III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Auditoría de Cuentas. (BOE-A-2021-15930)
Resolución de 16 de septiembre de 2021, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se publican las sanciones impuestas a la sociedad de auditoría de cuentas Ernst & Young, SL, y al auditor de cuentas don Francisco Victoriano Fernández Romero.
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 234

Jueves 30 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 120463

– Multa por importe del 1 por ciento de los honorarios facturados por actividad de
auditoría de cuentas en el último ejercicio cerrado con anterioridad a la imposición de la
sanción, sin que la sanción resultante pueda ser inferior a 12.000 euros, de acuerdo con
lo establecido en el artículo 36.6 del texto refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas,
aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2011, de 1 de julio, en relación con la auditoría
de las cuentas anuales consolidadas del ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2015 de
la sociedad “SACYR S.A.” y su grupo. La multa asciende a la cantidad de ochocientos
sesenta y tres mil ciento sesenta y siete euros (863.167 €).
(…)
Quinto.
Imponer al auditor corresponsable don Francisco Victoriano Fernández Romero, por
las infracciones graves cometidas, las siguientes sanciones:
– Multa por importe de tres mil quinientos euros (3.500 €), de acuerdo con lo
establecido en el artículo 36.7.b) del texto refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas,
aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2011, de 1 de julio, en relación con la auditoría
de las cuentas anuales del ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2015 de la sociedad
“SACYR S.A.”.
– Multa por importe de siete mil quinientos euros (7.500 €), de acuerdo con lo
establecido en el artículo 36.7.b) del texto refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas,
aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2011, de 1 de julio, en relación con la auditoría
de las cuentas anuales consolidadas del ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2015 de
la sociedad “SACYR S.A.” y su grupo.
(…)
Sexto.
A tenor de lo establecido en el artículo 37.3 del texto refundido de la Ley de Auditoría
de Cuentas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2011, de 1 de julio, dichas
sanciones llevan aparejadas la prohibición, tanto para la sociedad de auditoría como
para el socio auditor firmante de los informes, de realizar las auditorías de cuentas de las
mencionadas entidades correspondientes a los tres primeros ejercicios que se inicien
con posterioridad a la fecha en que las sanciones adquieran firmeza en vía
administrativa.»
La resolución que impone las sanciones indicadas únicamente es firme en vía
administrativa, sin perjuicio de las potestades de revisión jurisdiccional que corresponden
a la Sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, competente para
conocer de los recursos que, en su caso, se hayan interpuesto o pudieran interponerse.

cve: BOE-A-2021-15930
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 16 de septiembre de 2021.–El Presidente del Instituto de Contabilidad y
Auditoría de Cuentas, Santiago Durán Domínguez.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X