas.
Por su parte, la Dirección General del Catastro ejercerá las funciones relativas a la
formación, mantenimiento, valoración y demás actuaciones inherentes al Catastro
Inmobiliario, de conformidad con el Real Decreto 682/2021, de 3 de agosto, por el que se
desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Función Pública y
se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la
estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
cve: BOE-A-2021-16330
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