II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Funcionarios de los Subgrupos A1, A2, C1 y C2. (BOE-A-2021-15878)
Resolución de 7 de septiembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 234
Jueves 30 de septiembre de 2021
Undécima.
Sec. II.B. Pág. 119933
Destinos adjudicados.
1. Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el
plazo de toma de posesión se hubiese obtenido otro destino por convocatoria pública, en
cuyo caso deberá comunicarse por escrito al órgano convocante.
2. Los destinos adjudicados se considerarán de carácter voluntario y, en
consecuencia, no generarán derecho al abono de indemnización por concepto alguno.
3. La adjudicación de un puesto de trabajo de la presente convocatoria a
funcionario en situación distinta a la de servicio activo, supondrá su reingreso, sin
perjuicio de la posibilidad prevista en el artículo 23.2 del Real Decreto 365/1995, de 10
de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Situaciones Administrativas de las
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
4. Los puestos relacionados en el anexo I-B sólo se adjudicarán cuando resulten
vacantes como consecuencia de la provisión de los puestos relacionados en el anexo IA.
Duodécima.
Publicación de la resolución del concurso.
La publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la resolución del concurso, con
adjudicación de los puestos, servirá de notificación a los interesados y a partir de la
misma empezarán a contarse los plazos establecidos para que los Ministerios y
Organismos afectados efectúen las actuaciones administrativas procedentes.
Decimotercera.
Recursos.
Contra la presente resolución se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso
de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes desde su
publicación, o bien, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde
su publicación, ante el órgano judicial competente, de conformidad con lo dispuesto en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa.
cve: BOE-A-2021-15878
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 7 de septiembre de 2021.–El Subsecretario de Industria, Comercio y
Turismo, Pablo Garde Lobo.
Núm. 234
Jueves 30 de septiembre de 2021
Undécima.
Sec. II.B. Pág. 119933
Destinos adjudicados.
1. Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el
plazo de toma de posesión se hubiese obtenido otro destino por convocatoria pública, en
cuyo caso deberá comunicarse por escrito al órgano convocante.
2. Los destinos adjudicados se considerarán de carácter voluntario y, en
consecuencia, no generarán derecho al abono de indemnización por concepto alguno.
3. La adjudicación de un puesto de trabajo de la presente convocatoria a
funcionario en situación distinta a la de servicio activo, supondrá su reingreso, sin
perjuicio de la posibilidad prevista en el artículo 23.2 del Real Decreto 365/1995, de 10
de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Situaciones Administrativas de las
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
4. Los puestos relacionados en el anexo I-B sólo se adjudicarán cuando resulten
vacantes como consecuencia de la provisión de los puestos relacionados en el anexo IA.
Duodécima.
Publicación de la resolución del concurso.
La publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la resolución del concurso, con
adjudicación de los puestos, servirá de notificación a los interesados y a partir de la
misma empezarán a contarse los plazos establecidos para que los Ministerios y
Organismos afectados efectúen las actuaciones administrativas procedentes.
Decimotercera.
Recursos.
Contra la presente resolución se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso
de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes desde su
publicación, o bien, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde
su publicación, ante el órgano judicial competente, de conformidad con lo dispuesto en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa.
cve: BOE-A-2021-15878
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 7 de septiembre de 2021.–El Subsecretario de Industria, Comercio y
Turismo, Pablo Garde Lobo.