III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2021-16022)
Resolución de 24 de septiembre de 2021, de la Presidencia del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Universitat de València, para el desarrollo de programas de máster universitario, prácticas académicas externas y trabajos fin de máster.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 235

Viernes 1 de octubre de 2021

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la confidencialidad y protección de datos de carácter personal. Asimismo, se respetará la
continuación de las actividades que ya se hubieran iniciado en la fecha de extinción del
Convenio hasta la finalización de las mismas.
Décima.

Naturaleza.

El presente Convenio se rige por lo dispuesto en el capítulo VI del título preliminar de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Las cuestiones no reguladas por el presente Convenio se regirán por lo dispuesto en
el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios y en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de
octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.
Undécima.

Resolución de controversias.

La resolución de las controversias que pudieran plantearse sobre la interpretación y
ejecución del presente Convenio deberán solventarse de mutuo acuerdo entre las partes,
a través de la comisión de seguimiento prevista en el mismo. Si no fuera posible alcanzar
dicho acuerdo, estas cuestiones serán sometidas al Orden Jurisdiccional de lo
Contencioso-Administrativo.
Duodécima.

Procedimiento para la modificación o extinción de planes de estudio.

La modificación y/o extinción del plan de estudios del Máster se coordinará a través
de la Universidad. En caso de extinción, ésta se producirá gradualmente y se garantizará
el derecho del alumnado a finalizar los estudios por él iniciados.
Decimotercera.

Modificación del Convenio.

Cualquier modificación que altere lo establecido en el presente Convenio habrá de
ser pactada para ser válida, y se formalizará mediante adenda que será firmada por las
partes.
Decimocuarta.

Resolución de convenios anteriores.

Y, en prueba de conformidad de cuanto antecede, las partes firman el presente
documento, constando como fecha de suscripción el 21 de septiembre de 2021.–La
Vicepresidenta de Organización y Relaciones Institucionales de la Agencia Estatal
Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., Rosina López-Alonso Fandiño.–La
Rectora de la Universitat de València, María Vicenta Mestre Escrivá.

cve: BOE-A-2021-16022
Verificable en https://www.boe.es

Conforme al artículo 51.2.b) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, se acuerda resolver el Convenio suscrito por los firmantes el 20 de
julio 2013 dando lugar a su liquidación y extinción desde su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado» previa inscripción en el registro electrónico estatal de órganos e
instrumentos de cooperación. Si en la fecha de resolución se encontrase en desarrollo
algún programa de prácticas de Máster amparado en el mencionado Convenio, se
mantendrán los compromisos adquiridos hasta la finalización de estas prácticas.
Desde la fecha en que el presente Convenio adquiera eficacia jurídica, sustituirá en
su totalidad al firmado por las partes el 20 de julio de 2013, Convenio que por
consiguiente se declara resuelto, liquidado y extinto.