II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Nombramientos. (BOE-A-2021-16072)
Orden EFP/1052/2021, de 24 de septiembre, por la que, a propuesta de la Consejería de Educación y Deporte de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se nombran funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros a los aspirantes seleccionados en el procedimiento selectivo convocado por Orden de 25 de marzo de 2019.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 237
Lunes 4 de octubre de 2021
Sec. II.A. Pág. 121352
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
16072
Orden EFP/1052/2021, de 24 de septiembre, por la que, a propuesta de la
Consejería de Educación y Deporte de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, se nombran funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros a los
aspirantes seleccionados en el procedimiento selectivo convocado por Orden
de 25 de marzo de 2019.
La Consejería de Educación y Deporte de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por
Orden de 25 de marzo de 2019 («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» de 4 de abril),
publicada mediante Resolución de 2 de abril de 2019 en el «Boletín Oficial del Estado»
de 5 de abril, efectuó convocatoria de procedimiento selectivo para el ingreso en el
Cuerpo de Maestros.
Concluidas todas las fases del citado procedimiento selectivo, la Consejería de
Educación y Deporte de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por Orden de 7 de julio
de 2021 («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» del 16), aprueba el expediente del
proceso selectivo y declara aptos en la fase de prácticas y aprobados en el mismo, a
determinados aspirantes que, por tener concedido aplazamiento para la realización de la
fase de prácticas, u otras causas, no habían sido evaluados con el resto de
seleccionados.
De conformidad con lo establecido en el artículo 32.1 del Real Decreto 276/2007,
de 23 de febrero, modificado por el Real Decreto 48/2010, de 22 de enero, por el que se
aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en
los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición
transitoria decimoséptima de la citada ley.
Vista la propuesta de la Consejería de Educación y Deporte de la Comunidad
Autónoma de Andalucía.
Este Ministerio ha dispuesto:
Primero.
Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros a los seleccionados en el
procedimiento selectivo convocado por Orden de 25 de marzo de 2019 que aparecen
relacionados en el Anexo a esta Orden, con indicación del Número de Registro de
Personal, especialidad y puntuación que les corresponde.
Los nombrados a través de la presente Orden se considerarán ingresados como
funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros, con efectos de 1 de septiembre
de 2021.
Tercero.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo
de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas o bien podrá interponerse recurso
cve: BOE-A-2021-16072
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.
Núm. 237
Lunes 4 de octubre de 2021
Sec. II.A. Pág. 121352
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
16072
Orden EFP/1052/2021, de 24 de septiembre, por la que, a propuesta de la
Consejería de Educación y Deporte de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, se nombran funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros a los
aspirantes seleccionados en el procedimiento selectivo convocado por Orden
de 25 de marzo de 2019.
La Consejería de Educación y Deporte de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por
Orden de 25 de marzo de 2019 («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» de 4 de abril),
publicada mediante Resolución de 2 de abril de 2019 en el «Boletín Oficial del Estado»
de 5 de abril, efectuó convocatoria de procedimiento selectivo para el ingreso en el
Cuerpo de Maestros.
Concluidas todas las fases del citado procedimiento selectivo, la Consejería de
Educación y Deporte de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por Orden de 7 de julio
de 2021 («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» del 16), aprueba el expediente del
proceso selectivo y declara aptos en la fase de prácticas y aprobados en el mismo, a
determinados aspirantes que, por tener concedido aplazamiento para la realización de la
fase de prácticas, u otras causas, no habían sido evaluados con el resto de
seleccionados.
De conformidad con lo establecido en el artículo 32.1 del Real Decreto 276/2007,
de 23 de febrero, modificado por el Real Decreto 48/2010, de 22 de enero, por el que se
aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en
los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición
transitoria decimoséptima de la citada ley.
Vista la propuesta de la Consejería de Educación y Deporte de la Comunidad
Autónoma de Andalucía.
Este Ministerio ha dispuesto:
Primero.
Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros a los seleccionados en el
procedimiento selectivo convocado por Orden de 25 de marzo de 2019 que aparecen
relacionados en el Anexo a esta Orden, con indicación del Número de Registro de
Personal, especialidad y puntuación que les corresponde.
Los nombrados a través de la presente Orden se considerarán ingresados como
funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros, con efectos de 1 de septiembre
de 2021.
Tercero.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo
de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas o bien podrá interponerse recurso
cve: BOE-A-2021-16072
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.