III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2021-16287)
Resolución de 30 de septiembre de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Comunidad Autónoma de Canarias, para el impulso y consolidación del Sistema Tarjeta Social Digital.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 239
Miércoles 6 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 122641
– El traspaso de la prestación solo podrá ser realizado por la entidad gestora que la
dio de alta en origen.
– Si la persona con objeto de asumir la prestación traspasada NO se encuentra en
TSD, se dará de alta con los datos personales recibidos y se le asociará la prestación
traspasada. Si por el contrario ya se encuentra dada de alta (utilizando el módulo
de 80%) en TSD, no se dará de alta de nuevo ni se modificará ningún dato personal y se
le asociará la prestación recibida.
– No se permitirá el traspaso si la persona que va a asumir la prestación viene
asociada a un identificativo antiguo que ha sido modificado a través del ‘Cambio de
identificación de persona’. El error que se utiliza para marcar esta circunstancia es:
31034 Referencia al identificativo antiguo en el movimiento. Asociado a este error se
devolverá a la entidad gestora, a nivel informativo, el nuevo identificativo en el campo
OTRO IDENTIFICATIVO.
– Si la persona originalmente asociada a la prestación no posee otras prestaciones
ni situaciones subjetivas tras el traspaso, se eliminara de TSD.
– Si la prestación que se pretende traspasar es Ingreso Mínimo Vital (IMV,
código 1230102) o Renta de Integración Social (RIS, código 560202), se rechazará
directamente el movimiento.
Obligatoriedad de campos.
En esta tabla se presenta la información obligatoria que se deberá remitir para cada
tipo de acción:
Nombre campo
01 ALTA 02 MOD. 03 BAJA 04 CAM SITUAC. 05 CAM IDENTIF. 06 VAR DATPER 07 TRAS PRESTA
CÓDIGO DE ACTUACIÓN.
01
02
03
04
05
06
07
ENTIDAD GESTORA.
S
S
S
S
S
S
S
DATOS IDENTIFICATIVOS DE LA PERSONA (TITULAR/MIEMBRO DE LA UNIDAD DE CONVIVENCIA O FAMILIAR).
IDENTIFICATIVO.
TIPO DE DOCUMENTO.
S
S
S
S
S
S
S
NUMERO DEL DOCUMENTO.
S
S
S
S
S
S
S
DUPLICIDAD/DESDOBLAMIENTO.
N
N
N
N
N
N
N
TIPO DE DOCUMENTO.
N
N
N
N
S
N
N
NUMERO DEL DOCUMENTO.
N
N
N
N
S
N
N
DUPLICIDAD/DESDOBLAMIENTO.
N
N
N
N
N
N
N
APELLIDO PRIMERO.
S
S
N
S
S
S
S
APELLIDO SEGUNDO.
N
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N
N
N
N
N
NOMBRE.
S
S
S
S
S
S
S
FECHA NACIMIENTO.
S
S
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S
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S
NACIONALIDAD.
S
N
N
N
N
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SEXO.
N
N
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N
N
N
ESTADO CIVIL.
N
N
N
N
N
N
N
TELÉFONO MÓVIL.
N
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N
N
N
OTRO IDENTIFICATIVO.
OTROS DATOS PERSONALES.
cve: BOE-A-2021-16287
Verificable en https://www.boe.es
APELLIDOS Y NOMBRE.
Núm. 239
Miércoles 6 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 122641
– El traspaso de la prestación solo podrá ser realizado por la entidad gestora que la
dio de alta en origen.
– Si la persona con objeto de asumir la prestación traspasada NO se encuentra en
TSD, se dará de alta con los datos personales recibidos y se le asociará la prestación
traspasada. Si por el contrario ya se encuentra dada de alta (utilizando el módulo
de 80%) en TSD, no se dará de alta de nuevo ni se modificará ningún dato personal y se
le asociará la prestación recibida.
– No se permitirá el traspaso si la persona que va a asumir la prestación viene
asociada a un identificativo antiguo que ha sido modificado a través del ‘Cambio de
identificación de persona’. El error que se utiliza para marcar esta circunstancia es:
31034 Referencia al identificativo antiguo en el movimiento. Asociado a este error se
devolverá a la entidad gestora, a nivel informativo, el nuevo identificativo en el campo
OTRO IDENTIFICATIVO.
– Si la persona originalmente asociada a la prestación no posee otras prestaciones
ni situaciones subjetivas tras el traspaso, se eliminara de TSD.
– Si la prestación que se pretende traspasar es Ingreso Mínimo Vital (IMV,
código 1230102) o Renta de Integración Social (RIS, código 560202), se rechazará
directamente el movimiento.
Obligatoriedad de campos.
En esta tabla se presenta la información obligatoria que se deberá remitir para cada
tipo de acción:
Nombre campo
01 ALTA 02 MOD. 03 BAJA 04 CAM SITUAC. 05 CAM IDENTIF. 06 VAR DATPER 07 TRAS PRESTA
CÓDIGO DE ACTUACIÓN.
01
02
03
04
05
06
07
ENTIDAD GESTORA.
S
S
S
S
S
S
S
DATOS IDENTIFICATIVOS DE LA PERSONA (TITULAR/MIEMBRO DE LA UNIDAD DE CONVIVENCIA O FAMILIAR).
IDENTIFICATIVO.
TIPO DE DOCUMENTO.
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S
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NUMERO DEL DOCUMENTO.
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DUPLICIDAD/DESDOBLAMIENTO.
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TIPO DE DOCUMENTO.
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NUMERO DEL DOCUMENTO.
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DUPLICIDAD/DESDOBLAMIENTO.
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APELLIDO PRIMERO.
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APELLIDO SEGUNDO.
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NOMBRE.
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FECHA NACIMIENTO.
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NACIONALIDAD.
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SEXO.
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ESTADO CIVIL.
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TELÉFONO MÓVIL.
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OTRO IDENTIFICATIVO.
OTROS DATOS PERSONALES.
cve: BOE-A-2021-16287
Verificable en https://www.boe.es
APELLIDOS Y NOMBRE.