II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Funcionarios de los Subgrupos A1, A2, C1 y C2. (BOE-A-2021-15878)
Resolución de 7 de septiembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 30 de septiembre de 2021

Sec. II.B. Pág. 119931

Séptima. Comisión de Valoración.
1. Los méritos serán valorados por una Comisión, cuya composición se ajustará al
principio de composición equilibrada de mujeres y hombres, de acuerdo con la normativa
vigente en materia de igualdad, y que constará de los siguientes miembros:
– Presidenta: la Subdirectora General de Planificación y Gestión de Recursos
Humanos del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, o persona en quien delegue.
– Vocales: Un funcionario/a en representación del centro directivo al que pertenecen
los puestos de trabajo convocados, otro del área correspondiente al mismo, y dos en
representación de la Subsecretaría, excepto en aquellos puestos de periferia que tengan
representación sindical autonómica que tendrán tres representantes de la Subsecretaría,
de los cuales uno actuará como Secretario.
– Asimismo, tienen derecho a formar parte de la Comisión de Valoración un miembro
en representación y a propuesta de cada una de las Organizaciones Sindicales más
representativas y de las que cuenten con más del 10 por 100 de representantes en el
conjunto de las Administraciones Públicas, o en el ámbito correspondiente.
El número de los representantes de las organizaciones sindicales no podrá ser igual
o superior al de los miembros designados a propuesta de la Administración.
Los representantes de las Organizaciones Sindicales, se designarán a propuesta de
las mismas, advirtiéndose expresamente que, interesada la propuesta de designación
por la Administración, si no se formula la propuesta de nombramiento en el plazo de diez
días hábiles, se entenderá que dicha Organización Sindical ha decaído en su opción.
– Se podrán incorporar a la Comisión de Valoración, cuando ésta lo considere
oportuno, expertos que en calidad de asesores actúen con voz, pero sin voto, de
acuerdo con el artículo 46 del Real Decreto 364/1995. Su designación recaerá en el
Órgano convocante previa solicitud de la Comisión de Valoración.
2. Los miembros titulares de la Comisión y los suplentes, que en caso de ausencia
justificada les sustituirán con voz y voto, deberán pertenecer a Cuerpos o Escalas de un
subgrupo de titulación igual o superior al exigido para los puestos convocados y poseer,
además, un grado personal o desempeñar puesto de trabajo con niveles iguales o
superiores a los convocados.
3. La Comisión de Valoración propondrá a los candidatos que hayan obtenido
mayor puntuación entre los que consigan la mínima exigida, para cada puesto en la
presente convocatoria.
4. Las puntuaciones otorgadas, así como la valoración final, deberán reflejarse en
el acta que se levantará al efecto.
Octava. Procedimiento de exclusión. Renuncias y desistimientos a la participación en el
concurso.
1. Si en cualquier momento anterior a la resolución del presente concurso la
persona participante hubiera obtenido un puesto con carácter definitivo por cualquiera de
los procedimientos legalmente previstos, deberá comunicarlo al órgano convocante.
2. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación, y en todo
caso, antes de la constitución, de la Comisión de Valoración del Concurso se acordará la
exclusión de las personas candidatas que no reúnan los requisitos exigidos en la
convocatoria, abriendo plazo de cinco días hábiles para las posibles subsanaciones por
parte de las personas excluidas. El listado de exclusiones se publicará en la página web
de este Departamento www.mincotur.gob.es.
3. La renuncia parcial a la solicitud de participación en un concurso se permitirá
hasta la fecha en la que se constituya la Comisión de Valoración del concurso. De la
fecha de la reunión se dará publicidad con suficiente antelación en la página web de este
Departamento.

cve: BOE-A-2021-15878
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Núm. 234