III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Convenios. (BOE-A-2021-15735)
Resolución de 22 de septiembre de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Sabadell, para el desarrollo del programa de formación abierta "Aula Mentor".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 232

Martes 28 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 119002

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
15735

Resolución de 22 de septiembre de 2021, de la Secretaría General Técnica,
por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Sabadell, para el
desarrollo del programa de formación abierta «Aula Mentor».

El Ayuntamiento de Sabadell y el Ministerio de Educación y Formación Profesional,
han suscrito, con fecha 15 de septiembre de 2021, un Convenio para el desarrollo del
programa de formación abierta denominado «Aula Mentor», por lo que conforme a lo
previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del
Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el
«Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 22 de septiembre de 2021.–El Secretario General Técnico, Liborio López
García.
ANEXO
Convenio entre el Ayuntamiento de Sabadell y el Ministerio de Educación y
Formación Profesional para el desarrollo del programa de formación abierta
denominado «Aula Mentor»
REUNIDOS
De una parte: La señora Montserrat González Ruiz, en calidad de tenienta de
alcaldesa del Área de Desenvolupament Econòmic i Impuls Administratiu del
Ayuntamiento de Sabadell, en virtud del Decreto de Alcaldía núm. 7579/2020, de 2 de
noviembre, publicado en el «Butlletí Oficial de la Província de Barcelona» de 13 de
noviembre de 2020.
De otra parte: El Ministerio de Educación y Formación Profesional con domicilio
social en Calle Alcalá, número 34, de Madrid, representado en este acto por Dña. Clara
Sanz López, Secretaria General de Formación Profesional, en virtud del Real Decreto
178/2020, de 29 de enero, por el que se dispone su nombramiento, y actuando en el
ejercicio de la competencia que le otorga el artículo 17.1.d de la Orden EFP/43/2021, de
21 de enero, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos
para gastos y de delegación de competencias.

EXPONEN
I. Que la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en el artículo 5.4
establece que «corresponde a las Administraciones públicas promover ofertas de
aprendizaje flexibles que permitan la adquisición de competencias básicas y, en su caso,
las correspondientes titulaciones, a aquellos jóvenes y adultos que abandonaron el
sistema educativo sin ninguna titulación».
II. Que conforme al Real Decreto 498/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla
la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación y Formación Profesional,

cve: BOE-A-2021-15735
Verificable en https://www.boe.es

En adelante, ambas entidades serán denominadas de manera conjunta como las
Partes.
Ambas Partes, que actúan en razón de las facultades que sus respectivos cargos les
otorgan, se reconocen la capacidad necesaria para formalizar el presente convenio, y a
tal fin