III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Becas. (BOE-A-2021-15903)
Acuerdo de 28 de septiembre de 2021, de la Mesa del Senado, por el que se convocan becas de formación archivística, documental y bibliotecaria, relacionada con la actividad oficial del Senado, para el año 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 234
Jueves 30 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 120141
III. OTRAS DISPOSICIONES
CORTES GENERALES
15903
Acuerdo de 28 de septiembre de 2021, de la Mesa del Senado, por el que se
convocan becas de formación archivística, documental y bibliotecaria,
relacionada con la actividad oficial del Senado, para el año 2022.
La Mesa del Senado, en su reunión de 28 de septiembre de 2021, ha acordado
convocar quince becas de formación archivística, documental y bibliotecaria, relacionada
con la actividad oficial del Senado, de acuerdo con las bases que figuran a continuación:
Primera.
Objeto y número de becas.
1. Se convocan quince becas de formación archivística, documental y bibliotecaria,
dirigidas a jóvenes con titulación universitaria que deseen especializarse en estos
campos.
2. La formación será básicamente práctica, mediante la participación en las tareas
propias de las Direcciones de Documentación, de Estudios o de Asistencia TécnicoParlamentaria de la Secretaría General del Senado.
3. De dichas becas se reservarán dos para su concesión entre personas con
discapacidad de grado igual o superior al treinta y tres por ciento siempre que reúnan los
requisitos establecidos en la base tercera y acrediten, en los términos establecidos en la
base cuarta, el indicado grado de discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de
las tareas y funciones correspondientes. En el caso de que dichas becas no quedaran
cubiertas, acrecerán al turno libre.
Segunda.
Características de las becas.
1. Las becas se otorgan con una duración de un año (desde el 1 de enero hasta
el 31 de diciembre de 2022) y consistirán en doce pagos por meses vencidos, de
ochocientos (800) euros brutos.
2. El Senado dará de alta a las personas que obtengan la beca en el régimen
general de la Seguridad Social, cotizando por todas las contingencias comunes y
profesionales legalmente establecidas, con la excepción de las de desempleo, Fondo de
Garantía Salarial y formación profesional, de conformidad con lo dispuesto por la
legislación vigente en materia de Seguridad Social.
3. Las becas son improrrogables e incompatibles con cualquier otra beca concedida
para el mismo período, así como con el desempeño de cualquier actividad laboral.
4. La concesión y disfrute de la beca no supondrá vinculación laboral o funcionarial
de ningún tipo entre la persona titular de la beca y la Cámara.
Pueden optar a la concesión de estas becas quienes tengan la nacionalidad
española y de otros países miembros de la Unión Europea y reúnan las condiciones
siguientes:
1. Estar en posesión de un título superior universitario de Diplomatura o
Licenciatura en Biblioteconomía y Documentación o de Grado en Información y
Documentación. Asimismo podrán optar a la concesión de una beca quienes estén en
posesión de cualquier Licenciatura o título de Máster universitario y acrediten haber
cursado estudios en materias archivísticas, bibliotecarias o documentales durante al
menos 200 horas lectivas, o bien que sean equivalentes al menos a 8 créditos ECTS.
cve: BOE-A-2021-15903
Verificable en https://www.boe.es
Tercera. Solicitantes.
Núm. 234
Jueves 30 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 120141
III. OTRAS DISPOSICIONES
CORTES GENERALES
15903
Acuerdo de 28 de septiembre de 2021, de la Mesa del Senado, por el que se
convocan becas de formación archivística, documental y bibliotecaria,
relacionada con la actividad oficial del Senado, para el año 2022.
La Mesa del Senado, en su reunión de 28 de septiembre de 2021, ha acordado
convocar quince becas de formación archivística, documental y bibliotecaria, relacionada
con la actividad oficial del Senado, de acuerdo con las bases que figuran a continuación:
Primera.
Objeto y número de becas.
1. Se convocan quince becas de formación archivística, documental y bibliotecaria,
dirigidas a jóvenes con titulación universitaria que deseen especializarse en estos
campos.
2. La formación será básicamente práctica, mediante la participación en las tareas
propias de las Direcciones de Documentación, de Estudios o de Asistencia TécnicoParlamentaria de la Secretaría General del Senado.
3. De dichas becas se reservarán dos para su concesión entre personas con
discapacidad de grado igual o superior al treinta y tres por ciento siempre que reúnan los
requisitos establecidos en la base tercera y acrediten, en los términos establecidos en la
base cuarta, el indicado grado de discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de
las tareas y funciones correspondientes. En el caso de que dichas becas no quedaran
cubiertas, acrecerán al turno libre.
Segunda.
Características de las becas.
1. Las becas se otorgan con una duración de un año (desde el 1 de enero hasta
el 31 de diciembre de 2022) y consistirán en doce pagos por meses vencidos, de
ochocientos (800) euros brutos.
2. El Senado dará de alta a las personas que obtengan la beca en el régimen
general de la Seguridad Social, cotizando por todas las contingencias comunes y
profesionales legalmente establecidas, con la excepción de las de desempleo, Fondo de
Garantía Salarial y formación profesional, de conformidad con lo dispuesto por la
legislación vigente en materia de Seguridad Social.
3. Las becas son improrrogables e incompatibles con cualquier otra beca concedida
para el mismo período, así como con el desempeño de cualquier actividad laboral.
4. La concesión y disfrute de la beca no supondrá vinculación laboral o funcionarial
de ningún tipo entre la persona titular de la beca y la Cámara.
Pueden optar a la concesión de estas becas quienes tengan la nacionalidad
española y de otros países miembros de la Unión Europea y reúnan las condiciones
siguientes:
1. Estar en posesión de un título superior universitario de Diplomatura o
Licenciatura en Biblioteconomía y Documentación o de Grado en Información y
Documentación. Asimismo podrán optar a la concesión de una beca quienes estén en
posesión de cualquier Licenciatura o título de Máster universitario y acrediten haber
cursado estudios en materias archivísticas, bibliotecarias o documentales durante al
menos 200 horas lectivas, o bien que sean equivalentes al menos a 8 créditos ECTS.
cve: BOE-A-2021-15903
Verificable en https://www.boe.es
Tercera. Solicitantes.