II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2021-16272)
Resolución de 15 de septiembre de 2021, conjunta de la Universidad de Murcia y el Servicio Murciano de Salud, por la que se convoca concurso de acceso a plaza vinculada de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 239
Miércoles 6 de octubre de 2021
Sec. II.B. Pág. 122432
A la vista del informe, la Comisión procederá a la valoración de cada uno de los
candidatos, con asignación de la puntuación numérica correspondiente a este segundo
ejercicio. No superarán esta prueba los concursantes que no obtengan la puntuación
mínima establecida en el baremo.
7.
Propuesta de provisión
7.1 La Comisión elevará al Rector, en el plazo máximo de seis meses desde la
publicación de la convocatoria, excluido en su caso el mes de agosto en el que la
comisión no actuará, una propuesta motivada, y con carácter vinculante, en la que se
relacionarán todos los candidatos por orden de preferencia para su nombramiento. Dicha
relación vendrá predeterminada por los resultados de las pruebas y no se podrá
proponer a más candidatos que el número de plazas que hayan sido objeto de la
convocatoria, pero sí un número inferior de ellas, o, incluso la no propuesta de candidato
alguno.
La propuesta de provisión se publicará en el tablón oficial de la Universidad de
Murcia (TOUM), en la dirección electrónica: https://sede.um.es/sede/tablon/inicio.seam,
en la Oficina Virtual de Recursos Humanos (CONVOCUM) https://convocum.um.es/ y en
el tablón de anuncios del lugar donde se hayan realizado las pruebas del concurso.
7.2 Junto con la propuesta, el Secretario de la Comisión, en el plazo de los cinco
días hábiles siguientes al de finalización de las actuaciones, entregará en la Secretaría
General de la Universidad toda la documentación relativa a las actuaciones de la
Comisión, así como una copia de la documentación entregada por cada candidato, que
una vez finalizado el concurso y firme la resolución del mismo, les podrá ser devuelta si
así lo solicitan, salvo que se interponga recurso, en cuyo caso el depósito continuará
hasta que haya resolución firme.
Transcurridos seis meses adicionales sin que el interesado, hubiera retirado dicha
documentación, la Universidad podrá disponer su destrucción.
7.3 Los concursantes podrán acceder a los informes o valoraciones efectuadas por
la Comisión y tendrán derecho a la expedición de las correspondientes copias, mediante
solicitud dirigida al Secretario General de la Universidad.
7.4 Contra las propuestas de las Comisiones Evaluadoras de los concursos de
acceso, los aspirantes admitidos al concurso podrán presentar reclamación ante el
Rector, en el plazo máximo de diez días hábiles a contar desde el siguiente al de la
publicación de dichas propuestas en el tablón oficial de la Universidad de Murcia
(TOUM).
Admitida a trámite la reclamación, se suspenderán los nombramientos hasta su
resolución definitiva.
La reclamación será valorada por la Comisión de Reclamaciones en la forma prevista
en el artículo 15 de la Normativa de Concursos de Acceso a Cuerpos Docentes
Universitarios de la Universidad de Murcia.
8.
Presentación de documentos y nombramientos
a) Copia compulsada del Documento Nacional de Identidad o documento
equivalente, de ser su nacionalidad distinta de la española.
b) Certificado médico oficial acreditativo de poseer la capacidad funcional para el
desempeño de las tareas correspondientes a Profesor de Universidad.
c) Copia compulsada del Título de Doctor en el supuesto de Títulos no expedidos
por el Rector de la Universidad de Murcia.
d) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario
del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los Órganos
cve: BOE-A-2021-16272
Verificable en https://www.boe.es
8.1 Los candidatos propuestos para la provisión de plazas deberán presentar en la
Secretaría General de la Universidad, en los veinte días hábiles siguientes al de
conclusión de las actuaciones de la Comisión, los siguientes documentos:
Núm. 239
Miércoles 6 de octubre de 2021
Sec. II.B. Pág. 122432
A la vista del informe, la Comisión procederá a la valoración de cada uno de los
candidatos, con asignación de la puntuación numérica correspondiente a este segundo
ejercicio. No superarán esta prueba los concursantes que no obtengan la puntuación
mínima establecida en el baremo.
7.
Propuesta de provisión
7.1 La Comisión elevará al Rector, en el plazo máximo de seis meses desde la
publicación de la convocatoria, excluido en su caso el mes de agosto en el que la
comisión no actuará, una propuesta motivada, y con carácter vinculante, en la que se
relacionarán todos los candidatos por orden de preferencia para su nombramiento. Dicha
relación vendrá predeterminada por los resultados de las pruebas y no se podrá
proponer a más candidatos que el número de plazas que hayan sido objeto de la
convocatoria, pero sí un número inferior de ellas, o, incluso la no propuesta de candidato
alguno.
La propuesta de provisión se publicará en el tablón oficial de la Universidad de
Murcia (TOUM), en la dirección electrónica: https://sede.um.es/sede/tablon/inicio.seam,
en la Oficina Virtual de Recursos Humanos (CONVOCUM) https://convocum.um.es/ y en
el tablón de anuncios del lugar donde se hayan realizado las pruebas del concurso.
7.2 Junto con la propuesta, el Secretario de la Comisión, en el plazo de los cinco
días hábiles siguientes al de finalización de las actuaciones, entregará en la Secretaría
General de la Universidad toda la documentación relativa a las actuaciones de la
Comisión, así como una copia de la documentación entregada por cada candidato, que
una vez finalizado el concurso y firme la resolución del mismo, les podrá ser devuelta si
así lo solicitan, salvo que se interponga recurso, en cuyo caso el depósito continuará
hasta que haya resolución firme.
Transcurridos seis meses adicionales sin que el interesado, hubiera retirado dicha
documentación, la Universidad podrá disponer su destrucción.
7.3 Los concursantes podrán acceder a los informes o valoraciones efectuadas por
la Comisión y tendrán derecho a la expedición de las correspondientes copias, mediante
solicitud dirigida al Secretario General de la Universidad.
7.4 Contra las propuestas de las Comisiones Evaluadoras de los concursos de
acceso, los aspirantes admitidos al concurso podrán presentar reclamación ante el
Rector, en el plazo máximo de diez días hábiles a contar desde el siguiente al de la
publicación de dichas propuestas en el tablón oficial de la Universidad de Murcia
(TOUM).
Admitida a trámite la reclamación, se suspenderán los nombramientos hasta su
resolución definitiva.
La reclamación será valorada por la Comisión de Reclamaciones en la forma prevista
en el artículo 15 de la Normativa de Concursos de Acceso a Cuerpos Docentes
Universitarios de la Universidad de Murcia.
8.
Presentación de documentos y nombramientos
a) Copia compulsada del Documento Nacional de Identidad o documento
equivalente, de ser su nacionalidad distinta de la española.
b) Certificado médico oficial acreditativo de poseer la capacidad funcional para el
desempeño de las tareas correspondientes a Profesor de Universidad.
c) Copia compulsada del Título de Doctor en el supuesto de Títulos no expedidos
por el Rector de la Universidad de Murcia.
d) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario
del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los Órganos
cve: BOE-A-2021-16272
Verificable en https://www.boe.es
8.1 Los candidatos propuestos para la provisión de plazas deberán presentar en la
Secretaría General de la Universidad, en los veinte días hábiles siguientes al de
conclusión de las actuaciones de la Comisión, los siguientes documentos: