III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2021-15925)
Resolución de 28 de septiembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Administración Digital y la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, para la prestación de los servicios asociados a la utilización de la "Gestión Integrada de Servicios de Registro" como aplicación integral de registro.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 234
Jueves 30 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 120425
ANEXO I
Determinación de la contribución anual al mantenimiento del servicio
La contribución anual al mantenimiento de la sostenibilidad funcional y técnica de la
aplicación GEISER se establece en función de los siguientes criterios de uso y, teniendo
en cuenta lo dispuesto en el artículo 48.6 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, que señala
la imposibilidad de que la aportación económica supere los gastos derivados de la
ejecución del Convenio. Así se determinará, en función del número de asientos
registrales estimado (N):
– Si N < 20.000, la contribución anual (C) al mantenimiento del servicio durante la
vigencia del inicial del Convenio, o de cada una de sus prórrogas será 5.000 euros.
– Si 20.000 ≤ N < 250.000, la contribución anual (C) al mantenimiento del servicio
durante la vigencia del inicial del Convenio, o de cada una de sus prórrogas será 12.500
euros.
– Si 250.000 ≤ N < 1.000.000 la contribución anual (C) al mantenimiento del servicio
durante la vigencia inicial del Convenio, o de cada una de sus prórrogas será 20.000 euros.
– Si 1.000.000 ≤ N < 2.000.000 la contribución anual (C) al mantenimiento del servicio
durante la vigencia inicial del Convenio, o de cada una de sus prórrogas será 30.000 euros.
– Si 2.000.000 ≤ N la contribución anual (C) al mantenimiento del servicio durante la
vigencia inicial del Convenio o de cada una de sus prórrogas será de 50.000 euros.
Para la determinación de la contribución económica se entenderá N referido al
periodo de vigencia inicial del Convenio o de cada una de sus prórrogas, con
independencia de las anualidades que comprenda.
El número N representa todos los asientos registrales de entrada y salida que se
realicen en GEISER desde la fecha en la que el Convenio comience a surtir efectos
hasta la fecha de finalización del mismo. No se contabilizarán los apuntes registrales que
se realicen a través de los servicios web de GEISER (REGECO) sin documentación
adjunta.
ANEXO II
Estimación de uso
Doña María Jesús Lamas Díaz, como Directora de la Agencia Española de
Medicamentos y Productos Sanitarios, declara que durante el ejercicio del año 2020 el
número de asientos registrales de entrada y salida que fueron realizados conjuntamente
en las oficinas de registro que se incorporarán a la aplicación GEISER en las
condiciones del presente Convenio, asciende a un total de 28.635 asientos registrales.
cve: BOE-A-2021-15925
Verificable en https://www.boe.es
Para el periodo inicial de vigencia del Convenio, se estima un total de 35.000
asientos registrales para el año A, de 40.000 asientos para el año A+1, de 45.000
asientos para el año A+2 y de 50.000 asientos para el año A+3. Asimismo, de
conformidad con lo dispuesto en el apartado 5 del artículo 48 la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, declara tener capacidad para financiar durante cada anualidad de vigencia del
Convenio, los compromisos financieros asumidos.–Fdo: María Jesús Lamas Díaz.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 234
Jueves 30 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 120425
ANEXO I
Determinación de la contribución anual al mantenimiento del servicio
La contribución anual al mantenimiento de la sostenibilidad funcional y técnica de la
aplicación GEISER se establece en función de los siguientes criterios de uso y, teniendo
en cuenta lo dispuesto en el artículo 48.6 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, que señala
la imposibilidad de que la aportación económica supere los gastos derivados de la
ejecución del Convenio. Así se determinará, en función del número de asientos
registrales estimado (N):
– Si N < 20.000, la contribución anual (C) al mantenimiento del servicio durante la
vigencia del inicial del Convenio, o de cada una de sus prórrogas será 5.000 euros.
– Si 20.000 ≤ N < 250.000, la contribución anual (C) al mantenimiento del servicio
durante la vigencia del inicial del Convenio, o de cada una de sus prórrogas será 12.500
euros.
– Si 250.000 ≤ N < 1.000.000 la contribución anual (C) al mantenimiento del servicio
durante la vigencia inicial del Convenio, o de cada una de sus prórrogas será 20.000 euros.
– Si 1.000.000 ≤ N < 2.000.000 la contribución anual (C) al mantenimiento del servicio
durante la vigencia inicial del Convenio, o de cada una de sus prórrogas será 30.000 euros.
– Si 2.000.000 ≤ N la contribución anual (C) al mantenimiento del servicio durante la
vigencia inicial del Convenio o de cada una de sus prórrogas será de 50.000 euros.
Para la determinación de la contribución económica se entenderá N referido al
periodo de vigencia inicial del Convenio o de cada una de sus prórrogas, con
independencia de las anualidades que comprenda.
El número N representa todos los asientos registrales de entrada y salida que se
realicen en GEISER desde la fecha en la que el Convenio comience a surtir efectos
hasta la fecha de finalización del mismo. No se contabilizarán los apuntes registrales que
se realicen a través de los servicios web de GEISER (REGECO) sin documentación
adjunta.
ANEXO II
Estimación de uso
Doña María Jesús Lamas Díaz, como Directora de la Agencia Española de
Medicamentos y Productos Sanitarios, declara que durante el ejercicio del año 2020 el
número de asientos registrales de entrada y salida que fueron realizados conjuntamente
en las oficinas de registro que se incorporarán a la aplicación GEISER en las
condiciones del presente Convenio, asciende a un total de 28.635 asientos registrales.
cve: BOE-A-2021-15925
Verificable en https://www.boe.es
Para el periodo inicial de vigencia del Convenio, se estima un total de 35.000
asientos registrales para el año A, de 40.000 asientos para el año A+1, de 45.000
asientos para el año A+2 y de 50.000 asientos para el año A+3. Asimismo, de
conformidad con lo dispuesto en el apartado 5 del artículo 48 la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, declara tener capacidad para financiar durante cada anualidad de vigencia del
Convenio, los compromisos financieros asumidos.–Fdo: María Jesús Lamas Díaz.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X