III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2021-16009)
Resolución de 23 de septiembre de 2021, del Instituto de Turismo de España, por la que se publica el Convenio con Brussels Airlines, NV, para el desarrollo de acciones conjuntas de marketing.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 235
Viernes 1 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 120985
– Identificar conjuntamente los proyectos concretos a llevar a cabo en desarrollo del
presente Convenio, de acuerdo al plan de medios.
– Realizar la ejecución material de las actuaciones previstas en el plan de medios,
siempre y cuando exista crédito adecuado y suficiente.
– Realizar el seguimiento y evaluación de los proyectos en el marco del presente
Convenio e informar a la Comisión de Seguimiento.
– Realizar cuantas acciones resulten precisas para la correcta y completa ejecución
de las actuaciones previstas en este Convenio.
La adhesión será eficaz una vez inscrita en el Registro Electrónico estatal de
Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal.
Y, en prueba de conformidad, y para la debida constancia de lo convenido, las Partes
firman éste acta de adhesión, en Madrid, en las fechas indicadas en el pie de firma,
tomándose como fecha de formalización del presente documento la fecha del último
firmante.
Instituto de Turismo de España. O.A. C.A
xxxxxxxxxxxxx xxxxxxxxxxxx
La Aerolínea [●]
xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
cve: BOE-A-2021-16009
Verificable en https://www.boe.es
[nombre de la empresa/entidad que se adhiere]
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 235
Viernes 1 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 120985
– Identificar conjuntamente los proyectos concretos a llevar a cabo en desarrollo del
presente Convenio, de acuerdo al plan de medios.
– Realizar la ejecución material de las actuaciones previstas en el plan de medios,
siempre y cuando exista crédito adecuado y suficiente.
– Realizar el seguimiento y evaluación de los proyectos en el marco del presente
Convenio e informar a la Comisión de Seguimiento.
– Realizar cuantas acciones resulten precisas para la correcta y completa ejecución
de las actuaciones previstas en este Convenio.
La adhesión será eficaz una vez inscrita en el Registro Electrónico estatal de
Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal.
Y, en prueba de conformidad, y para la debida constancia de lo convenido, las Partes
firman éste acta de adhesión, en Madrid, en las fechas indicadas en el pie de firma,
tomándose como fecha de formalización del presente documento la fecha del último
firmante.
Instituto de Turismo de España. O.A. C.A
xxxxxxxxxxxxx xxxxxxxxxxxx
La Aerolínea [●]
xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
cve: BOE-A-2021-16009
Verificable en https://www.boe.es
[nombre de la empresa/entidad que se adhiere]
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X