III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2021-15840)
Resolución de 17 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Organización e Inspección, por la que se publica la Adenda de actualización anual del Convenio con los organismos autónomos Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas y Centro Nacional de Información Geográfica, la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria y la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, para la cofinanciación de los gastos a cargo de la administración del Centro de Educación Infantil del Departamento.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 233
Miércoles 29 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 119674
en virtud de lo establecido en el artículo 7 del Estatuto del CNIG, aprobado por Real
Decreto 663/2007, de 5 de mayo (BOE de 5 de junio de 2007).
Doña Isabel Maestre Moreno, Directora de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea
(AESA), cargo para el que fue nombrada por Acuerdo del Consejo Rector de dicha
Agencia, de 20 de octubre de 2008, publicado por Resolución de 20 de octubre de 2008,
de la Presidencia de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (BOE de 5 de noviembre de
2008), en virtud de lo dispuesto en los artículos 15.b) y 17.f) del Estatuto de la Agencia
Estatal de Seguridad Aérea, aprobado por Real Decreto 184/2008, de 8 de febrero, BOE
de 14 de febrero de 2008.
Don Pedro M. Lekuona García, Director de la Agencia Estatal de Seguridad
Ferroviaria (AESF), cargo para el que fue nombrado por Acuerdo del Consejo Rector de
la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria, de 5 de octubre de 2017, en virtud de lo
dispuesto en el artículo 24.2 del Estatuto de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria,
aprobado por Real Decreto 1072/2014, de 19 de diciembre (BOE de 23 diciembre).
Todos ellos reconociéndose la capacidad legal y competencia necesaria para
formalizar la presente adenda,
EXPONEN
Con fecha 9 de julio de 2020, se suscribió el Convenio para la cofinanciación de los
gastos a cargo de la Administración, del Centro de Educación Infantil del Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA), entre dicho Departamento, los
organismos autónomos Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas
(CEDEX) y Centro Nacional de Información Geográfica (CNIG), la Agencia Estatal de
Seguridad Aérea (AESA) y la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria (AESF).
El objeto del citado Convenio es instrumentar la colaboración y regular la financiación
conjunta de los gastos del Centro de Educación Infantil que corren a cargo del MITMA y
de sus organismos autónomos y agencias dependientes, con excepción de los gastos de
personal, que asume íntegramente el Ministerio.
La cláusula duodécima del citado Convenio establece el procedimiento para su
actualización anual, a través de la aprobación de la correspondiente adenda, indicando
los datos que se deberán actualizar anualmente.
En aplicación de lo anterior, se procede a la actualización del número de plazas
ocupadas por hijos de empleados públicos pertenecientes a cada una de las partes
firmantes del Convenio; peso porcentual que las mismas representan en el total de
plazas; gasto total acometido en el ejercicio 2020 y la distribución de su cuantía entre las
partes que firman el Convenio conforme al porcentaje de plazas ocupadas.
En consecuencia, al ser voluntad de las partes que suscribieron el citado Convenio,
continuar con la colaboración que permita su adecuada participación en los gastos
actuales y de futuro derivados de la conservación, mejora, las obras, servicios,
suministros y otros necesarios para el buen funcionamiento del Centro de Educación
Infantil, y reconociéndose las partes plena capacidad para la realización de lo acordado,
el MITMA, los organismos autónomos CEDEX y CNIG, la AESA y la AESF
Acuerdan suscribir la siguiente adenda que se regirá por las siguientes
Primera.
Objeto de la adenda.
El objeto de la presente adenda es cumplir con lo estipulado en la cláusula
duodécima del Convenio. Conforme a ella, se incorporan los siguientes datos
actualizados.
cve: BOE-A-2021-15840
Verificable en https://www.boe.es
CLÁUSULAS
Núm. 233
Miércoles 29 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 119674
en virtud de lo establecido en el artículo 7 del Estatuto del CNIG, aprobado por Real
Decreto 663/2007, de 5 de mayo (BOE de 5 de junio de 2007).
Doña Isabel Maestre Moreno, Directora de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea
(AESA), cargo para el que fue nombrada por Acuerdo del Consejo Rector de dicha
Agencia, de 20 de octubre de 2008, publicado por Resolución de 20 de octubre de 2008,
de la Presidencia de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (BOE de 5 de noviembre de
2008), en virtud de lo dispuesto en los artículos 15.b) y 17.f) del Estatuto de la Agencia
Estatal de Seguridad Aérea, aprobado por Real Decreto 184/2008, de 8 de febrero, BOE
de 14 de febrero de 2008.
Don Pedro M. Lekuona García, Director de la Agencia Estatal de Seguridad
Ferroviaria (AESF), cargo para el que fue nombrado por Acuerdo del Consejo Rector de
la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria, de 5 de octubre de 2017, en virtud de lo
dispuesto en el artículo 24.2 del Estatuto de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria,
aprobado por Real Decreto 1072/2014, de 19 de diciembre (BOE de 23 diciembre).
Todos ellos reconociéndose la capacidad legal y competencia necesaria para
formalizar la presente adenda,
EXPONEN
Con fecha 9 de julio de 2020, se suscribió el Convenio para la cofinanciación de los
gastos a cargo de la Administración, del Centro de Educación Infantil del Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA), entre dicho Departamento, los
organismos autónomos Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas
(CEDEX) y Centro Nacional de Información Geográfica (CNIG), la Agencia Estatal de
Seguridad Aérea (AESA) y la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria (AESF).
El objeto del citado Convenio es instrumentar la colaboración y regular la financiación
conjunta de los gastos del Centro de Educación Infantil que corren a cargo del MITMA y
de sus organismos autónomos y agencias dependientes, con excepción de los gastos de
personal, que asume íntegramente el Ministerio.
La cláusula duodécima del citado Convenio establece el procedimiento para su
actualización anual, a través de la aprobación de la correspondiente adenda, indicando
los datos que se deberán actualizar anualmente.
En aplicación de lo anterior, se procede a la actualización del número de plazas
ocupadas por hijos de empleados públicos pertenecientes a cada una de las partes
firmantes del Convenio; peso porcentual que las mismas representan en el total de
plazas; gasto total acometido en el ejercicio 2020 y la distribución de su cuantía entre las
partes que firman el Convenio conforme al porcentaje de plazas ocupadas.
En consecuencia, al ser voluntad de las partes que suscribieron el citado Convenio,
continuar con la colaboración que permita su adecuada participación en los gastos
actuales y de futuro derivados de la conservación, mejora, las obras, servicios,
suministros y otros necesarios para el buen funcionamiento del Centro de Educación
Infantil, y reconociéndose las partes plena capacidad para la realización de lo acordado,
el MITMA, los organismos autónomos CEDEX y CNIG, la AESA y la AESF
Acuerdan suscribir la siguiente adenda que se regirá por las siguientes
Primera.
Objeto de la adenda.
El objeto de la presente adenda es cumplir con lo estipulado en la cláusula
duodécima del Convenio. Conforme a ella, se incorporan los siguientes datos
actualizados.
cve: BOE-A-2021-15840
Verificable en https://www.boe.es
CLÁUSULAS