III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Premios. (BOE-A-2021-16020)
Orden DSA/1044/2021, de 23 de septiembre, por la que se crean y regulan los galardones "Ciudades Amigas de los Animales", y se realiza la convocatoria correspondiente al año 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 235
Viernes 1 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 121120
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030
Orden DSA/1044/2021, de 23 de septiembre, por la que se crean y regulan
los galardones «Ciudades Amigas de los Animales», y se realiza la
convocatoria correspondiente al año 2021.
La mejora de las condiciones de convivencia con los animales, la tenencia
responsable, el cuidado de los animales urbanos y la lucha contra el maltrato y el
abandono pasan necesariamente por la implicación de las entidades locales que, con su
esfuerzo, responsabilidad y capacidad de cercanía al ciudadano marcan, en primera
persona, el auténtico devenir de las mejoras en todos los campos de protección y
derechos de los animales.
Es, por tanto, necesario reconocer el impulso que las entidades locales prestan a
todas estas cuestiones, muchas veces emprendiendo iniciativas absolutamente pioneras,
otras mejorando modelos ya existentes, innovando y recabando el apoyo de los
ciudadanos más concienciados, mientras que educan en la empatía a otros.
En este marco, el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, a través de
la Dirección General de Derechos de los Animales incorpora la coordinación, entre otras,
con las entidades locales para que se reconozcan y se respeten los derechos de los
animales y su protección, de conformidad con el Real Decreto 452/2020, de 10 de
marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Derechos
Sociales y Agenda 2030, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el
que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
De esta forma, la creación de una distinción permanente para las ciudades más
implicadas de dos premios anuales para proyectos innovadores y de ejecución
impecable es, por tanto, un justo reconocimiento desde las instituciones estatales hacia
la excelencia en la gestión local en el ámbito de la protección y derechos de los
animales.
Procede ahora, para ello, crear los galardones «Ciudades Amigas de los Animales» y
realizar la convocatoria de los mismos para el año 2021.
La presente orden cumple con los principios de buena regulación a que se refiere el
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas. En este sentido, esta orden cumple con los principios
de necesidad y eficacia, ya que el reconocimiento público de las actividades realizadas
en el marco de las entidades locales en favor de la protección y derechos de los
animales es una vía destacada para visibilizar los avances obtenidos en este campo. En
relación con los principios de eficiencia y transparencia, la concesión de estos premios
establece un procedimiento abierto de manera que las candidaturas al mismo podrán ser
propuestas libremente por las entidades locales interesadas.
En cuanto al cumplimiento de los principios de seguridad jurídica y proporcionalidad
hay que señalar que esta norma es coherente con el ordenamiento jurídico y con las
previsiones de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, conteniendo la regulación imprescindible
para atender la necesidad a cubrir con la misma y sin introducir ni establecer trámites
adicionales o distintos a los contemplados en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Durante la tramitación se ha recabado informe de la Abogacía del Estado en
el Departamento.
La competencia del Estado en esta materia deriva del artículo 149.1.13.ª de
la Constitución española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de
bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.
cve: BOE-A-2021-16020
Verificable en https://www.boe.es
16020
Núm. 235
Viernes 1 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 121120
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030
Orden DSA/1044/2021, de 23 de septiembre, por la que se crean y regulan
los galardones «Ciudades Amigas de los Animales», y se realiza la
convocatoria correspondiente al año 2021.
La mejora de las condiciones de convivencia con los animales, la tenencia
responsable, el cuidado de los animales urbanos y la lucha contra el maltrato y el
abandono pasan necesariamente por la implicación de las entidades locales que, con su
esfuerzo, responsabilidad y capacidad de cercanía al ciudadano marcan, en primera
persona, el auténtico devenir de las mejoras en todos los campos de protección y
derechos de los animales.
Es, por tanto, necesario reconocer el impulso que las entidades locales prestan a
todas estas cuestiones, muchas veces emprendiendo iniciativas absolutamente pioneras,
otras mejorando modelos ya existentes, innovando y recabando el apoyo de los
ciudadanos más concienciados, mientras que educan en la empatía a otros.
En este marco, el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, a través de
la Dirección General de Derechos de los Animales incorpora la coordinación, entre otras,
con las entidades locales para que se reconozcan y se respeten los derechos de los
animales y su protección, de conformidad con el Real Decreto 452/2020, de 10 de
marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Derechos
Sociales y Agenda 2030, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el
que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
De esta forma, la creación de una distinción permanente para las ciudades más
implicadas de dos premios anuales para proyectos innovadores y de ejecución
impecable es, por tanto, un justo reconocimiento desde las instituciones estatales hacia
la excelencia en la gestión local en el ámbito de la protección y derechos de los
animales.
Procede ahora, para ello, crear los galardones «Ciudades Amigas de los Animales» y
realizar la convocatoria de los mismos para el año 2021.
La presente orden cumple con los principios de buena regulación a que se refiere el
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas. En este sentido, esta orden cumple con los principios
de necesidad y eficacia, ya que el reconocimiento público de las actividades realizadas
en el marco de las entidades locales en favor de la protección y derechos de los
animales es una vía destacada para visibilizar los avances obtenidos en este campo. En
relación con los principios de eficiencia y transparencia, la concesión de estos premios
establece un procedimiento abierto de manera que las candidaturas al mismo podrán ser
propuestas libremente por las entidades locales interesadas.
En cuanto al cumplimiento de los principios de seguridad jurídica y proporcionalidad
hay que señalar que esta norma es coherente con el ordenamiento jurídico y con las
previsiones de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, conteniendo la regulación imprescindible
para atender la necesidad a cubrir con la misma y sin introducir ni establecer trámites
adicionales o distintos a los contemplados en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Durante la tramitación se ha recabado informe de la Abogacía del Estado en
el Departamento.
La competencia del Estado en esta materia deriva del artículo 149.1.13.ª de
la Constitución española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de
bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.
cve: BOE-A-2021-16020
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