II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2021-16191)
Resolución de 24 de septiembre de 2021, de la Universidad de Almería, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 5 de octubre de 2021

Sec. II.B. Pág. 121859

el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, los siguientes documentos:
a) Certificado médico oficial de no padecer ni defecto físico ni psíquico que le incapacite
para el desempeño de las funciones correspondientes a profesor de universidad.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado ninguna
Administración Pública en virtud del expediente disciplinario, ni hallarse inhabilitado para
el ejercicio de funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española
deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena
penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
9.2 Los que tuvieran la condición de funcionarios de carrera, en activo o en
servicios especiales, estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y
demás requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento, debiendo
presentar certificación del ministerio u organismo del que dependan, acreditativa de la
condición de funcionarios y de cuantas otras circunstancias consten en su hoja de
servicios.
9.3 Una vez presentada la documentación correspondiente, el Rector procederá
a los nombramientos conforme a la propuesta realizada, ordenará su publicación en
el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».
El nombramiento se comunicará al Consejo de Universidades.
9.4 En el plazo máximo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a la
publicación del nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado», el candidato propuesto
deberá tomar posesión de su destino, momento en el que adquirirá la condición de
funcionario del cuerpo docente universitario de que se trate, con los derechos y deberes
que le son propios.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
de Almería, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de
publicación de dicha resolución en BOE, según dispone los artículos 8.3 y 46.1 de la
Ley 29/98 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE
de 14 de julio), o con carácter potestativo Recurso de Reposición ante el Rector, en el
plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución,
de conformidad con el artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en cuyo caso no
cabrá interponer el Recurso Contencioso-Administrativo anteriormente citado en tanto
éste no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del
recurso de Reposición interpuesto.
Almería, 24 de septiembre de 2021.–El Rector, Carmelo Rodríguez Torreblanca.
ANEXO I
Número de Plaza: 01/2021/TU
Departamento: Educación.
Área de Conocimiento: Educación Física y Deportiva.
Actividad Docente: Entrenamiento Físico-Deportivo.
Dotación: 1.
Número de Plaza: 02/2021/TU
Departamento: Economía y Empresa.
Área de Conocimiento: Economía Financiera y Contabilidad.
Actividad Docente: Contabilidad Pública.
Dotación: 1.

cve: BOE-A-2021-16191
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Núm. 238