III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2021-15918)
Resolución de 9 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Vivienda y Suelo, por la que se publica la Adenda al Convenio con la Comunidad Autónoma de Canarias y el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, para la renovación urbana del barrio de Las Rehoyas (Canarias).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 234

Jueves 30 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 120381

Administración General del Estado en materia de acceso a la vivienda, edificación,
urbanismo, suelo y arquitectura.
2. Que la Comunidad Autónoma de Canarias tiene competencia exclusiva en
materia de Ordenación del Territorio Urbanismo y Vivienda, de conformidad con lo
previsto en el artículo 29.11 del Estatuto de Autonomía de Canarias, aprobado por Ley
Orgánica 10/1982, de 10 de agosto.
El Instituto Canario de la Vivienda es el Organismo Autónomo que asume en el
territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias la gestión de las competencias y
funciones en materia de Política de Vivienda, atribuidas a la Administración Pública de la
Comunidad Autónoma de Canarias, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 de la
Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias y en el Decreto 152/2008, de 7 de
julio, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto Canario de la Vivienda.
3. Que el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria es la institución que
asume en el municipio las competencias recogidas en la Ley 7/1985, de 2 de abril,
reguladora de las Bases del Régimen Local, concretamente en su artículo 25 cuyo
apartado a) establece como competencias municipales las relativas, entre otras, al
planeamiento, gestión, ejecución y disciplina urbanística, promoción y gestión de la
vivienda de protección pública con criterios de sostenibilidad financiera y conservación y
rehabilitación de la edificación; actuando la empresa Sociedad Municipal de Gestión
Urbanística de Las Palmas de Gran Canaria, S.A. (Geursa), como ente gestor de las
actuaciones.
4. Que el 19 de diciembre de 2017 se firmó un Convenio de colaboración entre el
entre el Ministerio de Fomento, la Comunidad Autónoma de Canarias el Ayuntamiento de
Las Palmas de Gran Canaria para la renovación urbana del barrio de las Rehoyas
(Canarias).
5. Que la cláusula décima del mencionado Convenio regulaba que su vigencia
tendría lugar a partir de la fecha de suscripción de este y hasta el 30 de septiembre
de 2021.
6. Que el 26 de marzo de 2021 se ha celebrado la comisión de seguimiento y se ha
acordado la prórroga del plazo de las actuaciones y suscripción de una adenda con las
siguientes
ESTIPULACIONES
Primera.

Objeto.

Es objeto de esta adenda, en virtud de lo dispuesto en la estipulación décima del
Convenio firmado entre el Ministerio de Fomento, ahora de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana, Comunidad Autónoma de Canarias y Ayuntamiento de Las Palmas de
Gran Canaria el 19 de diciembre de 2017, acordar la prórroga de esta, para que las
actuaciones finalicen el 30 de junio de 2025.
Segunda.

Justificación de la inversión.

Tercera.

Vigencia y eficacia.

La vigencia de la presente adenda tendrá lugar a partir de la fecha de suscripción y
hasta el 31 de septiembre de 2025.
En todo lo que no se oponga a la presente adenda, serán de aplicación las cláusulas
de carácter general contenidas en el Convenio.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, la presente adenda resultará eficaz una vez

cve: BOE-A-2021-15918
Verificable en https://www.boe.es

El plazo para justificar la inversión de los fondos aportados por las tres
Administraciones finalizará el 31 de septiembre de 2025.