III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Becas. (BOE-A-2021-15904)
Acuerdo de 28 de septiembre de 2021, de la Mesa del Senado, por el que se convocan becas de formación sobre comunicación institucional, interna y externa, relacionada con la actividad oficial del Senado, para el año 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 234

Jueves 30 de septiembre de 2021

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4. El incumplimiento de estas obligaciones podrá dar lugar a la privación de la beca
por el tiempo que quedare pendiente, además de otras responsabilidades que resultaren
exigibles.
5. Igualmente, el Senado se reserva el derecho de retirar la beca en el supuesto de
que no se realicen las actividades de formación en condiciones satisfactorias o no se
demuestre suficiente aprovechamiento.
6. El becario o becaria, antes de finalizar el plazo fijado para la terminación de la
acción formativa, debe presentar una memoria de las actividades realizadas y el
programa seguido durante el disfrute de la beca. El tutor o tutora recibirá las memorias
antes de que acabe el período formativo y se encargará de adjuntarlas al expediente,
tanto en formato digital como en papel, y remitirá el archivo digital a la jefatura del
Departamento.
Décima.

Tutoría.

Durante todo el período de vigencia de la beca, la Dirección de Relaciones
Institucionales designará un tutor o tutora de la acción formativa que se encargará de
acompañar y supervisar a las personas adjudicatarias de la beca durante todo el
proceso, sin perjuicio de la colaboración del resto del personal del Departamento de
Medios de Comunicación en lo que el tutor o tutora considere necesario. La persona
designada como tutor informará semestralmente a la Dirección de la evolución de las
personas adjudicatarias y elaborará, una vez finalizado el período de esta, el informe de
cumplimiento de la beca
Undécima.

Justificación del cumplimiento de la finalidad de la beca.

Al finalizar la beca el tutor se encargará de redactar y firmar el Informe de
cumplimiento de la beca, en el que se detallen las tareas realizadas y el grado de
cumplimiento de las mismas, así como la formación recibida.
Una copia del mismo se facilitará al becario o becaria, una vez presente la memoria
de la beca.
Duodécima. Certificado administrativo de cumplimiento de la beca.
Además del informe detallado en la base undécima, se expedirá un certificado,
firmado por la Directora de Relaciones Institucionales, con las fechas de inicio y fin de la
beca y una somera descripción de las tareas realizadas. Este tipo de certificados se
expedirán a petición de la persona adjudicataria en cualquier momento de la beca y, en
todo caso, al finalizar el período formativo.
Recursos.

La presente convocatoria podrá ser recurrida ante la Mesa del Senado, en el plazo
de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del
Estado». Asimismo, las resoluciones del Jurado que determinen la imposibilidad de
continuar en el proceso de selección o produzcan indefensión podrán ser impugnadas
ante la Mesa del Senado, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de
su publicación. La resolución adoptada por la Mesa de la Cámara pondrá fin a la vía
administrativa. Los mencionados procedimientos de impugnación de las actuaciones se
realizarán únicamente a través de los medios electrónicos dispuestos en la página web
del Senado www.senado.es.
Palacio del Senado, 28 de septiembre de 2021.–El Presidente del Senado, Ander Gil
García.

cve: BOE-A-2021-15904
Verificable en https://www.boe.es

Decimotercera.