III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2021-15673)
Resolución de 20 de septiembre de 2021, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con la Fundación Emprender en Aragón, para la organización del "V Encuentro de Emprendimiento, Economía y Sociedad".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231

Lunes 27 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 118737

– Elaboración de la propuesta del programa del curso; organización y estructura de
las sesiones, elección de conferenciantes, ponentes y demás intervinientes, realizando
las propuestas de contenidos de cada sesión.
– Podrá apoyar si lo desea a la UIMP en la campaña de promoción del seminario, a
través de su propia web, con anuncios complementarios en prensa, mediante la difusión
directa del programa entre el público específico o llevando a cabo cuantas otras acciones
estimen convenientes, respetando en la medida de lo posible el diseño de la campaña
publicitaria de la UIMP.
– Podrá apoyar si lo desea a través de su propio gabinete de prensa y comunicación
la labor realizada por la UIMP con los medios de comunicación, siempre con la necesaria
coordinación y apoyo mutuo.
Cuarta.

Compromisos económicos de las partes. Colaboración en la financiación.

I. De acuerdo con la vigente normativa y tarifas aprobadas por la UIMP respecto a
la organización y financiación de sus actividades de formación, FEA contribuirá a la
financiación de los gastos derivados de la organización y celebración del seminario
objeto de este Convenio con la cantidad de cinco mil euros (5.000 €). Esta financiación,
que irá con cargo a su presupuesto vigente de gastos, en el cual existe crédito adecuado
y
suficiente,
se
abonará
mediante
transferencia
a
la
cuenta
n.º
ES95-9000-0001-20-0200008606 abierta a nombre de la Universidad Internacional
Menéndez Pelayo en el Banco de España, Agencia de Madrid, previa factura emitida por
la UIMP, una vez celebrado el seminario de conformidad con lo previsto en este
Convenio y, en todo caso, en el plazo máximo de dos meses desde la finalización del
seminario.
II. La UIMP se compromete a asumir directamente, con cargo a su presupuesto
ordinario, la financiación de aquellos gastos que no se cubran con la financiación de la
FEA. Esta financiación no implica un traspaso de fondos a la FEA sino que se
materializará mediante dos vías:

III. La FEA podrá recabar la financiación de otras entidades públicas o privadas
para cubrir su compromiso económico en relación con este Convenio, informando de ello
previamente a la UIMP para su conformidad. Estas entidades en ningún caso
participarán en la organización del seminario ni en la ejecución del presente Convenio,
sino que simplemente aportarán fondos en calidad de entidades colaboradoras o
patrocinadoras, mediante la suscripción de los correspondientes Convenios, contratos o
acuerdos con la FEA, que será quien asimismo reciba la financiación. Los acuerdos a los
que la FEA llegue con dichas entidades sobre su financiación y contraprestaciones no
podrán suponer modificación alguna a lo pactado entre la FEA y la UIMP en este
documento.

cve: BOE-A-2021-15673
Verificable en https://www.boe.es

– Aplicación de los ingresos que se obtengan en concepto de matrícula por la
asistencia al seminario. La UIMP aprobará el precio de matrícula y tasas para asistir al
seminario y fijará las condiciones de admisión y matrícula en el mismo. Los ingresos por
la tasa de gastos de secretaría deben ser aplicados al pago de los servicios de
secretaría y diploma de cada alumno y no repercuten en la financiación de los gastos del
seminario.
– Aportación directa de personal así como de otros servicios con cargo al concepto
presupuestario 33.101.322C.226.06 de su presupuesto vigente, en el que existe crédito
adecuado y suficiente y, para lo cual, la UIMP tramita y aprueba los correspondientes
expedientes de gasto con carácter general para el conjunto de cursos, según los
procedimientos legalmente establecidos.