II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2021-16121)
Resolución de 21 de septiembre de 2021, de la Universidad de Salamanca, por la que se convocan pruebas selectivas de ingreso en la Escala Auxiliar Administrativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 237

Lunes 4 de octubre de 2021

Sec. II.B. Pág. 121482

seleccionados, antes de su nombramiento o toma de posesión, el Rector Magnífico
podrá requerir al tribunal relación complementaria de los aspirantes que sigan a los
propuestos, para su posible nombramiento como funcionarios de carrera.
7.11 Durante todo el proceso selectivo, el tribunal resolverá las dudas que pudieran
surgir en la aplicación de estas normas, así como la actuación que proceda en los casos
no previstos. En todo momento, su actuación se ajustará a lo dispuesto en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
7.12 Contra las resoluciones y actos de trámite del tribunal que decidan directa o
indirectamente el fondo del asunto, determinen la imposibilidad de continuar el
procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses
legítimos, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Rectorado de la
Universidad en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación o, en su caso,
publicación.
Calendario y desarrollo de los ejercicios

8.1 El primer ejercicio se iniciará a partir del día 1 de diciembre de 2021.
8.2 En el supuesto de que la prueba no se realice simultáneamente para todos los
opositores, el orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el
primero de la letra «B», de conformidad con lo establecido en la Resolución de 21 de
julio de 2020, de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública
(«Boletín Oficial del Estado» de 24 de julio de 2020), por la que se publica el resultado
del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de
la Administración del Estado.
8.3 En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros
del tribunal con la finalidad de acreditar su personalidad.
8.4 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento,
debiendo ir provistos del DNI o acreditación equivalente, siendo excluidos de la oposición
quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados
y libremente apreciados por el tribunal.
8.5 Los aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, desde el siguiente
a la realización de cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, para plantear
reclamaciones contra las preguntas formuladas. Dichas reclamaciones deberán dirigirse,
debidamente documentadas, a la sede del tribunal. Examinadas las posibles
reclamaciones, el tribunal procederá a corregir, en su caso, el correspondiente ejercicio
de la fase de oposición. Asimismo, el tribunal indicará, en su caso, en las
correspondientes relaciones de aprobados, las preguntas anuladas en base a las
reclamaciones planteadas.
8.6 La publicación del anuncio de celebración del segundo ejercicio se efectuará
por el tribunal en los locales donde se haya celebrado el primero, así como en el Tablón
de anuncios de la Sede Electrónica, en la sede del tribunal señalada en la base 7.9, en la
web de la Universidad y por cualesquiera otros medios si se juzga conveniente para
facilitar su máxima divulgación, con veinticuatro horas, al menos, de antelación a la
señalada para la iniciación de los mismos. Cuando se trate del mismo ejercicio el
anuncio será publicado en los locales donde se haya celebrado, en la citada sede del
tribunal y por cualquier otro medio si se juzga conveniente, con doce horas, al menos, de
antelación.
8.7 En cualquier momento del proceso selectivo, si el tribunal tuviera conocimiento
de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la
presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al
Rector de la Universidad de Salamanca, comunicándole asimismo las inexactitudes o
falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas
selectivas, a los efectos procedentes. Contra la exclusión definitiva del aspirante podrá

cve: BOE-A-2021-16121
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