III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Convenios. (BOE-A-2021-15739)
Resolución de 22 de septiembre de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Santa Margalida, para el desarrollo del programa de formación abierta "Aula Mentor".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 232

Martes 28 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 119029

d) Dar cumplimiento a las tareas de gestión relacionadas con la compensación
económica de los tutores, en los términos previstos en el acuerdo de colaboración que el
Ministerio de Educación y Formación Profesional establece con cada uno de ellos.
Por parte del Ministerio de Educación y Formación Profesional a través de la
Subdirección General de Orientación y Aprendizaje a lo largo de la Vida:
a) Facilitar el acceso de los ciudadanos matriculados en el ámbito territorial del
Ayuntamiento de Santa Margalida a los cursos de Aula Mentor, proporcionando cuentas
de acceso y recursos en línea.
b) Seleccionar y formar a los candidatos a coordinadores y tutores telemáticos a los
que hace referencia la normativa reguladora de Aula Mentor. Esta selección de los
candidatos se realizará conforme a los principios de mérito y capacidad.
c) Formar al administrador del aula en los aspectos específicos de gestión de Aula
Mentor.
d) Conforme a la tipología de cursos Mentor, certificar el aprendizaje de los
ciudadanos tras la superación de una prueba presencial que se realizará en el aula
donde el alumno está matriculado.
Ambas Partes podrán dar difusión a este Convenio a través de sus canales de
comunicación internos y externos.
Asimismo, las Partes se comprometen a promocionar las iniciativas llevadas a cabo
al amparo de este acuerdo, mostrando de forma visible la colaboración establecida. La
Subdirección General de Orientación y Aprendizaje a lo largo de la Vida incluirá en el
espacio web de Aula Mentor los datos del Ayuntamiento de Santa Margalida mientras
que el Ayuntamiento de Santa Margalida identificará en las instalaciones y en su página
web la colaboración establecida con el Ministerio de Educación y Formación Profesional.
Tercera.

Aspectos económicos.

El presente Convenio no conlleva traspaso alguno de aportación económica entre las
Partes siguiendo un modelo sostenible de recaudación de la matrícula, no suponiendo
gasto alguno ni para el presupuesto del Ayuntamiento de Santa Margalida ni para el del
Ministerio de Educación y Formación Profesional.
En virtud de este Convenio, los firmantes adquieren los siguientes compromisos
económicos:

– Formalizar el ingreso en tesorería de Ayuntamiento de Santa Margalida de los
pagos por matrícula correspondientes al alumnado del Aula Mentor. La cantidad mínima
establecida con el Ayuntamiento de Santa Margalida ascenderá a 504 euros y un
máximo de 48.000 euros, ingresados en el presupuesto del Ayuntamiento de Santa
Margalida en las aplicaciones presupuestarias 342.01 Aula Mentor.
– Asumir la compensación económica de los tutores recogida en el acuerdo de
colaboración que estos mantienen con el Ministerio de Educación y Formación
Profesional, en concepto de impartición de cursos, realizando la retención en concepto
de IRPF que la normativa tenga establecida. Dicho pago procederá de la recaudación
recibida en concepto de matrícula y se ejecutará en cinco periodos anuales en base a los
informes de gasto emitidos por el Ministerio de Educación y Formación Profesional. Este
cargo será como mínimo de 400 euros/año y un máximo de 37.860 euros/año, que será
imputado al presupuesto de gastos del Ayuntamiento de Santa Margalida en la aplicación
presupuestaria 323 226 06 Aula Mentor.
– Asumir los gastos de mantenimiento del Aula Mentor, que serán como mínimo
de 200 euros y un máximo de 500 euros al año y se imputarán al presupuesto de gastos
del Ayuntamiento de Santa Margalida, derivado de los ingresos de la matrícula.

cve: BOE-A-2021-15739
Verificable en https://www.boe.es

Por parte del Ayuntamiento de Santa Margalida: