III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Premios. (BOE-A-2021-16020)
Orden DSA/1044/2021, de 23 de septiembre, por la que se crean y regulan los galardones "Ciudades Amigas de los Animales", y se realiza la convocatoria correspondiente al año 2021.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 235
Viernes 1 de octubre de 2021
Séptima.
Sec. III. Pág. 121126
Presentación de candidaturas.
1. El plazo de presentación de candidaturas será de dos meses a partir del día
siguiente a la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». Las
solicitudes de participación, así como toda la documentación asociada a la candidatura
que se requiera, deberán estar dirigidas a la Dirección General de Derechos de
los Animales, en los términos y aportando la documentación prevista en la presente
orden.
Octava.
Órganos competentes.
Corresponde a los órganos designados en el artículo 7 de la presente orden, la
tramitación, análisis de las candidaturas y resolución del procedimiento de los
Galardones «Ciudades Amigas de los Animales 2021».
Novena.
Resolución y notificación.
1. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de los galardones es de
seis meses desde la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial
del Estado».
2. La resolución del procedimiento será objeto de publicación en la sede electrónica
del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, surtiendo ésta los efectos de la
notificación.
Décima.
Entrega de los Galardones «Ciudades Amigas de los Animales 2021».
1. Con el objeto de garantizar la máxima difusión posible de la resolución de
concesión de la distinción «Ciudad Amiga de los Animales 2021» y los premios «Mejor
Programa Municipal de Gestión Ética de Colonias Felinas 2021» y «Mejor Programa
de Integración, Concienciación y Tenencia Responsable 2021», se procederá a dar
publicidad de su concesión en la página web del Ministerio de Derechos Sociales
y Agenda 2030.
2. La entrega de los galardones «Ciudades Amigas de los Animales 2021» se
realizará en un acto público único, convocado al efecto, organizado por el Ministerio
de Derechos Sociales y Agenda 2030.
Undécima.
Recursos.
Contra la resolución definitiva, que pondrá fin a la vía administrativa, podrá
interponerse recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contenciosoadministrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses desde la notificación
de la resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 y 46 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa,
sin perjuicio del requerimiento previo previsto en el artículo 44.1 de la citada Ley.
Régimen jurídico.
En lo no previsto en la presente orden y en las correspondientes convocatorias, será
de aplicación lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y las demás disposiciones que resulten
de aplicación.
Disposición adicional tercera.
Ausencia de incremento de gasto.
El funcionamiento del jurado previsto en esta orden no supondrá incremento alguno
de gasto público y será atendido con los medios personales, técnicos y presupuestarios
existentes en el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.
cve: BOE-A-2021-16020
Verificable en https://www.boe.es
Disposición adicional segunda.
Núm. 235
Viernes 1 de octubre de 2021
Séptima.
Sec. III. Pág. 121126
Presentación de candidaturas.
1. El plazo de presentación de candidaturas será de dos meses a partir del día
siguiente a la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». Las
solicitudes de participación, así como toda la documentación asociada a la candidatura
que se requiera, deberán estar dirigidas a la Dirección General de Derechos de
los Animales, en los términos y aportando la documentación prevista en la presente
orden.
Octava.
Órganos competentes.
Corresponde a los órganos designados en el artículo 7 de la presente orden, la
tramitación, análisis de las candidaturas y resolución del procedimiento de los
Galardones «Ciudades Amigas de los Animales 2021».
Novena.
Resolución y notificación.
1. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de los galardones es de
seis meses desde la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial
del Estado».
2. La resolución del procedimiento será objeto de publicación en la sede electrónica
del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, surtiendo ésta los efectos de la
notificación.
Décima.
Entrega de los Galardones «Ciudades Amigas de los Animales 2021».
1. Con el objeto de garantizar la máxima difusión posible de la resolución de
concesión de la distinción «Ciudad Amiga de los Animales 2021» y los premios «Mejor
Programa Municipal de Gestión Ética de Colonias Felinas 2021» y «Mejor Programa
de Integración, Concienciación y Tenencia Responsable 2021», se procederá a dar
publicidad de su concesión en la página web del Ministerio de Derechos Sociales
y Agenda 2030.
2. La entrega de los galardones «Ciudades Amigas de los Animales 2021» se
realizará en un acto público único, convocado al efecto, organizado por el Ministerio
de Derechos Sociales y Agenda 2030.
Undécima.
Recursos.
Contra la resolución definitiva, que pondrá fin a la vía administrativa, podrá
interponerse recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contenciosoadministrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses desde la notificación
de la resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 y 46 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa,
sin perjuicio del requerimiento previo previsto en el artículo 44.1 de la citada Ley.
Régimen jurídico.
En lo no previsto en la presente orden y en las correspondientes convocatorias, será
de aplicación lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y las demás disposiciones que resulten
de aplicación.
Disposición adicional tercera.
Ausencia de incremento de gasto.
El funcionamiento del jurado previsto en esta orden no supondrá incremento alguno
de gasto público y será atendido con los medios personales, técnicos y presupuestarios
existentes en el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.
cve: BOE-A-2021-16020
Verificable en https://www.boe.es
Disposición adicional segunda.