II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Cuerpo Nacional de Policía. (BOE-A-2021-15598)
Resolución de 26 de agosto de 2021, de la Dirección General de la Policía, por la que se convoca oposición libre para cubrir plazas de alumnos/as de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Ejecutiva, categoría de Inspector/a, del Cuerpo Nacional de Policía.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231
Lunes 27 de septiembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 117548
Para determinar el número definitivo de plazas a cubrir en este procedimiento, se
estará a las previsiones del artículo 2 del Reglamento de los procesos selectivos y de
formación en el Cuerpo Nacional de Policía, aprobado por Real Decreto 614/1995, de 21
de abril.
El Tribunal no podrá aprobar, ni declarar que han superado las pruebas, a un número
de opositores/as superior al de plazas finalmente vacantes.
En el supuesto de que el número de opositores/as que superen todas las pruebas de
la fase de oposición sea superior al número de plazas convocadas, el criterio de
prelación para declarar aptos/as a unos/as y no aptos/as a otros/as será el siguiente:
Mayor puntuación obtenida en cada uno de los ejercicios que integran la segunda
prueba y por el orden que en la misma se relacionan.
1.2
Fases del proceso selectivo.
El proceso selectivo constará de las siguientes fases: a) oposición, b) curso de
formación y c) módulo de formación práctica.
2.
2.1
Requisitos de los/as aspirantes
Requisitos.
Para ser admitido/a a la práctica de las pruebas selectivas será necesario reunir, a la
fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación.
c) No haber sido condenado/a por delito doloso, ni separado/a del servicio del
Estado, de la Administración Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado/a
para el ejercicio de funciones públicas.
d) No hallarse incluido/a en ninguna de las causas de exclusión física o psíquica
que impidan o menoscaben la capacidad funcional u operativa necesaria para el
desempeño de las tareas propias de la Policía Nacional que vienen establecidas en el
Real Decreto 326/2021, de 11 de mayo, por el que se aprueba el cuadro médico de
exclusiones para el ingreso en la Policía Nacional.
e) Compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas, que se prestará a
través de declaración del/de la solicitante.
f) Tener una estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 las mujeres,
circunstancia que será comprobada por un asesor del Tribunal médico, en presencia de
un miembro del Tribunal, en la fecha en que los opositores comparezcan a la realización
de la primera prueba (aptitud física).
g) Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B.
h) Estar en posesión del título universitario oficial de Grado.
2.2
Comprobación de requisitos durante el proceso.
Si en algún momento del procedimiento se tuviere conocimiento de que cualquiera
de las personas aspirantes no posee alguno de los requisitos exigidos por la presente
convocatoria, el Tribunal, desde la publicación de la lista definitiva de admitidos hasta la
conclusión de la fase de oposición, o el Director General de la Policía, a propuesta de la
División de Formación y Perfeccionamiento, durante el resto del proceso selectivo, previa
audiencia de la persona interesada, acordarán su exclusión, comunicando a este Centro
Directivo, en su caso, las inexactitudes o falsedades que hubieran podido cometer.
cve: BOE-A-2021-15598
Verificable en https://www.boe.es
Los títulos universitarios oficiales obtenidos conforme a planes de estudios anteriores
a la entrada en vigor del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se
establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, mantendrán todos
sus efectos académicos a los efectos del ingreso y la promoción en la Policía Nacional.
Núm. 231
Lunes 27 de septiembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 117548
Para determinar el número definitivo de plazas a cubrir en este procedimiento, se
estará a las previsiones del artículo 2 del Reglamento de los procesos selectivos y de
formación en el Cuerpo Nacional de Policía, aprobado por Real Decreto 614/1995, de 21
de abril.
El Tribunal no podrá aprobar, ni declarar que han superado las pruebas, a un número
de opositores/as superior al de plazas finalmente vacantes.
En el supuesto de que el número de opositores/as que superen todas las pruebas de
la fase de oposición sea superior al número de plazas convocadas, el criterio de
prelación para declarar aptos/as a unos/as y no aptos/as a otros/as será el siguiente:
Mayor puntuación obtenida en cada uno de los ejercicios que integran la segunda
prueba y por el orden que en la misma se relacionan.
1.2
Fases del proceso selectivo.
El proceso selectivo constará de las siguientes fases: a) oposición, b) curso de
formación y c) módulo de formación práctica.
2.
2.1
Requisitos de los/as aspirantes
Requisitos.
Para ser admitido/a a la práctica de las pruebas selectivas será necesario reunir, a la
fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación.
c) No haber sido condenado/a por delito doloso, ni separado/a del servicio del
Estado, de la Administración Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado/a
para el ejercicio de funciones públicas.
d) No hallarse incluido/a en ninguna de las causas de exclusión física o psíquica
que impidan o menoscaben la capacidad funcional u operativa necesaria para el
desempeño de las tareas propias de la Policía Nacional que vienen establecidas en el
Real Decreto 326/2021, de 11 de mayo, por el que se aprueba el cuadro médico de
exclusiones para el ingreso en la Policía Nacional.
e) Compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas, que se prestará a
través de declaración del/de la solicitante.
f) Tener una estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 las mujeres,
circunstancia que será comprobada por un asesor del Tribunal médico, en presencia de
un miembro del Tribunal, en la fecha en que los opositores comparezcan a la realización
de la primera prueba (aptitud física).
g) Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B.
h) Estar en posesión del título universitario oficial de Grado.
2.2
Comprobación de requisitos durante el proceso.
Si en algún momento del procedimiento se tuviere conocimiento de que cualquiera
de las personas aspirantes no posee alguno de los requisitos exigidos por la presente
convocatoria, el Tribunal, desde la publicación de la lista definitiva de admitidos hasta la
conclusión de la fase de oposición, o el Director General de la Policía, a propuesta de la
División de Formación y Perfeccionamiento, durante el resto del proceso selectivo, previa
audiencia de la persona interesada, acordarán su exclusión, comunicando a este Centro
Directivo, en su caso, las inexactitudes o falsedades que hubieran podido cometer.
cve: BOE-A-2021-15598
Verificable en https://www.boe.es
Los títulos universitarios oficiales obtenidos conforme a planes de estudios anteriores
a la entrada en vigor del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se
establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, mantendrán todos
sus efectos académicos a los efectos del ingreso y la promoción en la Policía Nacional.